DS(C) nº 107/5 del 11/5/2000









Orden del Día:




1. Proposición No de Ley, P.N.L. 158-I, presentada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a exención de tasas de examen a demandantes de empleo con determinados requisitos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Núm. 37, de 2 de febrero de 2000.

2. Proposición No de Ley, P.N.L. 159-I, presentada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a distribución de informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica a los grupos políticos de las Cortes de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Núm. 37, de 2 de febrero de 2000.

3. Proposición No de Ley, P.N.L. 225-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a reglamentación del personal sanitario de Atención Primaria, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Núm. 45, de 1 de marzo de 2000.

4. Proposición No de Ley, P.N.L. 240-I, presentada por el Procurador D. Juan Carlos Rad Moradillo, relativa a constitución en municipios de pueblos pertenecientes a Cuéllar, Samboal y Segovia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Núm. 51, de 22 de marzo de 2000.


Sumario:






 **  Se inicia la sesión a las diez horas quince minutos.

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, abre la sesión, y comunica a la Comisión las sustituciones que se han producido.

 **  Primer punto del Orden del Día. PNL 158-I.

 **  La Secretaria, Sra. Pérez Martínez, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista), para presentar la Proposición No de Ley.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vázquez Requero (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vázquez Requero (Grupo Popular).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Fernández González (Grupo Mixto).

 **  Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

 **  Segundo punto del Orden del Día. PNL 159-I.

 **  La Secretaria, Sra. Pérez Martínez, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista), para presentar la Proposición No de Ley.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vázquez Requero (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vázquez Requero (Grupo Popular).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Fernández González (Grupo Mixto).

 **  Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

 **  Tercer punto del Orden del Día. PNL 225-I.

 **  La Secretaria, Sra. Pérez Martínez, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 **  Intervención de la Procuradora Sra. Fernández Marassa (Grupo Socialista), para presentar la Proposición No de Ley.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Antona del Val (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Fernández Marassa (Grupo Socialista).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Antona del Val (Grupo Popular).

 **  Intervención de la Procuradora Sra. Fernández Marassa (Grupo Socialista).

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

 **  Cuarto punto del Orden del Día. PNL 240-I.

 **  La Secretaria, Sra. Pérez Martínez, da lectura al cuarto punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Rad Moradillo (Grupo Mixto), para presentar la Proposición No de Ley.

 **  Intervención del Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, para hacer una aclaración.

 **  Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista).

 **  Intervención del Procurador Sr. Rad Moradillo (Grupo Mixto), para presentar la Proposición No de Ley.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Sanz Vitorio (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Rad Moradillo (Grupo Mixto).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Sanz Vitorio (Grupo Popular).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Fernández González (Grupo Mixto).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Gómez González (Grupo Socialista).

 **  Intervención del Procurador Sr. Rad Moradillo (Grupo Socialista).

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos.




Texto:

(Se inicia la sesión a las diez horas quince minutos.)


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Buenos días, señoras y señores Procuradores, se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario tiene que comunicar a esta Presidencia alguna sustitución? Silencio, Señorías. Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Sí, señor Presidente. Doña Pilar San Segundo sustituye a don Fernando de Arvizu.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, señor Benito.


EL SEÑOR BENITO MUÑOZ:

Sí, señor Presidente. Don Ángel Gómez sustituye a don José Francisco Martín.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Entramos en el primer punto del Orden del Día que dará lectura el Secretario de la Comisión.


LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ):

Sí. Primer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 158, presentada por el Procurador don Jorge Félix Alonso, relativa a exención de tasas de examen a demandantes de empleo con determinados requisitos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes, número 37, del dos de febrero del año dos mil".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para la presentación de la Proposición No de Ley tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Muchas gracias, señor Presidente. Esta Proposición No de Ley, simplemente lo que pretende es que al igual que en la legislación del Estado ya existe la exención de tasas para las oposiciones que son convocadas... los concursos que son convocados por el Estado español, existe la exención de tasas para las personas que tienen una situación económica precaria, pues, que eso se aplique también en Castilla y León.

Lo que planteamos es que en Castilla y León, con ser una de las Comunidades Autónomas con una tasa de actividad por debajo de la de España, en torno a los tres puntos, en cambio, supera al Estado español en tasa de paro registrado. No obstante, la tasa de cobertura de desempleo en Castilla y León está alrededor de diez puntos por debajo de la del conjunto del Estado.

En el Estado español, la Ley 50/1998, de treinta y uno de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que modifica el Artículo 18 de la Ley 66/1997, de treinta de diciembre, determina que "quedan exentas del pago de tasas por derechos de examen las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo al menos de un mes anterior a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas y acceso a cuerpos y escalas de funcionarios o las categorías de personal laboral convocadas por la Administración Pública estatal en la que se solicita su participación, teniendo que cumplir los siguientes requisitos para el disfrute de la exención, que en el plazo de que se trate no hubiera rechazado una oferta de empleo adecuado, ni se hubiera negado a participar, salvo casos justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y que asimismo carezca de rentas superiores en cómputo anual al salario mínimo interprofesional".

O sea, en definitiva, lo que se propone, pues, es que las personas que reúnan esas circunstancias, que estén paradas, que no han rechazado ofertas de empleo en ese mes, como mínimo, que se pide para estar inscrito en el paro antes de poder echar la solicitud, tanto para funcionarios como para laborales, pues, queden exentos del pago de las tasas. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Francisco Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Gracias, señor Presidente. Para abordar esta materia, lo primero que tenemos que hacer es ver cómo está la regulación actual sobre la materia a que se refiere la Proposición No de Ley, la situación actual, y la modificación que se pretende y las consecuencias que traería esta modificación.

Por lo tanto, y como ha dicho... ha empezado diciendo el Proponente y pone en la propia Proposición No de Ley, hay una regulación estatal sobre la materia y una regulación autonómica que es distinta a la forma en que lo regula el Estado, al no ser estas cuestiones de tasas ni, concretamente, en lo que atañe a la función pública, los procesos selectivos materia básica.

En la regulación estatal parte de la Ley 8/89, de la Ley de Tasas y Precios Públicos, que, lógicamente, se ve modificada cada año por las modificaciones presupuestarias que, por una parte, actualizan las tarifas y, por otra, modifican estas tasas y precios públicos a través de la Ley de medidas que acompaña a los Presupuestos Generales del Estado cada año. Y así, como bien ha dicho el proponente, había... hay en las tres sucesivas leyes de medidas de los tres últimos años, la Ley del noventa y siete, noventa y ocho y noventa y nueve, hay modificaciones de estas cuestiones relativas a las tasas, concretamente a las tasas para exención de derechos de exámenes. En la Ley 66/97, la Ley de Medidas del año noventa y siete, en su Artículo 18, como bien sabe, se propuso una exención de las personas con una discapacidad igual o superior al 33%. Luego en el año noventa y ocho, a través de la Ley 50/98, Artículo 17, de esta Ley de Medidas, se incrementó esa exención a los demandantes de empleo con las características que propone el Grupo Socialista y que están reflejadas en los antecedentes de la Proposición No de Ley. Y también hay que hacer notar que, aunque no lo pone en la propia Proposición No de Ley, que también estas exenciones se han ampliado en la Ley de Medidas del año noventa y nueve, la Ley 55 del año noventa y nueve, con otras connotaciones distintas, ya que lo que se hace es que se pide la exención para las pruebas de acceso a los cuerpos militares profesionales.

La regulación autonómica es totalmente distinta. Si bien la Ley de Tasas y Precios Públicos de 7/89, de la Ley de la Comunidad Autónoma, se fija también en estas cuestiones, ha sido la Ley de Medidas aprobada recientemente por las Cortes de Castilla y León, la Ley 6/99, la que ha determinado las exenciones para este tipo de pruebas selectivas en la Administración Autonómica. Así, como bien sabe el Proponente, existe ya una exención de estas tasas para las personas con discapacidad igual o superior al 33% -discapacidad reconocida, por supuesto-, y que es una exención del 100% del total de esas tasas. También existe una exención del 100% del total de esas tasas para otro tipo de personal que no están incluidos en las relaciones y en las regulaciones que hace la Administración del Estado, como es el personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que esté incurso en procesos de reordenación de la Función Pública, todo el tema que sabemos que... de funcionarizaciones, laboralizaciones que se están llevando a cabo en la Administración Autonómica. Y también hay otro tipo de exención que son de... hay una exención del 50% del valor de las tasas para los participantes, o sea, para los funcionarios o el personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma que participen en procesos de promoción interna a través de... a raíz de la aprobación de esa Ley de Medidas de este propio año.

Por lo tanto, la regulación autonómica y la regulación estatal es distinta, y la actualización autonómica se ha producido por una orden de... una escasa semana después de presentar usted la Proposición No de Ley, puesto que la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda es de diecisiete de enero del dos mil, donde se ha producido la actualización de estas tasas. Por lo tanto, la situación actual, aquí reseñada brevemente a través de la cuestión legislativa, tiene dos cuestiones fundamentales a nuestro juicio.

Primero, lo que usted pide, que es una discriminación positiva con respecto a determinados colectivos para la exención de este tipo de tasas y para acceso a las pruebas selectivas de la Administración de la Comunidad Autónoma, que ya se produce; en la Administración de la Comunidad Autónoma ya se da esta discriminación positiva, ya se exige y existe para determinados examinandos, como son los tres ejemplos que hemos puesto, que son, por supuesto, distintos de los del Estado.

Pero esta discriminación positiva también tiene que tener, lógicamente, una limitación. Esta limitación está... bueno, está concretada por la experiencia. Otras... en anteriores procesos selectivos otros años, hace seis, siete años, se produjeron algunas pruebas selectivas en las que no se requería ningún tipo de tasa para efectuar esas pruebas, y lo que se produjo fue un efecto llamada; es decir, como era gratis, pues se multiplicaron hasta por cuatro las personas que normalmente se presentaban a este tipo de pruebas selectivas, con lo cual, bueno, pues el efecto llamada lo que hacía era duplicar los costes o cuadruplicar, en algunos casos, los costes de estas pruebas selectivas, puesto que no olvidemos que, según el concepto de tasa del Artículo 7 de nuestra Ley, es para pagar los costes efectivos de la realización de estas pruebas, pero que, lógicamente, no llegan a pagar los costes efectivos, sino que, solamente, es para ayudar al proceso selectivo.

Bien, pues este efecto llamada no es... lo que quiere la Administración de Castilla y León es que no se siga produciendo y, por lo tanto, se mantienen unas tasas generales, si bien determinados colectivos -como ya he dicho, los tres anteriores- están excluidos. Pero es que, además, hay otra cuestión que, a la hora de rechazar esta Proposición No de Ley, este Grupo se ha planteado y es la cuestión de que de la cantidad de estas tasas, es decir, de lo que percibe la Administración de la Comunidad Autónoma por la realización de estos exámenes, y al hacer un cuadro comparativo y al dar los datos del año noventa y ocho, vemos que en la Administración de la Comunidad Autónoma es inferior, casi al 100%, del resto de las tasas, no sólo del Estado, sino de las Comunidades Autónomas. Así cuando en el Estado y la Comunidad... y casi el resto de las Comunidades Autónomas la tasa media mínima para este tipo de pruebas es de 1.500 pesetas, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la mínima está en 750 pesetas, la tasa mínima para presentarse a este tipo de exámenes.

Por lo tanto, la segunda cuestión que nos interesa... que nos interesa destacar, aparte de la ya discriminación positiva existente en esta materia en la Comunidad Autónoma, es la baja cantidad de las tasas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en relación con el Estado, con las que se cobran en el Estado para todos los colectivos, y en relación con la media de todas las Comunidades Autónomas de España.

Y lo que... como le digo, los datos del noventa y ocho muestran que la tarifa establecida en Castilla y León es, en cualquier caso, para cualquier tipo de tasas, inferior a la exigida en la media nacional. Ya digo que si la mínima en la media nacional y media de las Comunidades Autónomas está en 1.613 pesetas haciendo una media de todas, en Castilla y León está en 750 pesetas. Y la máxima en el Estado y en otras Comunidades Autónomas llega hasta 4.716 pesetas de estas tasas.

Por lo tanto, nosotros creemos que ya existe una discriminación positiva favorable a algunos colectivos que se está aplicando y que no produce el efecto llamada que se produciría si se quitan todo tipo de tasas para estos exámenes -como ya digo, hasta cuadruplicar algunas veces las mismas pruebas-, cobrándose o no cobrándose una mínima tasa, como puede ser la de 750 pesetas; y, por otro lado, que las cantidades, como digo, ya son bajas por parte de la Comunidad Autónoma. Y, por lo tanto, esto es lo que nos lleva a nuestro Grupo Parlamentario a rechazar esta Proposición No de Ley. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Vázquez. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Muchas gracias, señor Presidente. Pero yo creo que usted ha trabajado la legislación; me parece bien. Pero, al final, no sé qué tiene que ver el que trabaje la legislación con la negativa a la Proposición. Yo entiendo que, al final, esto es un problema de voluntades. Usted me dice que se eximen las tasas a los parados que no tengan un determinado nivel de ingresos. Quiere decir que esto no es con carácter general, es que sean parados que tengan ingresos en la unidad familiar inferiores al salario mínimo interprofesional, que tienen que estar inscritos en el paro, y que no hayan rechazado ofertas de empleo.

Y me dice que cuando se eximen las tasas, se multiplica el número de peticiones o el número de solicitudes a las convocatorias públicas. Hombre, eso se contradice con lo que ustedes repiten constantemente, que aquí está bajando el paro, que no tenemos problemas de desempleo, que... O sea, si realmente no hay esos problemas, no tiene que asustarnos el que se exima la tasa por ese colectivo.

La realidad es que el paro en Castilla y León es un paro sin cobertura, y entonces está más justificado que se tomen ese tipo de medidas. Porque, al final, ¿en qué se reduce todo su argumento? En que la Junta de Castilla y León, el Gobierno Regional quiere recaudar a cuenta de aquellos que tienen menos posibilidades de pagar, porque es lo que estamos aquí discutiendo, que un colectivo, un colectivo no pague las tasas para acceder a los exámenes. Ése es el tema de fondo.

Y, además, entiendo que en este caso yo pensé que la iban a aprobar, porque entiendo que si el Estado ya lo hace, con carácter general, para las plazas que dependen del Estado, pues yo no entiendo por qué en Castilla y León, o sea, los parados de Castilla y León, si se presentan a una oposición del Estado -que ya cada vez son menos porque las transferencias cada vez están... vamos dando más competencias a las Comunidades Autónomas-, si un parado de Castilla y León se presenta a una oposición del Estado, no paga las tasas... un parado con esos requisitos. Y si se presenta a una oposición de la Junta de Castilla y León, sí tiene que pagar las tasas. Yo creo que no es razonable.

Y, desde luego, hace referencia a que ya en la Ley actual de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas ya hay tres colectivos exentos. Claro, los tres colectivos exentos. El de los minusválidos es correcto, es correcto porque está también a nivel del Estado. Pero, bueno, los otros dos colectivos a los que usted se refiere son para promociones internas de funcionarios, etcétera, etcétera, o sea, para ya personas que ocupan puestos en la Administración. Que yo no sé si son más necesitados esas personas que los propios desempleados sin recursos económicos. Y yo creo que ése es el tema de fondo.

O sea, yo creo que está más justificado que se exima de pagar las tasas a los parados sin recursos económicos que a los propios funcionarios, porque, al fin y al cabo, eso será una cuestión de negociación colectiva, que me parece bien. Pero, en definitiva, yo entiendo que el Gobierno Regional tiene que hacer medidas pensando en el conjunto de la Comunidad, no sólo en sus trabajadores, que entiendo que eso, con la negociación colectiva, bueno, pues harán concesiones y demás. Pero no me lo puede plantear como que es que ya hay colectivos que están beneficiados del tema. Entonces, creo que procede totalmente la propuesta que estamos realizando. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno de dúplica, tiene la palabra don Francisco Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, me alegro que reconozca que, por lo menos, el Gobierno lo hace bien en el sentido de no cobrar tasas o cobrar sólo el 50% de las mismas a los propios empleados de la Administración, y que esto no existe en otras Administraciones, o, por lo menos, yo no lo tengo comprobado en lo que se refiere a la Administración del Estado.

Pero lo que sí que le quiero decir son dos cuestiones fundamentales. Primera, que si se aprueba la Proposición No de Ley que dice usted, se tendría que producir un incremento de las tasas actuales, porque he dicho que son la mitad que las del Estado. Y por otro lado, que no se puede producir a través de una simple norma que apruebe la Junta de Castilla y León, es decir, una disposición de rango inferior a la Ley, porque ya le he dicho que está contenida en la Ley de Medidas y cualquier modificación tiene que hacerse a través de la Ley de Medidas. Yo aquí no me acuerdo si ustedes plantearon en el debate de Presupuestos -por lo tanto no lo voy a decir- que se incluyeran dentro de la Ley de Medidas, como estaban incluidas las medidas que hizo la Junta de Castilla y León, para la exención de estos tres tipos de tasas, que se incluyeran también los parados de larga duración. No me acuerdo. Pero lo miraré en el Diario de Sesiones, a ver si usted ya, en su momento, propuso eso, que era el momento procesal oportuno de proponerlo, cuando se tramita una Ley de Medidas sobre esta materia.

Pero lo que sí que le quiero decir, que no le he dicho antes, es que -y, claro, usted tampoco ha hecho mención a ello- esta... la parte dispositiva de la Proposición No de Ley suya tiene una trampa. No es igual que la del Estado. Es distinta. Ustedes, la carga de la prueba en la... -por así decirlo- en términos legales, que es toda la cuestión relativa a los certificados que tiene que presentar el INEM, a los certificados que tienen que presentar de Hacienda, y a las demás cuestiones, en el Estado lo tiene que presentar el propio interesado. Y la trampa que se produce en la Proposición No de Ley suya, en el último párrafo, es que, según esto, según viene aquí reflejado, lo tiene que hacer la Junta de Castilla y León. Es decir, pedir, recabar de todos los organismos, no de la Junta, sino estatales, todas las cuestiones relativas al desempleo: si cobra, si no cobra, si tiene salario mínimo interprofesional, las cuestiones relativas a la declaración de Hacienda. O sea, una vez que la Junta de Castilla y León recibe todas las solicitudes, se tiene que poner a pedir a otros organismos a ver si esas personas cumplen un requisito que ustedes quieren introducir. Lo pone claramente: "la Junta de Castilla y León articulará los mecanismos necesarios, a fin de comprobar el cumplimiento de los requisitos antes señalados".

Es decir, que tiene que ser la propia Junta la que se ponga a investigar, para cada examinando, que cumple los requisitos que tiene la convocatoria. Esto no lo ponía en la legislación estatal, esto lo han introducido ustedes. Y por lo tanto, como digo, es otra razón más -y lo he llamado así, pues, permítame la expresión-, una trampa de la propia Proposición No de Ley, para que no se pueda aprobar esta Proposición No de Ley en los términos en que viene.

Entonces, como ya le digo y para ir terminando, lo que hay que tener bien claro es que, en primer lugar, si se aprueba esta Proposición No de Ley, se tendría que producir un incremento de las tasas actuales de la Comunidad Autónoma, por lo menos para equipararlas a la media nacional. Segundo, hay que tener bien claro que -como ya digo- en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, las tasas... las medias de las tasas mínimas, y hasta máximas, son más bajas que en el resto de las Comunidades Autónomas, y, por lo tanto -como digo-, para favorecer a determinados colectivos se tendrían que ampliar y que subir esas tasas.

Y yo creo que no es despreciable lo que le he dicho, en el sentido de que... porque es una razón que ya se ha aprobado. En la práctica, es que se produciría un aumento de los examinandos en las convocatorias, como ya se ha producido otras veces y ya se ha comprobado, cuando hay determinadas pruebas que se realizan sin coste. Es decir, el coste es solamente, pues, para que una persona pueda, bueno, pues presentar la documentación, pero que no se le exige... es que estamos hablando de 750 pesetas, de 1.000 pesetas para una oposición, bueno, pues que se sobreentiende que la persona la lleva preparando cierto tiempo y que no creo que sea gravoso en ningún momento.

Y ya digo que la cuestión esta de que todas las gestiones necesarias recaigan sobre la Junta, a diferencia de lo del Estado, pues ya me parece que descarta totalmente esta Proposición No de Ley. Aparte de la dilación que se produciría en los períodos de las pruebas selectivas, y que luego, lógicamente, ustedes echarían la culpa de esta dilación de estos períodos de estas pruebas a la propia Administración. Y que tampoco hay que olvidar que para aprobar esta Proposición No de Ley se tendría que modificar una Ley, y no se puede modificar una Ley por los procedimientos administrativos a los que ustedes aluden en esta Proposición. Por lo tanto, este Grupo Parlamentario va a votar en contra. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Vázquez. Entramos en un turno de fijación de posiciones. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Mixto, doña Daniela Fernández tiene la palabra.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ:

Gracias, señor Presidente. Pues nuestra postura va a ser a favor, porque entendemos que es un colectivo más necesitado el parado que el funcionario ya, que muy legítimamente, muy elogiablemente, quiere ascender en puesto, en escala, etcétera, etcétera, pero que está en mejores condiciones de hacer un pago, aunque sea de 750 o aunque sea de 2.000 pesetas; sin embargo, no es así el parado. Y el que se dé que cuando es gratis vaya mucha más gente, pues mire, si cumple los requisitos, también es un síntoma de que hay muchos más parados de lo que ustedes creen. Porque, desde luego, si no, no subiría el número de aspirantes sólo por el hecho de no pagar, siempre que, claro, para no pagar cumplan los requisitos que establece la Proposición No de Ley.

Y que, por otra parte, si el Estado Central lo tiene así estipulado, creemos que no es positivo que una Ley autonómica sea más agraviante que una Ley estatal. Creo que las autonomías se han creado para beneficio del administrado y no todo lo contrario. Sí es verdad que es una cantidad mínima, pero quizás para una parado no es tan mínima. Sin embargo, para un funcionario, aunque sea de la escala E y quiera ascender a la siguiente, ¡pues hombre!, hasta 4.000 pesetas puede ser barato. O sea, todo es muy relativo.

Y en cuanto a modificación de leyes, creo que para eso estamos; no vamos a tener siempre las mismas. Bien, bueno. Yo voy a votar a favor. Lo siento, pero voy a votar a favor. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señora Fernández. Para cerrar el debate, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Sí, hombre. Yo entiendo, señor Vázquez, que usted tiene que buscar argumentos por todos los sitios, pero la realidad es que... Primero, esa cláusula a la que hace referencia usted que pone ahí al final, eso se ha puesto ahí con la mejor intención. Quiero decir que no se pretende... porque de ahí no se deduce que sea la Junta la que tiene que comprobarlo; simplemente se dice que la Junta regule los mecanismos que sean. Los mecanismos pueden ser que el propio solicitante, vamos, el propio aspirante a ser examinado lo acredite. Quiero decir, que esos pueden ser los requisitos.

O sea, es decir, yo creo que ése no puede ser el argumento, porque no pretende, no tiene tal fin. Lo que ocurre es que, bueno, a nivel del Estado hay una forma de regularlo, y yo no sé si a nivel de la Comunidad es el más adecuado. Por eso se dejaba esa puerta abierta. Es más, si ésa fuera la causa, yo estoy dispuesto a retirar ese párrafo, ¿no?

O sea, yo creo que el fondo de la cuestión es si los parados sin ingresos tienen que pagar por examinarse a las oposiciones de la Junta, tanto a funcionarios o laborales, o si se exime de esa obligación, de esa posibilidad, como existe a nivel del Estado. Yo no creo que la recaudación de la Junta se resienta tanto por eximir a ese colectivo de pagar esas tasas. Es decir, yo creo que dentro del presupuesto de la Comunidad esa cantidad es una cantidad insignificante y, en consecuencia, creo que tiene pleno sentido la Proposición No de Ley. Y, en cualquier caso, si ustedes insisten en rechazarla, estudiaremos la posibilidad de presentar una Enmienda a la Ley que actualmente está en vigor. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Concluido el debate, vamos a someter a votación la Proposición No de Ley debatida. ¿Votos a favor de la misma? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?

El resultado de la votación es el siguiente. Votos a favor de la Proposición No de Ley: siete. Votos en contra: diez. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

Entramos en el segundo punto del Orden del Día, al que da lectura la Secretaria de la Comisión.


LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ):

Sí. Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 159, presentada por el Procurador don Jorge Félix Alonso Díez, relativa a distribución de informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica a los Grupos Políticos de las Cortes de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 37, del dos de febrero de dos mil".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Bueno, con esta Proposición, simplemente lo que se pretende es que los Grupos Políticos que estamos en esta Cámara tengamos la misma información que tienen los agentes sociales que participan en las Comisiones de Participación de la Administración Regional. Es decir, la Administración Regional tiene diversas comisiones con sindicatos, con empresarios, con asociaciones de consumidores, o sea, con agentes sociales -cosa que estamos de acuerdo y que además valoramos de forma muy positiva-, pero a esos agentes sociales se les da una información, y esa información no se nos facilita a los Grupos Políticos, a no ser que tengamos que cubrir todo el trámite parlamentario.

Sencillamente, lo que se pretende con la Proposición es que la misma información y en el mismo momento en que la reciben los agentes sociales, pues la podamos tener los demás, para no enterarnos por la prensa de las cosas.

Entonces, en los antecedentes que se proponen en el texto dice que la Junta de Castilla y León, a través de las Consejerías, de sus Consejerías, tiene formadas Comisiones y Consejos de participación institucional, formados por responsables políticos del Gobierno Autonómico y técnicos de las diversas Consejerías, y por los agentes sociales y económicos de los diversos ámbitos sectoriales.

Es en la Consejería de Industria, Comercio y Turismo donde se concentra el mayor número de éstas, entre otras: la Comisión Regional de Precios, la Comisión Regional de Empleo y Formación, la Ponencia de Empresas de Trabajo Temporal, el Consejo Castellano-Leonés de Consumidores o la Ponencia de Trabajo y Seguimiento de la Gestión del Servicio Regional de Colocación.

No obstante, existen órganos asesores consultivos o de participación en la mayoría de Consejerías: la Consejería de Sanidad y Bienestar Social posee el Consejo Regional de Acción Social y el Consejo Asesor de la Prevención y Asistencia a Drogodependientes; la Consejería de Presidencia, el Consejo de Función Pública; la Consejería de Medio Ambiente, el Consejo del Medio Ambiente; la Consejería de Agricultura y Ganadería, el Consejo Asesor Agrícola y Ganadero. En esta relación de órganos de participación, también es necesario incluir los consejos asesores de las Agencias de Desarrollo y el Ente Regional de la Energía.

Las anteriores citas no son más que una referencia, que no pretende ser exhaustiva, si bien la relación de órganos de participación institucional se ha vuelto a ampliar de forma reciente con el Consejo Escolar de Castilla y León... bueno, de cuando se hizo la Proposición, porque de forma reciente también se ha hecho el Consejo de Formación Profesional.

En estos órganos, la Junta de Castilla y León presenta informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica relativos a las materias y competencias propias de éstos. Normalmente, estos informes y estudios son presentados a los agentes sociales y económicos al tiempo que a los medios de comunicación; no así a los Grupos Políticos que componemos las Cortes de Castilla y León.

Por lo expuesto, se formula la siguiente Propuesta de Resolución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que distribuya a los Grupos Políticos que componen las Cortes de Castilla y León los informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica al mismo tiempo que se les facilita a los agentes económicos y sociales que componen los órganos asesores, consultivos y/o de participación, creados para materias específicas de cada una de las Consejerías". Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Francisco Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Sí, gracias, señor Presidente, para oponerse por parte de este Grupo Parlamentario a la Proposición No de Ley 159, porque no creemos que cumpla el fin que usted ha dicho. Dice que es para que tengan la misma información que tienen los grupos citados en la propia Proposición No de Ley. Yo es que creo que los Grupos Parlamentarios ya tienen la misma información que los demás órganos, y, si no, usted mismo lo ha dicho. Por lo tanto, a este Grupo Parlamentario le causa cierta sorpresa que, lógicamente, el Ejecutivo gobierna para toda la sociedad y no sólo para los políticos, y, por lo tanto, en determinados foros se contienen determinados informes y estudios que se van elaborando sobre esta materia. Pero lo que interesa recalcar y dejar bien claro es que los informes ya son públicos, que ya se hacen públicos en su momento los estudios que elabora la Administración, y que, por lo tanto, la información ya la tienen los Grupos Parlamentarios.

Por lo tanto, la documentación que existe en la propia Administración Pública ya está a disposición de los Grupos Parlamentarios con todo tipo de transparencia y de claridad, y como usted -como digo- ha dicho, porque la solución la ha dado usted mismo en su intervención ya: a través del Artículo 7 del Reglamento, los Grupos -que se hace reiteradamente- pueden pedir la documentación que estimen oportuno. Está a discreción y a disposición de todos los Grupos, a iniciativa de los Grupos -lógicamente-, por el interés que tengan, y que, por lo tanto, los estudios y los informes de la Administración los tienen los Grupos Parlamentarios.

Lógicamente, por lo tanto, el fin para el que se presenta esta Proposición No de Ley -como digo- está cumplido, que es tener la misma información que tienen los agentes representados en estos... en estos organismos.

Y, por lo tanto, nosotros no vemos la necesidad de que se vayan incluyendo de una forma, bueno, pues reiterada cuestiones que, a lo mejor, ni interesan a los propios Grupos Parlamentarios, porque cuando les interesa ya lo piden, la propia documentación.

Y, por lo tanto, nosotros nos vamos a oponer a esta Proposición No de Ley. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Vázquez. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Mire, señor Vázquez, la información no sólo tiene importancia por su contenido, sino por el tiempo en el que se accede a ella. Es decir, es tan importante acceder pronto a esa información como a la propia información.

Yo creo, vamos, que estos días, o no hace muchas fechas, nos enterábamos de cuál había sido la implicación de la CIA en el golpe de estado de Chile. Es decir, claro, que te lo cuenten treinta años después, pues bueno, es algo como que pasó en la época de los romanos. Es decir, realmente, si eso se hubiera sabido en el año setenta y tres, que es cuando surgió el problema, a lo mejor, pues, la reacción mundial hubiera sido de forma diferente, ¿no?

Entonces, salvando las distancias, pero, a título de ejemplo, es una situación parecida... Quiero decir, primero nos enteramos por los medios de comunicación cuando se dan las informaciones por los medios de comunicación, porque, realmente, nosotros no tenemos la posibilidad de saber todo lo que se trata en esos órganos, porque tampoco es ésa la pretensión. Entonces, cuando vemos en los medios de comunicación que ha habido un informe que ha elaborado la Junta es cuando podemos pedirlo, y a partir de ese momento, como mínimo, cuarenta y cinco días para acceder a él.

En consecuencia, cuando llega a nuestras manos ha perdido total virtualidad la información, que eso es lo que ustedes pretenden, no negarse a facilitarnos esa información. Y, en consecuencia, entiendo que lo que están haciendo es dificultar el trabajo de... de los Grupos que estamos en esta Cámara, que representamos a toda la sociedad.

Usted ha dicho... -y creo que se habrá equivocado, porque, si no, es que creo que estamos en distintas... en distinta concepción de cómo debe ser esta sociedad- usted ha dicho que la Junta gobierna para todos y no para los Grupos políticos. Es que los grupos políticos somos los auténticos representantes de los castellanos y leoneses, no el Gobierno Regional. El Gobierno Regional es el Gobierno que elige sólo una parte de esta... de esta Cámara.

En consecuencia, entiendo que es de lógica que los Grupos Políticos tengamos, como mínimo, la misma información que tiene la sociedad, o sea, los agentes sociales y económicos. Y, en consecuencia, tiene total virtualidad la pretensión que tiene esta Proposición No de Ley. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno de dúplica, tiene la palabra el señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Muchas gracias, señor Presidente. Dejando aparte yo creo que la desafortunada comparación que se ha hecho, me sigo reiterando en lo que he dicho anteriormente y, por supuesto, en decir -como he dicho anteriormente- que el Gobierno, la Junta gobierna para toda la sociedad. Estaría bueno que no estuviéramos de acuerdo en esa cuestión. Y reiterándome en lo que he dicho con anterioridad, en el sentido de que la misma información la puede recabar cualquier Grupo Parlamentario, porque están articulados los mecanismos para ello.

De todas formas, con esta Proposición No de Ley existe -y la propuesta que contiene la misma- una dificultad técnica, una dificultad de articulación de la misma, puesto que tampoco... no sólo por el rango normativo que tuviera que adoptarse en una disposición de este tipo, sino también por la falta de concreción sobre la materia. Porque no sé si estamos hablando aquí de... en principio... y no quería citarlo, porque usted ya pone en la Proposición No de Ley que no es con ánimo exhaustivo. Pero, lógicamente, para adoptar un acuerdo sobre una materia, tiene que ser sobre una cuestión concreta. Si ya usted pone aquí que es sin ánimo de exhaustividad, pues luego, lógicamente, no sabemos, no se puede distinguir qué órganos son los existentes, porque cada órgano tiene su propio sistema: los órganos asesores funcionan de una forma; los consultivos, de otra; los órganos de participación a que usted hace alusión, de otra. Es decir... Y tampoco se tiene... se tiene la seguridad de qué es la información que se pide.

Por eso -como digo- existen los mecanismos adecuados para que la información que se quiere sea la que se facilite en cada momento.

Y, por lo tanto -como ya digo-, lo que sí que la segunda parte de la Proposición No de Ley suya ya no se podría cumplir de ninguna forma, es lo que usted dice que se faciliten al mismo tiempo. Porque usted tiene que coincidir conmigo en que, a veces, los criterios que se establecen en este tipo de comisiones regionales son modificados por esos propios órganos de esas comisiones. Por lo tanto, la Comisión... la posición, o el informe de la Junta, o el estudio elaborado, no se podría... no se podría facilitar "al mismo tiempo que", puesto que la decisión se toma en ese propio órgano. Y, por lo tanto, la decisión que se toma en ese órgano puede modificar el informe o puede modificar el estudio elaborado previamente por la Junta. Y, por lo tanto, sería inviable poderle... poderle manifestar al propio tiempo que se establece o que se lleva a esos órganos del tipo que sean... -bueno, normalmente, si son de lo que estamos hablando, y ustedes dicen al mismo tiempo, serían de participación-, en los que ya participan -y valga la redundancia- parte de la sociedad en los mismos. Y, por lo tanto, esos propios órganos pueden modificar la posición que se lleve la Junta, porque para eso están establecidos así. Y, por lo tanto, no sería hasta después cuando se podrían facilitar las conclusiones de esos órganos.

Por lo tanto, yo creo que estas dos cuestiones hacen inviable la aprobación de la Proposición No de Ley. Una de ellas porque como ya digo que la información ya se tiene, y se tiene la que se quiere... Es decir, yo le voy a poner un ejemplo, que yo creo que será más acertado que el que usted ha puesto... no digo... digo salvando las distancias también, claro. Mire, a mí me mandaban todos los días, la Legislatura pasada, todos los días, prácticamente, el Diario Oficial de las Cortes -a casa- y el Diario de Sesiones, y me juntaba con unas montañas así de papel. Dije que no me lo mandaran. Yo sé que a todos los Procuradores las Cortes les facilitan y se lo mandan así. Yo dije: "Mire, no me lo manden. Si quiero consultar algún Diario de Sesiones o algún Boletín Oficial, vengo a las Cortes, vengo al Grupo y lo miro. No hace falta que yo tenga torres de papel en casa todos los días". Nada más. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Vázquez. Entramos en un turno de fijación de posiciones. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la señora Fernández.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ:

Gracias, señor Presidente. Pues vamos a votar a favor, porque no es cuestión de que no haya información, es cuestión de calendario. O sea, cuando llega ya está pasado de moda, igual que cuando te aceptan las Proposiciones No de Ley, casi siempre ya están pasadas. Entonces, vamos a votar a favor.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para cerrar el debate, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Primero, yo no sé... releía la Propuesta de Resolución, porque yo no sé de dónde saca lo de "no exhaustivos". Desde luego, la Propuesta de Resolución es concreta, dice: "Los informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica", "los informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica". Punto. Es decir, indudablemente, en las Comisiones se tratarán más cosas, y habrá más acuerdo, y tal. Pero, informes y estudios que elabora la Administración Autonómica, seguro que son concretos; a no ser que, al final, no sepa qué es lo que elabora la Administración Autonómica, ¿eh? Entonces, yo entiendo que el contenido de la Propuesta de Resolución es concreto.

¡Hombre!, vuelvo a decirle que, salvando la distancia, sobre todo por el tiempo, pero cuando se dan datos de cómo se encuentran los accidentes laborales en Castilla y León... y las estadísticas se elaboran en enero; si tenemos que pedirlas a partir de ese momento, cuando nos llegan, entre tramitaciones y demás, nos encontramos en abril, y ya han salido los datos de febrero y de marzo por el medio, con lo cual lo de enero queda totalmente desvirtuado.

O sea, yo creo que tiene total sentido el que se nos faciliten en el momento. Si no en el momento, puede ser a los dos días. Pero, en definitiva, no a los dos... a los dos meses.

Yo también creo que es poco afortunado el ejemplo que ha puesto usted en relación con el Boletín, porque, claro, quien trabaja en la Administración tiene otras...


EL SEÑOR .....:

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

¡Ah!, en el propio Grupo de las Cortes. Bueno. Quiero decir, en cualquier caso, eso es una cuestión de organización...

(Murmullos.)


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Bueno. Eso es una cuestión de organización de cada Procurador y cada Grupo Político. Y lo cierto es que los Grupos Políticos estaríamos más informados y prestaríamos un mejor servicio a los castellanos y leoneses si tuviéramos la información que elabora el Gobierno Regional, y que yo no entiendo que no haya problemas para facilitar eso a los agentes económicos y sociales y sí los haya para facilitarlo a los Grupos Políticos. Desde luego, sólo lo entiendo desde una tarea: desde dificultar la labor política de los Grupos de Oposición de esta Cámara.

O sea, entiendo que se aplica el rodillo, que se aplica la mayoría, ¿eh? Y con esa mayoría, pues, se toman acuerdos como el que ustedes van a tomar, en contra de lo que dice el sentido común.

Yo estoy convencido de que esto que aquí estamos planteando se pregunta a los ciudadanos, se les dice: "¿Ustedes qué piensan? ¿Ustedes piensan que la información que elabora la Junta la debían tener el mismo día que se da a los sindicatos, asociaciones de consumidores, empresarios y demás los Grupos Políticos?". Y seguro que se extrañan de que no lo tengamos, porque lo pensarían. Pues si es que eso es de sentido común. Es de sentido común que la información que elabora el Gobierno Regional la tengan los Grupos Políticos de la Oposición para poder valorarlo exactamente igual. Siempre va a tener la ventaja de ser los primeros que puedan hablar del tema, indudablemente, el Gobierno Regional. Eso es indiscutible. Es decir, que esa ventaja no se la vamos a quitar nunca. Pero lo que también está claro es que los demás tendremos la posibilidad de estar informados. Porque, como ustedes saben -y tienen mucha costumbre de ello-, nos venden las cosas los medios de comunicación, y, claro, cuando consigues tener información total para poder ser objetivos en el análisis de esos informes, han pasado tres meses y los temas, pues, han perdido toda virtualidad. Incluso ustedes mismos dicen que eso ya pasó hace tiempo y que ya no hay por qué hablar de ello, ¿no?

En consecuencia, creo que, en este caso, están aplicando el rodillo de una forma poco elegante. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la Proposición No de Ley. ¿Votos a favor de la misma? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?

El resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: dieciséis. Votos a favor de la Proposición No de Ley: seis. En contra: diez. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

Entramos en el tercer punto del Orden del Día, que dará lectura la Secretaria de la Comisión.


LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ):

Sí. Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 225, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a reglamentación del personal sanitario de Atención Primaria, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 45, del uno de marzo del año dos mil".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra doña Isabel Fernández.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA:

Gracias, señor Presidente. En el pasado mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve, el Tribunal Constitucional falló a favor de la Junta de Castilla y León en su pretensión de hacer funcionarios a casi dos mil interinos sanitarios de la Administración Autonómica, como solución a la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, que había sido recurrida por la Asociación de Médicos en Paro y otros médicos en la convocatoria de mil novecientos noventa y cuatro ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Aunque el Grupo Parlamentario Socialista considera que no era necesario esperar esta Sentencia durante tanto tiempo, pues había otras soluciones para no perjudicar con esta larga espera no sólo a los profesionales, sino también la reestructuración de la Atención Primaria de Castilla y León, celebró con alivio dicha solución.

No obstante, comprobándose de nuevo, a pesar de la Sentencia, el transcurso de tantos meses sin darle solución a este problema de interinidad, se formula la siguiente Propuesta de Resolución:

"Que las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León a solucionar reglamentariamente la situación del personal sanitario de Atención Primaria".

Quiero llamar la atención que desde mil novecientos ochenta y uno, fecha de la última convocatoria por parte del Ministerio de Sanidad, entonces... del Ministerio de Sanidad, de la última oposición para el acceso a la carrera de funcionarios de los médicos de Atención Primaria, no ha habido nueva convocatoria. O sea, es decir, han pasado en torno a casi veinte años sin que los médicos que trabajan en Atención Primaria en la Comunidad de Castilla y León hayan podido acceder o estabilizar su situación laboral.

Lo mismo ocurre con los veterinarios -que en el año ochenta y cuatro tuvieron el último... la última oposición, la última oportunidad para acceder a la carrera de funcionario- y con los farmacéuticos.

Los recursos humanos con los que cuenta la Comunidad Autónoma en Castilla y León son, en estos momentos, de dos mil doscientos ochenta y cinco médicos de Atención Primaria, de los que mil setecientos treinta y cinco médicos son funcionarios, es decir, dependientes de la Comunidad Autónoma. Asimismo, hay cuatrocientos setenta y tres funcionarios, y cuatrocientos sesenta y cuatro farmacéuticos.

De este colectivo, en estos momentos, en torno a mil ochocientos se encuentran en situación de funcionarios interinos, algunos con más de veinte años de servicios prestados en esta Comunidad Autónoma.

La Ley de Ordenación Sanitaria de abril de mil novecientos noventa y tres intentó solucionar este problema, pero por diversas circunstancias fue recurrida su convocatoria en mil novecientos noventa y cuatro ante el Tribunal Constitucional, y a pesar de las numerosas sentencias y de diversos avatares, en estos momentos no se ha solucionado este problema.

Esto ha incidido de manera importante, no sólo sobre la situación laboral de este personal, sino también en la redistribución de los recursos humanos dentro de esta Comunidad, que a lo largo de estos veinte años ha perdido población, pero no ha perdido -afortunadamente- personal dedicado a la Atención Primaria, dándose la circunstancia de que, a pesar de que haya unas ratios muy favorables de médico por habitante, siendo en el medio rural en torno a ochocientos habitantes por médico y en el medio urbano de mil cien... mil dieciocho, perdón, habitantes... médicos por... médico por habitante, estos recursos no están distribuidos ni de la misma... de una manera correcta, a nuestra manera de entender, ni en el medio rural ni dentro del mismo medio... de las diferentes Zonas Básicas de Salud del medio rural, ni de las zonas urbanas.

Asimismo, esta situación ha originado que a partir de mil novecientos noventa y cuatro, fecha en que la Ley de Ordenación Sanitaria contempla como una excepción el acceso a la situación de funcionarios del personal sanitario, mediante la forma o la fórmula de concurso, a la fecha de la convocatoria... para las plazas tenían que ser las existentes en el momento de la convocatoria. Al no haberse resuelto esta situación y encontrarse paralizado todo... toda esta situación, ha originado que en estos momentos haya alrededor de setecientos funcionarios interinos sanitarios que, aunque se le resolviera el problema mediante la resolución de las diversas sentencias o de las formas jurídicas que en el momento se determine, no podrían acceder a la condición de funcionario, porque estaría fuera de la Transitoria... de la denominada Transitoria Cuarta; o sea, que seguiríamos teniendo el mismo... un problema que afecta ya casi al 50% de los sanitarios, después de veinte años de no haber una manera de acceder a la Función Pública para los sanitarios.

Ante esta situación, el Grupo Parlamentario Socialista cree que ha llegado el momento de que se produzca una reglamentación que intente solventar este problema, sin esperar ya a más dilaciones en el tiempo. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Pedro Luis Antona del Val.


EL SEÑOR ANTONA DEL VAL:

Gracias, señor Presidente. La preocupación de la Junta de Castilla y León por la situación del personal interino sanitario se hizo manifiesta en el impulso de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley de Ordenación del Sistema Sanitario, Ley 1/1993, de seis de abril, estableciendo que el acceso a la condición de funcionario de las escalas sanitarias se efectuase mediante el procedimiento de concurso, con carácter excepcional, transitorio y por una sola vez, como usted sabe, y además con el voto favorable del Partido Socialista.

En la aplicación de dicha Disposición, la Consejería de Presidencia y Administración Territorial dictó la Orden de cuatro de enero de mil novecientos noventa y cuatro, convocando un proceso selectivo para el ingreso en las escalas sanitarias en el que se ofertó el número de plazas correspondientes a los puestos no cubiertos por funcionarios de carrera a la fecha de entrada en vigor de la Ley 1/1993.

Esta Orden de convocatoria fue objeto de múltiples recursos contencioso administrativos, deducidos tanto por particulares como por asociaciones, agrupaciones, etcétera. Asimismo, en varios de ellos litigaron en la misma posición procesal que la Administración, defendiendo la legalidad de la convocatoria, otros particulares y asociaciones, etcétera.

En estos múltiples recursos se acudió tanto al proceso especial de protección de los derechos fundamentales, entonces regulado por la Ley 62/1978, como al proceso ordinario que en aquel momento regulaba la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de mil novecientos cincuenta y seis.

En ambos supuestos, siempre que fue solicitada la suspensión cautelar de la convocatoria, la Sala acordó dicha medida cautelar mediante el correspondiente Auto de Suspensión. En el seno del Recurso identificado con el número 91/94, resultante de la acumulación de un elevado número de recursos interpuestos al amparo de la Ley 62/1978, que es la del proceso... es la que regula el proceso especial de Protección de los Derechos Fundamentales, la Sala decidió plantear Cuestión de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional respecto de la previsión de la Disposición Transitoria Cuarta de nuestra Ley de Ordenación del Sistema Sanitario.

La representación procesal de la Administración compareció y realizó las alegaciones oportunas ante el Tribunal Constitucional en defensa de la Disposición Transitoria Cuarta. Finalmente, el Tribunal Constitucional dio la razón a la Junta, mediante la Sentencia de once de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

El Tribunal Constitucional ha resaltado que no se trataba de un proceso de selección restringido, ya que no se impedía el acceso al concurso a las personas que no ocupaban de forma interina las plazas ofertadas. Textualmente dice la Sentencia: "En definitiva, la Administración Sanitaria de Castilla y León ha contado hasta el momento con un personal interino cuya estabilización funcionarial podría haberle inclinado a la convocatoria de un concurso restringido. Sin embargo, ha querido conseguir esa estabilización con un sistema de selección en el que, aun primándose la condición de interino, no se hiciera imposible el acceso a los profesionales que hubieran prestado servicios en otras Administraciones, por lo que se dan las condiciones que según nuestra ya citada doctrina derivan del Artículo 23.2 de la Constitución, que es el que regula el derecho de los ciudadanos al acceso a los cargos públicos en condiciones de igualdad.

Esta postura del Tribunal Constitucional da la razón a la Junta y se la quita al Partido Socialista, Grupo que presentó una Proposición de Ley en las Cortes en la que señalaba que la cuestión de inconstitucionalidad -textualmente- "va a ser, sin duda, resuelta por el Tribunal Constitucional, estimando en parte o en todo la inconstitucionalidad de la Disposición Transitoria Cuarta". En la defensa que hizo el Procurador Octavio Granado puso de manifiesto que nuestra Disposición era inconstitucional y reiteró que el Tribunal Constitucional iba a echar abajo la convocatoria. Pues bien, la Sentencia ha dado la razón a la Junta de Castilla y León.

Una vez resuelta la cuestión de inconstitucionalidad por el Tribunal Constitucional, en febrero pasado... el año pasado, perdón, se han sucedido las Sentencias de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, respecto a los recursos presentados. Hace unos meses se ha resuelto el último de ellos y en todos los casos la Sala ha dado la razón a la Junta de Castilla y León.

En el momento actual, la posición de la Junta sigue siendo clara a favor de sacar adelante lo antes posible la convocatoria, y ello a través de dos actuaciones principales que son las que caben en este momento.

En primer lugar, en los casos en los que los demandantes han presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo, al no estar de acuerdo con la desestimación acordada por la Sala, lo que ha hecho la Junta es personarse, una vez más, para alegar la inadmisibilidad de estos recursos de casación, a través de los letrados de la Asesoría Jurídica General que llevan la representación y defensa de la Administración de la Comunidad.

Y en segundo lugar, la representación procesal de la Administración Regional ha solicitado el levantamiento de la suspensión cautelar decretada en su día por la Sala. Lo que se solicita es que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia dicte resolución por la que se declare tener por levantada la suspensión de la ejecución de la Orden de cuatro de enero de mil novecientos noventa y cuatro, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala sanitaria, al no existir motivos que justifiquen la misma, dada la Sentencia del Tribunal Constitucional y la del propio Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Si las medidas procesales adoptadas por la Junta de Castilla y León prosperan, quedaría definitivamente desbloqueada la convocatoria. En definitiva, ha sido la Junta de Castilla y León la que en todo momento ha demostrado el mayor interés por sacar adelante la convocatoria. Y si no ha podido hacerse así hasta ahora, ha sido simplemente porque la Administración está obligada a acatar las resoluciones de los órganos competentes del Poder Judicial. Se trata de requerimientos del propio Estado de Derecho, fundamento de nuestra convivencia en sociedad, aunque a veces el derecho a la tutela judicial efectiva de todos los interesados puede retrasar medidas que entendemos necesarias, tanto para el personal afectado como para el conjunto de la sociedad.

Dado que la situación del personal interino sanitario afectado por estas actuaciones deriva de decisiones emanadas de órganos del Poder Judicial, difícilmente cabría solucionarlo por la Junta a través de un Reglamento.

Nadie, por tanto, ha demostrado más interés que la Junta en que se solucione el problema existente, pues ello permitirá afianzar la vida profesional del personal que en estos momentos se encuentra en situación de interinidad, lo cual servirá para garantizar un mejor servicio público.

Junto a ello, y ante la perspectiva de desbloqueo de la situación creada en vista de la Sentencia del Tribunal Constitucional, se han iniciado una serie de actuaciones, cuyo calendario se ha consensuado con las organizaciones sindicales con representación en el sector, que facilitarán la consecución de la ordenación del personal sanitario de la Comunidad de Castilla y León y que afectarán a la ordenación e integración de los cuerpos y escales sanitarias, la modificación de las relaciones de puestos de trabajo, las demarcaciones asistenciales y el reglamento de ingreso y provisión de puestos de trabajo, sin perjuicio de otras cuestiones que puedan suscitarse, a fin de ordenar las condiciones de la actividad sanitaria y su personal.

El ritmo de las negociaciones y acuerdos con las organizaciones sindicales determinará la convocatoria de los concursos de traslado de sanitarios que se prevé dentro de breves meses. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Antona. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra doña Isabel Fernández.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA:

Gracias, señor Presidente. Señores Procuradores, con la entrada en vigor de la Ley de Ordenación Sanitaria de mil novecientos noventa y tres, pretendiendo solucionar un problema que entonces existía, que era el elevado número de sanitarios en situación de funcionarios interinos y sus numerosos recursos, y la incapacidad de la Junta para solucionar este problema manifestada en numerosas ocasiones, no sólo no se ha solucionado ese problema, porque sigue habiendo muchos más... un número mayor de funcionarios interinos que había en mil novecientos noventa y tres, en el año dos mil, a esta fecha, al día de hoy.

Pero no sólo es eso, sino que se han añadido otros dos problemas: uno, lo de los funcionarios interinos que no... aunque se resuelva el problema jurídico de los funcionarios afectados por la famosa Transitoria Cuarta, van a existir... o en este momento existen otros setecientos funcionarios interinos que no tienen ninguna solución o ninguna... horizonte de solución de su situación laboral. Y, a la vez, sigue sin resolverse el problema de la redistribución de los recursos humanos de esta Comunidad Autónoma.

Los Consejeros de Sanidad, cuando comienzan las Legislaturas, en la exposición de su programa, siempre nos cuestan lo mismo, que rápidamente van a acometer la redistribución del personal sanitario en las... de la Comunidad Autónoma. Pasa el tiempo. Luego a mitad de Legislatura nos cuentan que ya no es el momento político de que esto se haga, porque en vísperas electorales no es bueno que esto ocurra. Y así llevamos al menos dos Legislaturas, que son las que yo he estado en esta Cámara, contándome exactamente lo mismo.

Mire, la redistribución es muy importante que se realice y que se realice pronto, porque en estos momentos -y antes hice referencia a eso- hay una distribución muy desigual del personal sanitario dentro de la Comunidad Autónoma. Mientras que en Palencia hay ochocientos habitantes por médico, en León hay una ratio de mil trescientos habitantes por médico. Pero es que, además, dentro de la misma provincia hay situaciones pues absolutamente pintorescas que usted como profesional de la sanidad, conoce tan bien como yo.

Pero mire, es que en Valladolid, en Esguevillas de Esgueva, la localidad donde está nuestra compañera Elena Pérez ejerciendo, hay diez médicos para tres mil doscientos cuarenta y dos habitantes, desde el año mil novecientos ochenta y tres, fecha en que se... mil novecientos ochenta y seis, fecha del Decreto que crea las Zonas Básicas de Salud. En Laguna de Duero hay dieciséis mil doscientos treinta y cuatro habitantes y nueve médicos. Esto en Valladolid, pero es que lo mismo ocurre en León -donde le digo-, en Sahagún de Campos, hay ocho mil doscientos sesenta y cuatro habitantes para doce médicos, mientras que en San Andrés de Rabanedo hay dieciséis médicos para treinta y un mil doscientos veinticinco habitantes.

Esto, vamos, yo creo que ninguna... ninguna Administración se puede permitir estos lujos, porque realmente es un despilfarro de los recursos humanos. Mientras tanto, ¿que ha ocurrido? Que esta Comunidad Autónoma ha perdido población, que las poblaciones han... la población se ha movido dentro de la Comunidad Autónoma, de manera que algunas capitales de provincias, como León, Burgos, Salamanca y Valladolid han crecido o no han perdido número de habitantes y los pueblos de sus respectivos alfoz han crecido, mientras que poblaciones han quedado con un médico para cien habitantes, como ocurre en la provincia de Zamora. Y esto es un desperdicio y un despilfarro de los recursos humanos, porque ningún profesional creo que tenga como horizonte de su vida el estar atendiendo a una población de estas características. Y usted sabe que hay estudios y planteamientos para hacer una redistribución que hay... al menos yo conozco tres o cuatro planteamientos diferentes para la provincia de Zamora -que es la que mejor conozco- y nunca se han llevado a efecto, por problemas realmente políticos. Y esto origina no sólo el que no se solucione la situación de los interinos, sino que aquellos que somos funcionarios de carrera en situación definitiva, durante veinte años hemos tenido dos concursos de traslado, dos concursos: en el año ochenta y siete y en el año noventa y cuatro. O sea, que aquellos funcionarios de carrera que estamos en situación definitiva, es decir, que tenemos todos los derechos, nos vemos privados de una mejora en nuestras expectativas profesionales.

¿Y quién es responsable de todo esto? El responsable de todo esto es la Junta de Castilla y León, porque ya sólo me falta por oír que sean responsables los administrados; será la Administración que ha sido incapaz, incapaz, de sacar una norma que no sea recurrida. Y que, además de ser recurrida, siempre han dado la razón a los recurrentes, hasta el final; han pasado veinte años y estamos igual que hace veinte años.

Dice usted que reglamentariamente esto ya está en el proceso final, está en el proceso final alguna de las cosas. Es fácil que en el... es probable que en el transcurso de los próximos meses la situación judicial de todos estos recursos se solvente. Pero, mientras tanto, ¿qué le puede decir la Junta de Castilla y León a los funcionarios postransitorios -como ya se llama-, que ya empiezan a organizarse y a reclamar ante la Junta de Castilla y León una solución para su problema? ¿Qué le puede decir la Junta de Castilla y León a los funcionarios de carrera en situación definitiva que después de llevar algunos veinte años en la misma... en el mismo destino y sólo haber tenido dos opciones al traslado, presencian cómo se crean nuevas plazas en las capitales por parte del Insalud sin que ellos vayan a tener posibilidad de acceso? ¿De quién es responsabilidad esto? La responsabilidad es de quien gobierna, porque quien gobierna decide y elige el momento que hace las cosas, pero también rinde cuentas. Y ustedes no han decidido, pero, además, no pretenden ser nunca responsables de nada. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Saltamos un turno de fijación de posiciones al no estar la representante... la Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto, pues, puede cerrar el debate doña Isabel Fernández, puede cerrar el debate, pero creo que al no estar... Perdón, perdón. Sí. Tiene la palabra, perdón, señor Antona. Para un turno de dúplica tiene la palabra don Pedro Luis Antona.


EL SEÑOR ANTONA DEL VAL:

Gracias, señor Presidente. Mire, usted, Señoría. Yo he leído detenidamente su Proposición No de Ley, los antecedentes, su Propuesta de Resolución, y hace usted una mezcla. Primero habla de los interinos, la Transitoria Cuarta, habla de la reestructuración, luego vuelve a hablar del problema de la interinidad, dice que se alegran de la resolución del Tribunal Constitucional; no parece ser ésa su línea, la que siguieron ustedes cuando presentaron una Proposición de Ley hace unos años, en esta Cámara, en un Pleno, en el que aseguraban tajantemente que la Ley, que la Orden de Convocatoria se debe declarar inconstitucional. Está siguiendo, por tanto, una línea errática: primero aprueban la Ley de Ordenación del Sistema Sanitario con la Transitoria Cuarta, después hacen una Proposición de Ley que anule esa Disposición Transitoria Cuarta, ahora quieren sacar un reglamento, que no sé qué es lo que pretende el reglamento: no sé si refiere el reglamento a los interinos, a la reestructuración, al concurso de traslados, o a todo ello junto; probablemente a todo ello junto, probablemente a todo ello junto.

Bien. Yo creo que hay que ser más coherentes. Ustedes son corresponsables de la Disposición Transitoria Cuarta; y eso está ahí, no pueden evitarlo. La Disposición Transitoria Cuarta intentó resolver el problema a los interinos mediante la orden de convocatoria que habíamos hablado antes del año noventa y cuatro, y sufrió un montón de avatares y de recursos jurídicos en los que no podemos hacer de momento nada, nada más que presentarse la Junta en su posición procesal para defender sus intereses y, por tanto, los intereses de los interinos y de la sociedad de Castilla y León. Pero los órganos judiciales siguen su ritmo y usted lo sabe.

La redistribución, que estamos absolutamente de acuerdo -eso se ha hablado ya muchas veces, muchas veces-, pues es evidente que es un problema que afecta gravemente a los puestos de trabajo de sanitarios locales y, por tanto, a la sociedad. Yo estoy convencido de que la reestructuración se va a hacer en breve, va a salir una nueva relación de puestos de trabajo, se está negociando con los sindicatos; usted también lo sabe: para que eso tenga viabilidad, debe ser consensuado con los sindicatos, debe ser aprobado por las Mesas de Negociación. Está muy avanzada.

Habla usted de Zamora. Yo no sé cuál es la situación exactamente de Zamora, pero lo que sí que le digo es que la nueva relación de puestos de trabajo, las demarcaciones asistenciales nuevas, está el documento muy avanzado. Y que el concurso de traslados, si no se resuelve el problema judicial en breve, en breve, es decir, si no se levanta la suspensión cautelar, se va a aprobar la nueva relación de puestos de trabajo y se va a convocar inmediatamente concurso de traslados de los funcionarios, de los funcionarios.

Dice usted que en la zona de Esguevillas hay pocos habitantes para tantos médicos, desde el año ochenta y tres en que salió el Decreto de Creación de Zonas Básicas de Salud. Pues cuando lo sacaron, que estaban todos ustedes, podían haber hecho la reestructuración, ¿o es que había veinte mil habitantes en Esguevillas en el año ochenta y tres, Señoría? Ochenta y seis, ¡qué más da! O sea, que cada palo aguante su vela. Es un tema que no viene de ahora, y que somos corresponsables todos los que estamos aquí, quizá, y algunos que ya no están.

Dice que la Junta de Castilla y León no ha sido capaz de sacar ninguna convocatoria que no haya sido recurrida. Eso sabe usted que no es cierto. El concurso-oposición de plazas de enfermaría salió hace años, se resolvió, y el personal de enfermería tomó posesión de sus plazas y no ha pasado nada.

El tema de los médicos era mucho más conflictivo y, por tanto, bueno, se han producido avatares jurídicos que hay que esperar a que se resuelvan. Si ahora se sacara una oposición para los postransitorios -como los llama usted-, se podrían presentar obviamente los pretransitorios, con lo cual creo que se provocaría un follón importante y habría gente que estaría pendiente de la resolución judicial de la Transitoria Cuarta, gente que se habría presentado a esa oposición, concurso-oposición o concurso -que tampoco ha especificado usted qué es lo que quiere para los postransitorios-, y los que después tampoco se podrían presentar a ese concurso oposición.

Yo creo que la solución que está arbitrando la Consejería es la correcta: presentarse ante el Tribunal Supremo para alegar la inadmisibilidad de los recursos de casación, solicitar al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el levantamiento de la suspensión cautelar, y que eso resolvería definitivamente el problema. Pero si eso no ocurre o se dilata en el tiempo, más allá de unos pocos meses, lo que sí está dispuesta la Consejería -y, si no, nosotros también se lo demandaremos como Grupo- es a sacar la nueva relación de puestos de trabajo y convocar inmediatamente, conforme a esa nueva relación de puestos de trabajo el concurso de traslados. Y eso es lo que va a ocurrir en los próximos meses.

Por tanto, esta petición, la Propuesta de Resolución que hacen ustedes, que instan la Junta de Castilla y León a solucionar reglamentariamente la situación del personal sanitario de Castilla y León, no es tanto la situación del personal sanitario, sino también la de los propios ciudadanos, que en algunos casos, como sabe usted, tienen los médicos cupos muy numerosos y eso deteriora la asistencia. Por tanto, yo la invito a que retire esta Propuesta de Resolución, por innecesaria. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Antona. Al no estar la representante -ahora sí- del Grupo Parlamentario Mixto, para cerrar el debate tiene la palabra doña Isabel Fernández.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA:

Gracias, señor Presidente. Señor Procurador, yo creo que o no me he explicado bien o usted no ha entendido nada de nada de lo que aquí hemos tratado, porque la Ley... Mire, las zonas básicas... el Decreto de Zonas Básicas de Salud es de mil novecientos ochenta y cuatro. Muchas de estas Zonas Básicas de Salud tenían entonces el doble del número de habitantes que ahora. Sí, le digo en concreto en la que yo trabajo: en mil novecientos ochenta y seis tenía diez mil habitantes y en estos momentos tiene no llega a siete mil. Por lo tanto, en mil novecientos ochenta y siete nosotros perdimos las elecciones, y llevan ustedes gobernando esta Comunidad Autónoma. Han tenido ustedes trece años para hacer la redistribución, reordenación y cuantos Decretos hubieran querido hacer, porque han gozado siempre además de mayoría absoluta.

Pero no sólo es eso, mi compañero Octavio Granado presentó una Proposición No de Ley en el Pleno, no diciendo que se anulara todo el proceso, pidiendo que se anulara el proceso para evitar el problema en el que estábamos. Señoría, que yo entonces estaba en las Cortes y le digo y le repito que no se pretendía anular la Transitoria Cuarta ni nada que se pareciera, como usted me dice. Lo único que se solicitaba era la anulación del proceso, es decir, la convocatoria, que es lo único que ustedes han hecho en este momento, la convocatoria, a fin de evitar el problema que hoy tenemos, que son tres y se lo repito: la reestructuración, la situación de los interinos previos a la convocatoria de mil novecientos noventa y cuatro, y la falta de solución al problema de los setecientos funcionarios interinos que ya no están afectados por la Transitoria Cuarta, y posiblemente les pasen otros veinte años antes de que tengan una posible o una posibilidad de solución. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Concluido el debate sometemos a votación la Proposición No de Ley. ¿Votos a favor de la misma? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?

El resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: dieciséis. Votos a favor de la Proposición No de Ley: seis. En contra: diez. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida. Y entramos en el cuarto y último punto del Orden del Día al que dará lectura la Secretaria de la Comisión.


LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ):

Sí. Cuarto punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 240, presentada por el Procurador don Juan Carlos Rad Moradillo, relativa a constitución en municipios de pueblos pertenecientes a Cuéllar, Samboal y Segovia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 51, del veintidós de marzo del año dos mil".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra don Juan Carlos Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Gracias, señor Presidente. Señorías. En primer lugar, aclarar que esta Proposición No de Ley fue dirigida para su debate y votación en el Pleno de la Cámara, así... como tal consta el escrito que yo entregué en el Registro. Y, desde luego, si la Mesa de las Cortes la califica hacia esta Comisión, no es mi voluntad ni, desde luego, está, en absoluto, en mi ánimo. Si ésta es la Comisión donde se deben debatir este tipo de proposiciones o no, desde luego, es algo que tiene que resolver la Mesa de las Cortes. Yo, desde luego, presentar, porque no es la primera vez que esto ocurre, mi más sincero rechazo a determinadas actitudes de la Mesa de las Cortes, donde el Grupo Mixto, pues, es prácticamente considerado como un elemento anecdótico.

Y pasada esta breve exposición...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Señor Rad, discúlpeme un momento. Para aclararle lo que ha dicho usted, es que antes de llegar usted a la Comisión, el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista había indicado... que no ha sido por parte de este Presidente y por parte del Grupo Parlamentario Popular, había dicho que era más conveniente debatir este tema en la Comisión de Administración Regional... Territorial. Es por eso por lo que a usted se le había comunicado para ver si usted estaba de acuerdo en que esta Proposición No de Ley, en vez de debatirla en esta Comisión, se debatiera en la otra Comisión. Pero que no ha sido ni intención de este Presidente decirle a usted que no debatiera la Proposición No de Ley aquí, ni tampoco del Grupo Parlamentario Popular, sino nada más era una petición que me había hecho... nos había hecho antes de empezar la Comisión el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista; por eso ha sido por lo que se le había trasladado a usted esa petición. Nada más. Puede continuar su...


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Sí. Pues, nada más fijar las posiciones...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Espere. Sí, tiene la palabra el señor Benito.


EL SEÑOR BENITO MUÑOZ:

Sí, sólo para matizar y expresar que en esta Legislatura y en la anterior, nunca había ocurrido el caso de que una segregación municipal se viera en la de Presidencia. Yo creo que es un error, y, por lo tanto, por eso solicitaba... Sinceramente, aún mantengo que no es el sitio oportuno, pero en ningún momento para -digamos- dilatar o coartar el que se debatiera. Simplemente por una cuestión de homogeneidad de la Comisión con las competencias de la Comisión, nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Puede continuar, señor Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Bueno, nada más aclarar que mi deseo era que se hubiera debatido en el Pleno. Desde luego, no tengo ningún interés preferente hacia una Comisión o hacia otra. Por eso, como estaba en el Orden del Día, estaba en camino, pues es por lo que yo he mantenido que se defienda aquí.

Bien, hablar de una serie de antecedentes. El primero de ellos es que el diecinueve de octubre del año mil novecientos noventa y nueve, la Junta de Castilla y León hacía pública, mediante publicación en el Boletín Oficial, los Decretos 268, 270 y 271, por los que se denegaban las solicitudes de segregación y constitución de nuevos municipios formuladas por las Entidades Locales Menores de Arroyo de Cuéllar, Campo de Cuéllar y Chatún, pertenecientes al municipio de Cuéllar, en Segovia; de Narros de Cuéllar, pertenecientes al municipio de Samboal; y de Revenga, perteneciente al municipio de Segovia. Bien.

Con este Decreto, la Junta de Castilla y León intentaba poner fin a la vía administrativa sobre una cuestión, como es la segregación de municipios, que afecta a numerosas localidades de Segovia, no solamente a las mencionadas aquí.

Ante dicho Decreto fueron presentados en su momento los correspondientes recursos de reposición por parte de los municipios afectados, y, según mis informaciones a la fecha de hoy, se ha abierto ya una vía contencioso-administrativa con la propia Administración Regional.

Los procesos de segregación de municipios son procesos que reconozco son complejos, que responden casi siempre a un largo enfrentamiento vecinal, por lo tanto, a una convivencia deteriorada, por muy diversas causas, y que muchas veces es una convivencia deteriorada irreversiblemente.

Bien. Lejos de intentar generalizar un caso tan complejo, sí es conveniente realizar distintas precisiones con respecto a los problemas de segregación que yo he planteado en este caso concreto.

El primero de ellos es que el origen de todos estos enfrentamientos tiene lugar a raíz de los procesos de concentración de municipios realizados en los años setenta a instancias del entonces Gobierno Civil, obedeciendo a un proceso que en absoluto fue planteado desde los propios municipios, en absoluto fue deseado, por encima de la decisión del propio Alcalde momentáneo en ese pueblo, que correspondía, por tanto, a una decisión en una época -la dictadura franquista- donde había muy pocas posibilidades de discrepar con respecto a la decisión de un Gobernador Civil.

En segundo lugar, en todos ellos la raíz del problema, tal como la plantean sus propios... los propios interesados, es la discriminación y la desatención que dichos municipios sufren por parte del Ayuntamiento al que pertenecen; hecho que en el curso del tiempo, pues, ha supuesto un notable... una notable diferencia en cuanto a las oportunidades de desarrollo de calidad de vida que tienen estos municipios.

En tercer lugar, que la voluntad mayoritaria de estos municipios es claramente un apoyo a la segregación. Así lo atestiguan las distintas recogidas de firmas realizadas, las manifestaciones públicas realizadas... las concentraciones públicas realizadas en la capital de Segovia, y todos los pronunciamientos que hasta ahora ha habido.

En cuarto lugar, que en todos los casos se cuenta con el apoyo expreso y explícito de las Corporaciones Municipales a las que pertenecen, las Corporaciones Municipales tanto de Cuéllar, como de Samboal y de Segovia, cuyos Plenos se pronunciaron por unanimidad, independientemente del color político de las fuerzas allí representadas, en favor de la demanda de segregación que esos municipios les planteaban.

Este apoyo ha sido realizado también, por unanimidad de todos sus miembros, por parte de la Diputación Provincial de Segovia; luego hay un pronunciamiento unánime de la Diputación Provincial de Segovia.

Bien. El informe emitido el diecinueve de abril de mil novecientos noventa y nueve por el Director General de Administración Territorial, don José Antonio Cabañeros Posado, sobre la segregación de dichos municipios, claramente aconseja en todos los casos la aprobación de los distintos expedientes de segregación, sin perjuicio y a reserva del dictamen del Consejo de Estado.

Hay que aclarar que, en todos los casos, la petición de segregación se realizó con anterioridad a la promulgación de la Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, por lo que es posible aplicar su Disposición Transitoria Primera que dice concretamente: "Los procedimientos de alteración de términos municipales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley se tramitarán de acuerdo con la legislación vigente al tiempo de su iniciación". Luego el tiempo de la iniciación de estas solicitudes de segregación es, por tanto, la Ley de Bases de Régimen Local, Ley 7/1985.

Además hay que especificar que es sólo el Informe del Consejo de Estado el único informe que se plantea contrario a las segregaciones, que es únicamente en base a este Informe del Consejo de Estado que la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León lo ha utilizado para la denegación de las segregaciones. Un informe que, según la opinión de mi partido, de Tierra de Comunera, es un informe plagado de errores interpretativos, que está claramente dispuesto a desaconsejar cualquier tipo de segregación, y que hemos de aclarar que es un informe preceptivo, pero en absoluto es un informe vinculante, y como tal se expresa dicho informe al final de... al final del mismo... dichos informes, pues en realidad son tres informes.

Hay que aclarar que todos los pueblos que desean segregarse no están incorporados físicamente a sus respectivos Ayuntamientos, que mantienen sus caracteres más identificativos, que tienen un claro potencial de expansión, que tienen una actividad económica suficiente, y que muestran un balance positivo de cuentas con sus respectivos Ayuntamientos. La única salvedad, la única excepción constituye la localidad de Revenga, donde en la actualidad el balance financiero es negativo, si bien es un balance que tiene bastante de coyuntural, al estar... al tener ese balance negativo por el pago de intereses por préstamos realizados; intereses que en algún momento determinado finalizarán.

Hay que aclarar que... también que las localidades afectadas poseen un nivel poblacional similar a numerosos municipios segovianos, incluso superior a la media de población de los municipios de Castilla y León.

Es también... hay que aclarar que hay precedentes de segregaciones anteriores, por ejemplo, el realizado con la localidad segoviana de Cuevas de Provanco, donde se ha concedido esta segregación y en absoluto ha supuesto un mayor endeudamiento o una inviabilidad del nuevo Ayuntamiento constituido.

Hay que aclarar también que los procesos de mancomunación -actualmente se siguen tanto en la provincia de Segovia como en el resto de las provincias de Castilla y León-, lo que hacen es ayudar a la prestación de servicios comunes, garantizando que no exista una desatención de los propios ciudadanos.

Finalmente -y esto es una llamada que hago como partido político nacionalista-, nosotros instamos a la Junta de Castilla y León a que gobierne esta Comunidad sin tener en cuenta dictámenes estatales. Si los dictámenes son de necesario cumplimiento, entiendo que está obligada por ley; si los... si los dictámenes no son vinculantes, la decisión debe ser tomada por la Junta de Castilla y León, en virtud de las necesidades de nuestra propia realidad, la realidad de los castellanos, que muchas veces es pospuesta, en éste y en otros temas, precisamente, en función de esos dictámenes elaborados desde Madrid, genéricamente, y que muchas veces -en concreto éste- no se corresponde con la realidad.

Por lo expuesto, se formula la siguiente Propuesta de Resolución:

"Que las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León para que se proceda a la constitución de los municipios de los pueblos de Arroyo de Cuéllar, Campo de Cuéllar y Chatún, pertenecientes al municipio de Cuéllar, Segovia; Narros de Cuéllar, perteneciente al municipio de Samboal, Segovia; y de Revenga, perteneciente al Ayuntamiento de Segovia". Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Rad. Para consumir un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Juan José Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Muchas gracias, señor Presidente. No voy a entrar en la procedencia o no de la Comisión para estudiar este asunto. Quizás sí sería cuanto menos cuestionable la procedencia de la presentación de la Proposición No de Ley, una vez que, por parte del Director General, en una Comisión de Gobierno Interior ya hubo una comparecencia en la cual se hablaron de estas cuestiones.

Pero, como cuestión previa, sí quería dejar muy claro que en el origen de toda esta problemática expuesta por Su Señoría, si ha habido un partido que sistemática y meridianamente... de forma meridianamente clara se ha manifestado en favor de estas segregaciones ha sido sin duda el Partido Popular, y que además, sistemáticamente, ha manifestado esta voluntad política, que ha llegado incluso a la elaboración de algún informe por parte del Director General de turno, elevando propuesta favorable al Consejo de Estado.

Pero de su exposición pudiera sacarse la conclusión de que la resolución definitiva de la Junta de Castilla y León ha sido una resolución caprichosa. Y entonces, por ello, quizá Su Señoría me va a permitir que hagamos relación... mención a algunas consideraciones que hace el informe del Consejo de Estado, que sin duda puede ser discutible, pero que ahí está; y que -como usted muy bien apuntaba- no es vinculante, pero es preceptivo, y que la Junta, tradicionalmente, ha adoptado el criterio de tener en cuenta los informes del Consejo de Estado, si bien es cierto que pueda haber habido alguna ocasión en la que no haya sido tenido en cuenta; hecho este que, por otra parte, parece razonable, ya que, si no, estaríamos en una situación de absoluta inseguridad.

Y me va a permitir que hagamos mención a cada una de los tres expedientes -como usted ha mencionado-, ya que si bien es cierto que tienen puntos en común, no lo es menos que se diferencian en algunas cuestiones.

En el caso concreto del expediente de Arroyo de Cuéllar, Campo de Cuéllar y de Chatún, apuntaba usted a que eran expedientes iniciados con anterioridad a la Ley 1/98 y que, por lo tanto, debían estar sujetos a lo dispuesto en la Ley 7/85, a través de su Disposición Transitoria Primera. Es una cuestión que no se plantea ninguna duda tampoco por parte del Informe del Consejo de Estado, que así lo entiende, y, por lo tanto, aplica la legislación que corresponde en ese momento, que es la Ley 7/85. Y si bien es cierto que hacia este aspecto se hace especial mención, porque la Ley 1/98 acabaría de raíz con el problema de la mayoría de estos expedientes, ya que no cumplirían el mínimo de población... es cierto también que la Ley 7/85 no dice que tenga que existir un mínimo de población, no es menos cierto, no es menos cierto que... dice que habrá que exigir la racionalidad de la estructura administrativa municipal que surja.

Por lo tanto, no fija un mínimo número de habitantes, pero fija unos criterios, y es el que la base de población ha de tener entidad suficiente para justificar la existencia de una organización administrativa añadida a la nueva Administración Municipal. Y respecto de este criterio, los nuevos municipios a constituir carecen de la base necesaria de población -repito-, según dice el Informe del Consejo de Estado.

Y también dice que "no cabe favorecer la constitución de municipios exiguos, pues con ello quebraría el principio de eficiencia del gasto público y la racionalidad de la estructura administrativa".

Pero, por otro lado, la Ley tampoco autoriza que por motivos de conveniencia administrativa se constituyan nuevos municipios, sino que tasa dichos motivos, como son la colonización interior, la explotación de minas, las nuevas industrias, los regadíos, las obras públicas y otros análogos. Y se da la circunstancia de que ninguno de ellos aparece justificado en el expediente a que hemos hecho relación.

Por lo tanto, de la aplicación de la propia Ley 7/85 deriva una limitación absolutamente insalvable, según el Consejo de Estado, cual es la exigencia de racionalidad de la estructura administrativa municipal que surja, y que no se respeta en el caso de los municipios afectados por este expediente.

En el caso de Narros de Cuéllar cabe decir que, en primer lugar, hay un informe... un primer Informe del Consejo de Estado el dieciocho de mayo de mil novecientos noventa y cinco, y es un primer informe desfavorable, en clara consonancia con la propuesta elevada por parte de la Consejería de Presidencia -desfavorable también a la segregación-, que se ampara fundamentalmente en la inviabilidad de lo que ha venido en denominarse los núcleos exiguos.

Es cierto que, con posterioridad, se realiza un nuevo estudio, y es la Junta de Castilla y León quien, a instancias de una Resolución de las Cortes de Castilla y León de doce de marzo del año noventa y siete, examina de nuevo el expediente y eleva una propuesta favorable por razones de convivencia.

Bien. Esto es así. Y por parte del Consejo de Estado se ratifica en los argumentos, por entender que no ha habido circunstancias que varíen, y concluye que es necesario respetar la voluntad vecinal y es conveniente evitar problemas de convivencia, pero que es evidente que por problemas de convivencia no puede soslayarse la ley, y, por lo tanto, se reitera en sus argumentos.

Pero es más, dice que la Comunidad Autónoma tiene capacidad normativa para modificar la norma y que, en consecuencia, supuestos como el referido pudieran entrar en expedientes que pudieran ser aprobados e informados favorablemente como núcleos a segregar.

En el caso de Revenga la cuestión es diferente, y, sin perjuicio del fondo de la resolución, se da la circunstancia de que el número de solicitantes en una primera instancia es de doscientos veintiocho, lo que no constituye la mayoría de residentes que en esos momentos, según certificación referida a veintitrés de agosto, es de cuatrocientos sesenta y siete.

Por lo tanto, en este supuesto no se habría iniciado correctamente el expediente, como exige el Artículo 9.1 del Reglamento, y no se estaría en el supuesto de aplicación de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 1/98, ya que no cumpliría el mínimo de mil habitantes.

No obstante, no obstante, aunque esto es así, a mayor abundamiento, dice el propio Informe del Consejo de Estado que debe recordarse que el Artículo 6 del Texto Refundido en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto 781/86... 1986, de 18 de abril, autoriza la constitución de nuevos municipios por motivos permanentes de interés público. Pero estos motivos permanentes de propio interés público también quedan relacionados en la propia Ley, como son los mencionados anteriormente de colonización interior, explotación de minas, instalación de nuevas industrias, creación de regadíos, obras públicas. Pues bien, no es de aplicación, porque estos motivos ni siquiera aparecen en el nuevo expediente.

Pero, por si esto fuera poco, el Consejo de Estado estima que el núcleo de población territorialmente diferenciado que en este supuesto se da es de una entidad absolutamente mínima, y no parece que sea, por lo tanto, razonable favorecer nuevamente los núcleos tan exiguos. Pero, además, en el caso de Revenga se da la circunstancia de que -como usted sabe- también es necesario la existencia de recursos suficientes. Bueno. De los propios datos obrantes en el expediente se deduce que existe un déficit anual superior en una tercera parte a los ingresos de la propia entidad, lo que difícilmente haría posible ser afrontados por un núcleo de tan escasa entidad, salvo que se impusiera una carga tributaria absolutamente excesiva y poco razonada a todas luces.

Bien, esto es lo que ha motivado que la Junta de Castilla y León, a través de su Consejería de Presidencia, haya denegado estas segregaciones. Y estoy convencido de que usted parte de un principio de buena fe, y, por lo tanto, estará de acuerdo en que podemos estar de acuerdo en el fondo de la cuestión, pero no podemos instar, desde las Cortes de Castilla y León, a que la Junta de Castilla y León cometa cuanto menos una arbitrariedad en base al propio Informe del Consejo de Estado. Y que -como usted muy bien ha apuntado también- en estos momentos ha sido anunciada, por parte de algunas de estas pedanías, la presentación de un recurso contencioso-administrativo, y tal vez sea en esa instancia donde lo que hasta ahora no ha podido ser pueda ser alcanzado por estas pedanías o por estos núcleos de población.

Por lo tanto, no parece razonable ni siquiera presentar una Proposición No de Ley con una resolución en estos términos, cuando del propio Informe del Consejo de Estado se desprendería que el procedimiento lógico sería hacer uso de la capacidad normativa que tiene la propia Comunidad para contemplar estos supuestos.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra el señor Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Gracias, señor Presidente. Señor Portavoz, yo tengo un principio básico. El primero de ellos es que nuestra realidad la tenemos que gobernar nosotros. Ése es un principio básico y que está por encima de los Consejos de Estado. Y ése es un convencimiento personal que, desde luego, para mí es inamovible. Entonces, si la Junta de Castilla y León estaba tan de acuerdo con las segregaciones, las distintas Administraciones o, por lo menos, las distintas instituciones estaban también muy claramente en favor de ese pronunciamiento, desde luego, un informe de un Consejo de Estado que no es vinculante legalmente, no lo consideraría como tal. Entiendo que la Junta de Castilla y León tiene que tener una postura más beligerante en la defensa de sus intereses.

Otro principio, también básico para mí, es que cada municipio tiene derecho, y -si es posible- el mantenimiento de los Ayuntamientos tal como hoy están configurados, para mí es una premisa clara de defensa de un medio, el medio rural, que está amenazado.

La primera amenaza que se cierne sobre el medio rural es, precisamente, el desmantelar esas señas de identidad, el desmantelar esas instituciones pequeñas, pero que están consolidando una población, suponiendo que esa población tiene capacidad de afrontar el futuro. Si vamos a procesos de concentración de Ayuntamientos, como parece ser que es un poco la tendencia general, que entiendo que, desde un punto de vista economicista, es la base de estas Resoluciones del Consejo de Estado, pues creo que estamos haciendo un flaco favor a nuestro medio rural y a nuestros pueblos.

Evidentemente, los casos son distintos. Yo ya no he entrado en el análisis pormenorizado de los distintos municipios, porque cada uno de ellos tiene su correspondiente informe del Consejo de Estado, y cada uno de ellos anota sus razones. Yo lo que estoy hablando es de abordar un proceso desde la óptica más práctica, es decir, un proceso... que el fin fundamental es recuperar un derecho que tienen los municipios de gobernarse y, en segundo lugar, de recuperar una convivencia perdida, que no creo que ni este Decreto ni ningún Decreto de anexión, por esta vía, la vaya a recuperar. Yo estoy convencido de eso, y es yo creo que la salida para estos casos o para cualquier otro de los casos que se plantee.

Con respecto a los distintos informes, habría que descender muy al detalle sobre muchas de esas cuestiones. Por ejemplo, la certificación de la mayoría de las firmas en el caso de Revenga, que ellos plantean de otra forma distinta a como se plantea en el Informe del Consejo de Estado, los propios interesados, en cuanto a cuál es el censo que se tiene que considerar en el momento en que se recogieron las firmas, o en el momento en que se realiza el pronunciamiento del Consejo de Estado.

Son tres casos distintos. Yo lo que pido a la Junta de Castilla y León es que tenga una postura de defensa firme de esas aspiraciones. Y es que, además, la evolución de los acontecimientos, a mí me está dando la razón, a mí me está dando la razón, y no es lo mismo que la gestión de un municipio esté en manos de sus propios habitantes que esté delegada en un Ayuntamiento cabecera, situado a veinte kilómetros, y que... desde luego, con un desapego creciente y, además, llamativo. Eso en muchos... en muchas de las actividades, incluso a la hora de ubicar actividades o de realizar determinadas actuaciones, que pueden ser contrarias a los intereses del propio... de la propia Entidad Local Menor. Ésos son para mí los principios básicos que deben ser yo creo que respetados, y ésa es la base de que yo traiga aquí esta Proposición No de Ley.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno de dúplica, tiene la palabra el señor Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Sí, brevemente, señor Presidente. Solamente para decirle a su Señoría que la defensa del mundo rural es algo en lo que podemos coincidir. Yo soy Alcalde de un núcleo rural y usted ha hecho relación... ha hecho mención a que uno de los grandes problemas que tienen estas pedanías es la desatención por parte del Ayuntamiento donde están enmarcados.

Es evidente que a las pedanías lo que hay que decirles es que exijan a sus Ayuntamientos el cumplimiento de sus obligaciones. Y yo le voy a poner un ejemplo: para que nadie pueda pensar que tomo un ejemplo interesado, pongo el ejemplo de mi mismo pueblo. Yo soy Alcalde de un pueblo con núcleos de población que tienen más de dos mil habitantes alguno de esos núcleos, y más de setecientos habitantes en otros de esos núcleos. No tenemos ningún problema de segregación, ningún problema de segregación.

Y, por otra parte, usted decía que hay que respetar la voluntad de los vecinos. Yo lo entiendo perfectamente y estoy de acuerdo con usted. Yo entiendo que, además, también su Grupo tiene un compromiso político, porque no es malo, no es malo recordar que, efectivamente, ustedes, legítimamente, en las últimas elecciones generales, se presentaron en estos núcleos y pidieron el voto para el Grupo al que usted representa, e incluso por parte de algún responsable municipal de estos núcleos se pidió el voto para Tierra Comunera en defensa de las segregaciones. Entonces, en ese sentido, yo creo que su postura es absolutamente coherente, y en esa línea trae esta Proposición No de Ley.

Pero yo creo que, en ese sentido, donde ustedes plantearon una campaña electoral basada fundamentalmente en las segregaciones, se debe ser también absolutamente coherente y respetuoso con la voluntad de los vecinos. Y en ese planteamiento de campaña, yo le voy a dar unos datos, que no trato yo de desanimarle ni que se sienta liberado de su compromiso político a la hora de traer esta Proposición No de Ley, pero que, quizá, es bueno recordar.

Por ejemplo, en el caso de Arroyo de Cuéllar, en las últimas elecciones generales, con una campaña basada en las segregaciones, el Partido Popular tuvo ciento sesenta y cinco votos, el Partido Socialista tuvo sesenta y seis, y Tierra Comunera tuvo dieciocho votos. O en Campo de Cuéllar, donde el Partido Popular tuvo ciento dos votos, por sesenta y uno del Partido Socialista, o por dos de Tierra Comunera. O en Chatún, donde el Partido Popular tuvo ciento cuarenta y un votos, por cuarenta del Partido Socialista y por cuatro de Tierra Comunera. O en Samboal, donde el Partido Popular tuvo doscientos trece votos, por ciento cincuenta y nueve del Partido Socialista, y dos de Tierra Comunera.

O en el caso en el que hacía especial incidencia usted, en Revenga, donde parece evidente que sus planteamientos calaron, o que ustedes entendieron perfectamente cómo debía enfocarse, porque ahí, efectivamente, el resultado es absolutamente sorprendente y debo reconocérselo. Lo que no entiendo es que si trasladaron tan bien lo que era su mensaje, o lo que era el mensaje, o lo que era el planteamiento de las segregaciones, quizá no explicaron lo suficientemente bien que eso se plasmaba con la voluntad en las urnas. Y ahí el Partido Popular tuvo ciento ochenta y dos votos, por noventa y cinco del Partido Socialista y, curiosamente, por ninguno de Tierra Comunera.

Yo creo que, en aras de la coherencia de lo que usted mismo planteaba, de respetar la voluntad popular, porque -como usted sabe- así fue en esos núcleos: la última campaña se planteó en términos de segregación, quizá deberíamos entender que la voluntad popular ha entendido que la vía, en estos momentos, para acceder a estas segregaciones es la presentación de un recurso contencioso-administrativo, entre otras cosas, porque ha entendido que la Junta de Castilla y León, quizá, no pueda hacer otra cosa con el Informe del Consejo de Estado en la mano. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Sanz Vitorio. Entramos en un turno de fijación de posiciones. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la señora...


LA SEÑORA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ:

Gracias, señor Presidente. Y gracias por acordarse del nombre.

(Risas.)


LA SEÑORA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ:

Vamos a ver. Voy a votar a favor, como no podía ser de otra manera, dado que el proponente es del Grupo Mixto. Y además es que, bien, no sé cómo están los municipios de Cuéllar, pero, desde luego, los datos que nos da el Portavoz del Partido Popular, me gustaría haber oído el mitin que dio el futuro Alcalde, a ver cómo enfocaba lo de la segregación cuando ha habido manifestaciones populares.

Eso no nos sirve, como a ustedes no les sirvió cuando tenía mayoría absoluta el Partido Socialista. Eso no sirve. El hecho de que tengan más votos no significa que no puedan hacer una política que también hayan propuesto otros Grupos Políticos. Eso es el rodillo que ustedes atacaban una y otra vez al Partido Socialista, y que cuando ya los ciudadanos que no compartíamos decíamos: "bueno, éstos lo que tienen es envidia de no tener ellos el rodillo", nos ha confirmado que así era, porque en cuanto lo han cogido, ¡hay que ver cómo funciona! Muchas gracias. Y va a ser a favor.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra don Ángel Gómez.


EL SEÑOR GÓMEZ GONZÁLEZ:

Muchas gracias, señor Presidente. La verdad es que de todo el proceso que ha acompañado históricamente al proceso administrativo de segregación de estos municipios, no ha sido el comportamiento más ejemplar el último utilizado por el Portavoz del Partido Popular referente a los resultados electorales. Eso sí que es confundir churras con merinas, pero es continuar con el proceso de confusión de churras con merinas que el Partido Popular ha tenido históricamente, desde que hace diez años o doce, aproximadamente, se inició este proceso de segregación.

Como el Partido Popular ha jugado, ciertamente, a la confusión en este campo, pues tenía que rematar la faena hoy con la confusión de unos datos electorales, que ni vienen a cuento ni reflejan en absoluto lo que el señor Portavoz del Partido Popular ha querido hacer ver que reflejaban. De ningún modo.

Los ciudadanos suelen pronunciarse como quieren, en el momento que les preguntan, a las cosas que se les pregunta, no a otras. Por tanto, esa conclusión me parece de todo punto... Pero, en fin, entramos en un tema más propio, en el que nosotros vamos a fijar nuestra posición, evidentemente.

Pero yo quiero previamente hacer algunas consideraciones que aquí han ocurrido. Primero, la conclusión que de todo esto se saque es una conclusión política de un acto político. El Partido Popular, el Portavoz dice que no ha habido nadie que haya defendido las segregaciones más que ellos. Yo hasta... casi casi diría que es verdad, sólo que añadiría: en algunas ocasiones. En otras, no ha habido nadie que se haya opuesto tanto a las segregaciones como el Partido Popular, y en otras, no ha habido nadie que haya callado tanto como el Partido Popular.

Es decir, el Partido Popular ha jugado en este campo todas las posiciones posiblemente jugables, posiblemente jugables; todas. Hasta es un tema que no ha tenido ningún empacho en utilizarle como trueque, como moneda de trueque, y hasta ha ofrecido una Alcaldía... perdón, ha ofrecido las segregaciones si ganaba una Alcaldía. Hasta ese punto ha llegado el Partido Popular. Y la Alcaldía de Cuéllar... si la Alcaldía de Cuéllar hubiera caído en manos del Partido Popular, con el apoyo de quienes buscaban la segregación de alguno de estos pueblos, el Partido Popular se comprometía a producir la segregación de estos pueblos.

Esto es sólo reflejo, por tanto, de un comportamiento en el que a la política se la toma, no como un arte para solucionar problemas, sino como una habilidad para crearlos, muchas veces, para crearlos muchas veces. Y es verdad que la política en manos del Partido Popular no soluciona problemas, al menos no soluciona éste; éste le incrementa.

El Partido Popular ha cerrado un acto -y le ha cerrado ya porque está cerrado-, la oportunidad o la conveniencia política de esta Proposición No de Ley, y está en el juicio del proponente, y yo nada tengo que decir al respecto; pero éste es un tema administrativamente cerrado, porque la Junta ya ha denegado las segregaciones, y la Junta ha rechazado un recurso de reposición que los propios ciudadanos han puesto; pero... por tanto, es un tema administrativamente cerrado que ha pasado al campo de los Tribunales, y que los Tribunales dirán, en su momento, lo que tengan que decir al respecto.

Pero, en todo el proceso hay una infinidad de contradicciones por parte del Partido Popular, contradicciones inmensas. Es verdad que lo que hoy rechazan y hoy van a votar que no, hace dos años proponían y votaron que sí, hace dos años. Hace dos años decían: lo que pedimos... -lo decía entonces el señor Procurador del Partido Popular, el señor Martín Sancho, en una PNL que trataban aquí en esta Junta-, lo que pedimos, Señorías, es lo siguiente: "Que las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León para que se proceda a la constitución en municipio, con carácter excepcional y único, de los pueblos de Jemenuño, Villoslada y Paradinas, etcétera, unos segregados de Santa María de Nieva". Es decir, lo mismo que hoy propone el señor Rad, ustedes lo votaron hace dos años, y hoy votan lo contrario. Su contradicción es manifiesta, su contradicción es manifiesta.

Pero hace menos de dos meses, la Junta de Castilla y León elaboraba un informe, que firma la Junta de Castilla y León, en el que dice... en el que dice cosas como ésta: "Debe tenerse en cuenta que como quiera que son motivos de conveniencia administrativa los que pueden amparar la alteración pretendida, la potestad de la Administración actuante no es de tipo reglado, sino que cuenta, a la hora de decidir, con las posibilidades resultantes de la llamada discrecionalidad política. De manera que puede apreciar todas las circunstancias concurrentes y optar por la solución que aparezca como más idónea...", etcétera, etcétera, ¿no?

Y como consecuencia de esto y otras más cosas que dice el informe, que sin duda conocen, proponen en su Propuesta de Resolución: "Sin perjuicio y a reserva de lo que pueda postular el dictamen del Consejo de Estado, aprobar la segregación de la Entidad Local Menor de Revenga -en este caso, pero vamos de cualquier otra pudiéramos nombrar de los ocho o nueve municipios- del municipio de Segovia para su constitución en municipio".

Esto se contradice, ciertamente, con el hecho de que, inmediatamente después, la Junta de Castilla y León a lo que propone decir sí, diga no. ¿En función de qué? De un... de un... -iba a decir teórico, pero no teórico-, de un real Informe del Consejo de Estado que, bueno, yo comparto en ese campo lo que aquí se ha expuesto al respecto. A mí me parece bastante... bastante poco sólido argumentativamente, los argumentos me parece que no... que no tienen ninguna... pero que sí que es demostrativo sobre todo del poco criterio de la Junta. Dado que no es vinculante y dado que la Junta está absolutamente convencida de la conveniencia de proceder a las segregaciones, no se entiende que porque el Consejo de Estado interprete que no en algo que no es vinculante, la Junta diga no; no se entiende. Ese... esa contradicción constante de la Junta en este tema, ese afán de no aclarar nada, de ponerse a la cabeza de la manifestación unas veces, de ponerse a la cabeza de la contramanifestación otras, y de permanecer indiferente otras, pues no soluciona el tema.

Pero hay más, hay más. La Junta resuelve, y resuelve de un modo concreto y determinado que todos sabemos: denegando. Pero, sin duda, le queda una mala conciencia; le queda una mala conciencia. Está convencido de que ha obrado mal, y tan mal tan mal que sólo diez días después de haber producido el acto administrativo denegatorio, el señor Consejero en Segovia dice públicamente que "tratará de llegar a la mejor solución posible con los municipios afectados", convencido de que la solución que ha tomado sólo hace diez días no es la mejor, convencido de que no es la mejor; si no, no se puede decir lo contrario. No se puede diez días después de haber afirmado y tomado una decisión, decir que se va a buscar la mejor solución posible. Es, por tanto, una mala conciencia la que se ha quedado ahí.

En fin, yo creo que este tema me preocupa, y me preocupa mucho como segoviano. Yo no sé si a todos... hoy aquí somos muchos segovianos los que estamos -veo- en esta Comisión. Me preocupa, sobre todo, porque -lo decía antes- el problema no se ha solucionado. A mí me gustaría que este problema se hubiera solucionado. ¿Con la denegación segregatoria? Pues con la denegación segregatoria, si el problema se hubiera solucionado; con la afirmación segregatoria, si el problema se hubiera solucionado. Lo que es cierto y real, señores Procuradores -y, por tanto, aquí tenemos un reto-, es que el problema en la provincia de Segovia sigue vivo y cada día más candente y con problemas de convivencia serios, que eso es real.

Y, además, para empezar a solucionar esto, yo creo que la Administración tiene que empezar por romper sus propias contradicciones, por anularlas, por anularlas; las contradicciones en el proceso administrativo que yo he dejado aquí reflejadas, pero las contradicciones en el proceso de asistencia a estos núcleos.

Les voy a poner dos ejemplos, dos ejemplos, para que comprendan que está el problema ahí, vivo. El municipio de Narros. El municipio de Narros está a cinco kilómetros del núcleo cabecera, de Samboal, y resulta que los servicios que la Administración le presta, como por ejemplo los de Sanidad o como por ejemplo los de Educación, les somete a la disparidad siguiente:

A Samboal, núcleo de cabecera, se los presta la Administración Autonómica desde el conjunto de Coca. Coca le proporciona el área de salud, Coca le proporciona el centro docente donde van a estudiar sus alumnos. Al núcleo de Narros, al pueblo de Narros, que es del mismo municipio, se los presta desde Cuéllar, y los educativos también desde Cuéllar. Esto hace que ni siquiera en el caso de que hubiera buena intencionalidad por parte de los ciudadanos de provocar una convivencia, un entendimiento y lo que es una relación humana y social que llegue a constituir espíritu municipal, pues, también lo impide, porque es que no tienen absolutamente nada en común; eso es objetivamente cierto. Luego, políticamente, ¿es conveniente que estén juntos o separados? Eso es otra cuestión. Objetivamente cierto es que no tienen nada en común, y objetivamente cierto es que la Administración no pone nada encima de la mesa para facilitar esa puesta en común.

En el caso de Chañe... de Chatún, perdón, en el caso de Chatún. Resulta que para Chatún llegar al pueblo al que pertenece, a Cuéllar, tiene que cruzar a través de dos términos municipales diferentes, tiene que pasar por Gomezserracín, que es un pueblo, y tiene que pasar por Sanchonuño, que es un pueblo, que son municipios. Es decir, es una cosa así como Treviño en Castilla y León, ¿no?, una cosa puesta ahí, pero... pero que no... no tiene con... me refiero geográficamente: desde el punto de vista geográfico hay un aislamiento, está fuera de lo que es el término municipal. En fin, este tipo de contradicciones, señores Diputados... señores Procuradores, si ustedes creen que ciertamente es mejor la no segregación -y ése es un tema que podríamos plantearnos en otra cuestión-, tienen que empezar porque la Junta asuma que estas malas realidades que se dan tienen que encontrar una solución, y tienen que proporcionársela... tienen que proporcionársela ustedes.

Por tanto, dado que este tema es un tema que está fuera de la vía administrativa, nosotros no nos vamos a pronunciar hoy y nos vamos a abstener en esta... en esta Comisión, porque son los Tribunales quien, a partir de ahora, tienen que decir lo que digan, ante los recursos que ante ellos han iniciado los representantes de estos... de estos municipios.

Y lo que sí que pido y reclamo de la Junta es, sobre todo, aportación de soluciones cuando hay problemas y no la... el taponamiento para que los problemas por sí mismo se vayan pudriendo, porque... porque eso no es solución.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para cerrar el debate, tiene la palabra el señor Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Gracias, señor Presidente. En primer lugar, agradecer a la Procuradora de la Unión del Pueblo Leonés su apoyo. Lamento que el Grupo Socialista no vote a favor de esa Proposición de Ley. Yo entiendo sus razones, que son razones jurídicas, pero yo entiendo también que aquí hay... tiene que haber un pronunciamiento político claro e indudable. Y entonces, el pronunciamiento político es lo que yo intento; es decir, que, de alguna manera, desde estas Cortes de Castilla y León se inste a una determinada actuación, por encima de esa vía jurídica administrativa o contencioso-administrativa que, desde luego, va a ser tomada o ya está en estos momentos tomada.

También al Portavoz del Partido Popular... ¡hombre!, le he valorado enormemente la primera de sus intervenciones, porque es una intervención de razones. La segunda de las intervenciones, hombre, yo, si nos ponemos a hablar sin razones, pues también; como todo está ya realizado, pues le voy a aclarar unas cuantas sinrazones que ha dicho:

La campaña de Tierra Comunera en Segovia ha sido muy triste, como... la misma que en Zamora, a lo mejor, o la misma que en Salamanca. Es decir, este Procurador, porque me lo mandó el Partido, pues dio una serie de ruedas de prensa allí, pues, exponiendo, fundamentalmente, lo que es Tierra Comunera y el programa político. En ningún momento, en ningún momento me he pronunciado yo en la campaña electoral en favor de las segregaciones, ¿eh?, ni he pedido el voto a los pueblos de las segregaciones; ni siquiera he aparecido por los pueblos de las segregaciones en campaña electoral en ningún momento.

Los candidatos de Tierra Comunera en Segovia eran personas del partido en Segovia, ni por... ni remotamente eran ciudadanos de ningún municipio segregado, pero ni los suplentes, ¿eh?, porque eso también ha aparecido en prensa. Yo, los pronunciamientos que hayan hecho los ciudadanos o los Alcaldes de esa zona, desde luego, no han sido pronunciamientos míos; lo han decidido ellos y antes, incluso, de hablar conmigo. ¡Ojo!, antes incluso de hablar conmigo. He intentado ser escrupuloso en este tema, porque... no por nada especial, estoy... o Tierra Comunera está con todos sus derechos de hacer la política que quiera; pero he intentado ser escrupuloso y en la campaña electoral, desde luego, no he mezclado este tema. Primero, porque no hemos hecho campaña electoral en Segovia -hay que decirlo así-; y en segundo lugar, mi compromiso era traer este tema a las Cortes, y ése es el compromiso que yo he adquirido con esas personas y aquí estoy cumpliéndole, ¿eh?

También me ha llamado la prensa de si iba a retirar la Proposición No de Ley en función de los cuatro votos que he tenido ..... ¿Por qué? Yo estoy convencido de este tema, yo cuando hablé con ellos les dije que ésta era la filosofía de trabajo de Tierra Comunera, que nosotros defendemos esos pequeños municipios, y que íbamos a hacer lo que estuviera en nuestra mano por hacerlo. Y ésa es un poco la razón. Y, desde luego, yo estoy convencido de que un Ayuntamiento administrado como entidad propia está mejor administrado que como junta... entidad... Junta Menor Local... Entidad Menor Local, es el término correcto. Estoy convencido, por mucho que en su Ayuntamiento funcione así.

Le voy a dar dos ejemplos. A mí hay gente que se me está quejando ahora de los parques eólicos, que es un tema que he traído yo aquí por activa y por pasiva, porque determinados Ayuntamientos están colocando parques eólicos en las pedanías, en contra de la voluntad de las pedanías, es un ejemplo.

Otro ejemplo que le traigo aquí es el Ayuntamiento de Abajas que es un término candente en Burgos; el Ayuntamiento de Abajas, porque es Ayuntamiento propio, se ha negado a que le fuera colocado un vertedero en su término municipal. Con sus razones, pero, desde luego, lo que no han conseguido es colocarles un vertedero en contra de su voluntad; cosa que yo estoy convencido de que si fueran Entidad Local Menor tendrían hoy el vertedero como Dios manda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Rad. Concluido el debate, vamos a someter a votación la Proposición No de Ley. ¿Votos a favor de la Proposición No de Ley? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?

El resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: diecisiete. Votos a favor de la Proposición No de Ley: uno. Votos en contra: diez. Abstenciones: seis. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida. Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

(Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos.)


DS(C) nº 107/5 del 11/5/2000

CVE="DSCOM-05-000107"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
V Legislatura
Comisión de Presidencia
DS(C) nº 107/5 del 11/5/2000
CVE: DSCOM-05-000107

DS(C) nº 107/5 del 11/5/2000. Comisión de Presidencia
Sesión Celebrada el día 11 de mayo de 2000, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: José Carlos Monsalve Rodríguez
Pags. 2549-2572

ORDEN DEL DÍA:

1. Proposición No de Ley, P.N.L. 158-I, presentada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a exención de tasas de examen a demandantes de empleo con determinados requisitos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Núm. 37, de 2 de febrero de 2000.

2. Proposición No de Ley, P.N.L. 159-I, presentada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a distribución de informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica a los grupos políticos de las Cortes de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Núm. 37, de 2 de febrero de 2000.

3. Proposición No de Ley, P.N.L. 225-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a reglamentación del personal sanitario de Atención Primaria, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Núm. 45, de 1 de marzo de 2000.

4. Proposición No de Ley, P.N.L. 240-I, presentada por el Procurador D. Juan Carlos Rad Moradillo, relativa a constitución en municipios de pueblos pertenecientes a Cuéllar, Samboal y Segovia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Núm. 51, de 22 de marzo de 2000.

SUMARIO:

 **  Se inicia la sesión a las diez horas quince minutos.

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, abre la sesión, y comunica a la Comisión las sustituciones que se han producido.

 **  Primer punto del Orden del Día. PNL 158-I.

 **  La Secretaria, Sra. Pérez Martínez, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista), para presentar la Proposición No de Ley.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vázquez Requero (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vázquez Requero (Grupo Popular).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Fernández González (Grupo Mixto).

 **  Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

 **  Segundo punto del Orden del Día. PNL 159-I.

 **  La Secretaria, Sra. Pérez Martínez, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista), para presentar la Proposición No de Ley.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vázquez Requero (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vázquez Requero (Grupo Popular).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Fernández González (Grupo Mixto).

 **  Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

 **  Tercer punto del Orden del Día. PNL 225-I.

 **  La Secretaria, Sra. Pérez Martínez, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 **  Intervención de la Procuradora Sra. Fernández Marassa (Grupo Socialista), para presentar la Proposición No de Ley.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Antona del Val (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Fernández Marassa (Grupo Socialista).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Antona del Val (Grupo Popular).

 **  Intervención de la Procuradora Sra. Fernández Marassa (Grupo Socialista).

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

 **  Cuarto punto del Orden del Día. PNL 240-I.

 **  La Secretaria, Sra. Pérez Martínez, da lectura al cuarto punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Rad Moradillo (Grupo Mixto), para presentar la Proposición No de Ley.

 **  Intervención del Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, para hacer una aclaración.

 **  Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista).

 **  Intervención del Procurador Sr. Rad Moradillo (Grupo Mixto), para presentar la Proposición No de Ley.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Sanz Vitorio (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Rad Moradillo (Grupo Mixto).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Sanz Vitorio (Grupo Popular).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Fernández González (Grupo Mixto).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Gómez González (Grupo Socialista).

 **  Intervención del Procurador Sr. Rad Moradillo (Grupo Socialista).

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

 **  El Presidente, Sr. Monsalve Rodríguez, levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos.

TEXTO:

(Se inicia la sesión a las diez horas quince minutos.)


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Buenos días, señoras y señores Procuradores, se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario tiene que comunicar a esta Presidencia alguna sustitución? Silencio, Señorías. Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Sí, señor Presidente. Doña Pilar San Segundo sustituye a don Fernando de Arvizu.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, señor Benito.


EL SEÑOR BENITO MUÑOZ:

Sí, señor Presidente. Don Ángel Gómez sustituye a don José Francisco Martín.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Entramos en el primer punto del Orden del Día que dará lectura el Secretario de la Comisión.


LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ):

Sí. Primer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 158, presentada por el Procurador don Jorge Félix Alonso, relativa a exención de tasas de examen a demandantes de empleo con determinados requisitos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes, número 37, del dos de febrero del año dos mil".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para la presentación de la Proposición No de Ley tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Muchas gracias, señor Presidente. Esta Proposición No de Ley, simplemente lo que pretende es que al igual que en la legislación del Estado ya existe la exención de tasas para las oposiciones que son convocadas... los concursos que son convocados por el Estado español, existe la exención de tasas para las personas que tienen una situación económica precaria, pues, que eso se aplique también en Castilla y León.

Lo que planteamos es que en Castilla y León, con ser una de las Comunidades Autónomas con una tasa de actividad por debajo de la de España, en torno a los tres puntos, en cambio, supera al Estado español en tasa de paro registrado. No obstante, la tasa de cobertura de desempleo en Castilla y León está alrededor de diez puntos por debajo de la del conjunto del Estado.

En el Estado español, la Ley 50/1998, de treinta y uno de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que modifica el Artículo 18 de la Ley 66/1997, de treinta de diciembre, determina que "quedan exentas del pago de tasas por derechos de examen las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo al menos de un mes anterior a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas y acceso a cuerpos y escalas de funcionarios o las categorías de personal laboral convocadas por la Administración Pública estatal en la que se solicita su participación, teniendo que cumplir los siguientes requisitos para el disfrute de la exención, que en el plazo de que se trate no hubiera rechazado una oferta de empleo adecuado, ni se hubiera negado a participar, salvo casos justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y que asimismo carezca de rentas superiores en cómputo anual al salario mínimo interprofesional".

O sea, en definitiva, lo que se propone, pues, es que las personas que reúnan esas circunstancias, que estén paradas, que no han rechazado ofertas de empleo en ese mes, como mínimo, que se pide para estar inscrito en el paro antes de poder echar la solicitud, tanto para funcionarios como para laborales, pues, queden exentos del pago de las tasas. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Francisco Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Gracias, señor Presidente. Para abordar esta materia, lo primero que tenemos que hacer es ver cómo está la regulación actual sobre la materia a que se refiere la Proposición No de Ley, la situación actual, y la modificación que se pretende y las consecuencias que traería esta modificación.

Por lo tanto, y como ha dicho... ha empezado diciendo el Proponente y pone en la propia Proposición No de Ley, hay una regulación estatal sobre la materia y una regulación autonómica que es distinta a la forma en que lo regula el Estado, al no ser estas cuestiones de tasas ni, concretamente, en lo que atañe a la función pública, los procesos selectivos materia básica.

En la regulación estatal parte de la Ley 8/89, de la Ley de Tasas y Precios Públicos, que, lógicamente, se ve modificada cada año por las modificaciones presupuestarias que, por una parte, actualizan las tarifas y, por otra, modifican estas tasas y precios públicos a través de la Ley de medidas que acompaña a los Presupuestos Generales del Estado cada año. Y así, como bien ha dicho el proponente, había... hay en las tres sucesivas leyes de medidas de los tres últimos años, la Ley del noventa y siete, noventa y ocho y noventa y nueve, hay modificaciones de estas cuestiones relativas a las tasas, concretamente a las tasas para exención de derechos de exámenes. En la Ley 66/97, la Ley de Medidas del año noventa y siete, en su Artículo 18, como bien sabe, se propuso una exención de las personas con una discapacidad igual o superior al 33%. Luego en el año noventa y ocho, a través de la Ley 50/98, Artículo 17, de esta Ley de Medidas, se incrementó esa exención a los demandantes de empleo con las características que propone el Grupo Socialista y que están reflejadas en los antecedentes de la Proposición No de Ley. Y también hay que hacer notar que, aunque no lo pone en la propia Proposición No de Ley, que también estas exenciones se han ampliado en la Ley de Medidas del año noventa y nueve, la Ley 55 del año noventa y nueve, con otras connotaciones distintas, ya que lo que se hace es que se pide la exención para las pruebas de acceso a los cuerpos militares profesionales.

La regulación autonómica es totalmente distinta. Si bien la Ley de Tasas y Precios Públicos de 7/89, de la Ley de la Comunidad Autónoma, se fija también en estas cuestiones, ha sido la Ley de Medidas aprobada recientemente por las Cortes de Castilla y León, la Ley 6/99, la que ha determinado las exenciones para este tipo de pruebas selectivas en la Administración Autonómica. Así, como bien sabe el Proponente, existe ya una exención de estas tasas para las personas con discapacidad igual o superior al 33% -discapacidad reconocida, por supuesto-, y que es una exención del 100% del total de esas tasas. También existe una exención del 100% del total de esas tasas para otro tipo de personal que no están incluidos en las relaciones y en las regulaciones que hace la Administración del Estado, como es el personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que esté incurso en procesos de reordenación de la Función Pública, todo el tema que sabemos que... de funcionarizaciones, laboralizaciones que se están llevando a cabo en la Administración Autonómica. Y también hay otro tipo de exención que son de... hay una exención del 50% del valor de las tasas para los participantes, o sea, para los funcionarios o el personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma que participen en procesos de promoción interna a través de... a raíz de la aprobación de esa Ley de Medidas de este propio año.

Por lo tanto, la regulación autonómica y la regulación estatal es distinta, y la actualización autonómica se ha producido por una orden de... una escasa semana después de presentar usted la Proposición No de Ley, puesto que la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda es de diecisiete de enero del dos mil, donde se ha producido la actualización de estas tasas. Por lo tanto, la situación actual, aquí reseñada brevemente a través de la cuestión legislativa, tiene dos cuestiones fundamentales a nuestro juicio.

Primero, lo que usted pide, que es una discriminación positiva con respecto a determinados colectivos para la exención de este tipo de tasas y para acceso a las pruebas selectivas de la Administración de la Comunidad Autónoma, que ya se produce; en la Administración de la Comunidad Autónoma ya se da esta discriminación positiva, ya se exige y existe para determinados examinandos, como son los tres ejemplos que hemos puesto, que son, por supuesto, distintos de los del Estado.

Pero esta discriminación positiva también tiene que tener, lógicamente, una limitación. Esta limitación está... bueno, está concretada por la experiencia. Otras... en anteriores procesos selectivos otros años, hace seis, siete años, se produjeron algunas pruebas selectivas en las que no se requería ningún tipo de tasa para efectuar esas pruebas, y lo que se produjo fue un efecto llamada; es decir, como era gratis, pues se multiplicaron hasta por cuatro las personas que normalmente se presentaban a este tipo de pruebas selectivas, con lo cual, bueno, pues el efecto llamada lo que hacía era duplicar los costes o cuadruplicar, en algunos casos, los costes de estas pruebas selectivas, puesto que no olvidemos que, según el concepto de tasa del Artículo 7 de nuestra Ley, es para pagar los costes efectivos de la realización de estas pruebas, pero que, lógicamente, no llegan a pagar los costes efectivos, sino que, solamente, es para ayudar al proceso selectivo.

Bien, pues este efecto llamada no es... lo que quiere la Administración de Castilla y León es que no se siga produciendo y, por lo tanto, se mantienen unas tasas generales, si bien determinados colectivos -como ya he dicho, los tres anteriores- están excluidos. Pero es que, además, hay otra cuestión que, a la hora de rechazar esta Proposición No de Ley, este Grupo se ha planteado y es la cuestión de que de la cantidad de estas tasas, es decir, de lo que percibe la Administración de la Comunidad Autónoma por la realización de estos exámenes, y al hacer un cuadro comparativo y al dar los datos del año noventa y ocho, vemos que en la Administración de la Comunidad Autónoma es inferior, casi al 100%, del resto de las tasas, no sólo del Estado, sino de las Comunidades Autónomas. Así cuando en el Estado y la Comunidad... y casi el resto de las Comunidades Autónomas la tasa media mínima para este tipo de pruebas es de 1.500 pesetas, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la mínima está en 750 pesetas, la tasa mínima para presentarse a este tipo de exámenes.

Por lo tanto, la segunda cuestión que nos interesa... que nos interesa destacar, aparte de la ya discriminación positiva existente en esta materia en la Comunidad Autónoma, es la baja cantidad de las tasas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en relación con el Estado, con las que se cobran en el Estado para todos los colectivos, y en relación con la media de todas las Comunidades Autónomas de España.

Y lo que... como le digo, los datos del noventa y ocho muestran que la tarifa establecida en Castilla y León es, en cualquier caso, para cualquier tipo de tasas, inferior a la exigida en la media nacional. Ya digo que si la mínima en la media nacional y media de las Comunidades Autónomas está en 1.613 pesetas haciendo una media de todas, en Castilla y León está en 750 pesetas. Y la máxima en el Estado y en otras Comunidades Autónomas llega hasta 4.716 pesetas de estas tasas.

Por lo tanto, nosotros creemos que ya existe una discriminación positiva favorable a algunos colectivos que se está aplicando y que no produce el efecto llamada que se produciría si se quitan todo tipo de tasas para estos exámenes -como ya digo, hasta cuadruplicar algunas veces las mismas pruebas-, cobrándose o no cobrándose una mínima tasa, como puede ser la de 750 pesetas; y, por otro lado, que las cantidades, como digo, ya son bajas por parte de la Comunidad Autónoma. Y, por lo tanto, esto es lo que nos lleva a nuestro Grupo Parlamentario a rechazar esta Proposición No de Ley. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Vázquez. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Muchas gracias, señor Presidente. Pero yo creo que usted ha trabajado la legislación; me parece bien. Pero, al final, no sé qué tiene que ver el que trabaje la legislación con la negativa a la Proposición. Yo entiendo que, al final, esto es un problema de voluntades. Usted me dice que se eximen las tasas a los parados que no tengan un determinado nivel de ingresos. Quiere decir que esto no es con carácter general, es que sean parados que tengan ingresos en la unidad familiar inferiores al salario mínimo interprofesional, que tienen que estar inscritos en el paro, y que no hayan rechazado ofertas de empleo.

Y me dice que cuando se eximen las tasas, se multiplica el número de peticiones o el número de solicitudes a las convocatorias públicas. Hombre, eso se contradice con lo que ustedes repiten constantemente, que aquí está bajando el paro, que no tenemos problemas de desempleo, que... O sea, si realmente no hay esos problemas, no tiene que asustarnos el que se exima la tasa por ese colectivo.

La realidad es que el paro en Castilla y León es un paro sin cobertura, y entonces está más justificado que se tomen ese tipo de medidas. Porque, al final, ¿en qué se reduce todo su argumento? En que la Junta de Castilla y León, el Gobierno Regional quiere recaudar a cuenta de aquellos que tienen menos posibilidades de pagar, porque es lo que estamos aquí discutiendo, que un colectivo, un colectivo no pague las tasas para acceder a los exámenes. Ése es el tema de fondo.

Y, además, entiendo que en este caso yo pensé que la iban a aprobar, porque entiendo que si el Estado ya lo hace, con carácter general, para las plazas que dependen del Estado, pues yo no entiendo por qué en Castilla y León, o sea, los parados de Castilla y León, si se presentan a una oposición del Estado -que ya cada vez son menos porque las transferencias cada vez están... vamos dando más competencias a las Comunidades Autónomas-, si un parado de Castilla y León se presenta a una oposición del Estado, no paga las tasas... un parado con esos requisitos. Y si se presenta a una oposición de la Junta de Castilla y León, sí tiene que pagar las tasas. Yo creo que no es razonable.

Y, desde luego, hace referencia a que ya en la Ley actual de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas ya hay tres colectivos exentos. Claro, los tres colectivos exentos. El de los minusválidos es correcto, es correcto porque está también a nivel del Estado. Pero, bueno, los otros dos colectivos a los que usted se refiere son para promociones internas de funcionarios, etcétera, etcétera, o sea, para ya personas que ocupan puestos en la Administración. Que yo no sé si son más necesitados esas personas que los propios desempleados sin recursos económicos. Y yo creo que ése es el tema de fondo.

O sea, yo creo que está más justificado que se exima de pagar las tasas a los parados sin recursos económicos que a los propios funcionarios, porque, al fin y al cabo, eso será una cuestión de negociación colectiva, que me parece bien. Pero, en definitiva, yo entiendo que el Gobierno Regional tiene que hacer medidas pensando en el conjunto de la Comunidad, no sólo en sus trabajadores, que entiendo que eso, con la negociación colectiva, bueno, pues harán concesiones y demás. Pero no me lo puede plantear como que es que ya hay colectivos que están beneficiados del tema. Entonces, creo que procede totalmente la propuesta que estamos realizando. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno de dúplica, tiene la palabra don Francisco Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, me alegro que reconozca que, por lo menos, el Gobierno lo hace bien en el sentido de no cobrar tasas o cobrar sólo el 50% de las mismas a los propios empleados de la Administración, y que esto no existe en otras Administraciones, o, por lo menos, yo no lo tengo comprobado en lo que se refiere a la Administración del Estado.

Pero lo que sí que le quiero decir son dos cuestiones fundamentales. Primera, que si se aprueba la Proposición No de Ley que dice usted, se tendría que producir un incremento de las tasas actuales, porque he dicho que son la mitad que las del Estado. Y por otro lado, que no se puede producir a través de una simple norma que apruebe la Junta de Castilla y León, es decir, una disposición de rango inferior a la Ley, porque ya le he dicho que está contenida en la Ley de Medidas y cualquier modificación tiene que hacerse a través de la Ley de Medidas. Yo aquí no me acuerdo si ustedes plantearon en el debate de Presupuestos -por lo tanto no lo voy a decir- que se incluyeran dentro de la Ley de Medidas, como estaban incluidas las medidas que hizo la Junta de Castilla y León, para la exención de estos tres tipos de tasas, que se incluyeran también los parados de larga duración. No me acuerdo. Pero lo miraré en el Diario de Sesiones, a ver si usted ya, en su momento, propuso eso, que era el momento procesal oportuno de proponerlo, cuando se tramita una Ley de Medidas sobre esta materia.

Pero lo que sí que le quiero decir, que no le he dicho antes, es que -y, claro, usted tampoco ha hecho mención a ello- esta... la parte dispositiva de la Proposición No de Ley suya tiene una trampa. No es igual que la del Estado. Es distinta. Ustedes, la carga de la prueba en la... -por así decirlo- en términos legales, que es toda la cuestión relativa a los certificados que tiene que presentar el INEM, a los certificados que tienen que presentar de Hacienda, y a las demás cuestiones, en el Estado lo tiene que presentar el propio interesado. Y la trampa que se produce en la Proposición No de Ley suya, en el último párrafo, es que, según esto, según viene aquí reflejado, lo tiene que hacer la Junta de Castilla y León. Es decir, pedir, recabar de todos los organismos, no de la Junta, sino estatales, todas las cuestiones relativas al desempleo: si cobra, si no cobra, si tiene salario mínimo interprofesional, las cuestiones relativas a la declaración de Hacienda. O sea, una vez que la Junta de Castilla y León recibe todas las solicitudes, se tiene que poner a pedir a otros organismos a ver si esas personas cumplen un requisito que ustedes quieren introducir. Lo pone claramente: "la Junta de Castilla y León articulará los mecanismos necesarios, a fin de comprobar el cumplimiento de los requisitos antes señalados".

Es decir, que tiene que ser la propia Junta la que se ponga a investigar, para cada examinando, que cumple los requisitos que tiene la convocatoria. Esto no lo ponía en la legislación estatal, esto lo han introducido ustedes. Y por lo tanto, como digo, es otra razón más -y lo he llamado así, pues, permítame la expresión-, una trampa de la propia Proposición No de Ley, para que no se pueda aprobar esta Proposición No de Ley en los términos en que viene.

Entonces, como ya le digo y para ir terminando, lo que hay que tener bien claro es que, en primer lugar, si se aprueba esta Proposición No de Ley, se tendría que producir un incremento de las tasas actuales de la Comunidad Autónoma, por lo menos para equipararlas a la media nacional. Segundo, hay que tener bien claro que -como ya digo- en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, las tasas... las medias de las tasas mínimas, y hasta máximas, son más bajas que en el resto de las Comunidades Autónomas, y, por lo tanto -como digo-, para favorecer a determinados colectivos se tendrían que ampliar y que subir esas tasas.

Y yo creo que no es despreciable lo que le he dicho, en el sentido de que... porque es una razón que ya se ha aprobado. En la práctica, es que se produciría un aumento de los examinandos en las convocatorias, como ya se ha producido otras veces y ya se ha comprobado, cuando hay determinadas pruebas que se realizan sin coste. Es decir, el coste es solamente, pues, para que una persona pueda, bueno, pues presentar la documentación, pero que no se le exige... es que estamos hablando de 750 pesetas, de 1.000 pesetas para una oposición, bueno, pues que se sobreentiende que la persona la lleva preparando cierto tiempo y que no creo que sea gravoso en ningún momento.

Y ya digo que la cuestión esta de que todas las gestiones necesarias recaigan sobre la Junta, a diferencia de lo del Estado, pues ya me parece que descarta totalmente esta Proposición No de Ley. Aparte de la dilación que se produciría en los períodos de las pruebas selectivas, y que luego, lógicamente, ustedes echarían la culpa de esta dilación de estos períodos de estas pruebas a la propia Administración. Y que tampoco hay que olvidar que para aprobar esta Proposición No de Ley se tendría que modificar una Ley, y no se puede modificar una Ley por los procedimientos administrativos a los que ustedes aluden en esta Proposición. Por lo tanto, este Grupo Parlamentario va a votar en contra. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Vázquez. Entramos en un turno de fijación de posiciones. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Mixto, doña Daniela Fernández tiene la palabra.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ:

Gracias, señor Presidente. Pues nuestra postura va a ser a favor, porque entendemos que es un colectivo más necesitado el parado que el funcionario ya, que muy legítimamente, muy elogiablemente, quiere ascender en puesto, en escala, etcétera, etcétera, pero que está en mejores condiciones de hacer un pago, aunque sea de 750 o aunque sea de 2.000 pesetas; sin embargo, no es así el parado. Y el que se dé que cuando es gratis vaya mucha más gente, pues mire, si cumple los requisitos, también es un síntoma de que hay muchos más parados de lo que ustedes creen. Porque, desde luego, si no, no subiría el número de aspirantes sólo por el hecho de no pagar, siempre que, claro, para no pagar cumplan los requisitos que establece la Proposición No de Ley.

Y que, por otra parte, si el Estado Central lo tiene así estipulado, creemos que no es positivo que una Ley autonómica sea más agraviante que una Ley estatal. Creo que las autonomías se han creado para beneficio del administrado y no todo lo contrario. Sí es verdad que es una cantidad mínima, pero quizás para una parado no es tan mínima. Sin embargo, para un funcionario, aunque sea de la escala E y quiera ascender a la siguiente, ¡pues hombre!, hasta 4.000 pesetas puede ser barato. O sea, todo es muy relativo.

Y en cuanto a modificación de leyes, creo que para eso estamos; no vamos a tener siempre las mismas. Bien, bueno. Yo voy a votar a favor. Lo siento, pero voy a votar a favor. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señora Fernández. Para cerrar el debate, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Sí, hombre. Yo entiendo, señor Vázquez, que usted tiene que buscar argumentos por todos los sitios, pero la realidad es que... Primero, esa cláusula a la que hace referencia usted que pone ahí al final, eso se ha puesto ahí con la mejor intención. Quiero decir que no se pretende... porque de ahí no se deduce que sea la Junta la que tiene que comprobarlo; simplemente se dice que la Junta regule los mecanismos que sean. Los mecanismos pueden ser que el propio solicitante, vamos, el propio aspirante a ser examinado lo acredite. Quiero decir, que esos pueden ser los requisitos.

O sea, es decir, yo creo que ése no puede ser el argumento, porque no pretende, no tiene tal fin. Lo que ocurre es que, bueno, a nivel del Estado hay una forma de regularlo, y yo no sé si a nivel de la Comunidad es el más adecuado. Por eso se dejaba esa puerta abierta. Es más, si ésa fuera la causa, yo estoy dispuesto a retirar ese párrafo, ¿no?

O sea, yo creo que el fondo de la cuestión es si los parados sin ingresos tienen que pagar por examinarse a las oposiciones de la Junta, tanto a funcionarios o laborales, o si se exime de esa obligación, de esa posibilidad, como existe a nivel del Estado. Yo no creo que la recaudación de la Junta se resienta tanto por eximir a ese colectivo de pagar esas tasas. Es decir, yo creo que dentro del presupuesto de la Comunidad esa cantidad es una cantidad insignificante y, en consecuencia, creo que tiene pleno sentido la Proposición No de Ley. Y, en cualquier caso, si ustedes insisten en rechazarla, estudiaremos la posibilidad de presentar una Enmienda a la Ley que actualmente está en vigor. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Concluido el debate, vamos a someter a votación la Proposición No de Ley debatida. ¿Votos a favor de la misma? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?

El resultado de la votación es el siguiente. Votos a favor de la Proposición No de Ley: siete. Votos en contra: diez. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

Entramos en el segundo punto del Orden del Día, al que da lectura la Secretaria de la Comisión.


LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ):

Sí. Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 159, presentada por el Procurador don Jorge Félix Alonso Díez, relativa a distribución de informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica a los Grupos Políticos de las Cortes de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 37, del dos de febrero de dos mil".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Bueno, con esta Proposición, simplemente lo que se pretende es que los Grupos Políticos que estamos en esta Cámara tengamos la misma información que tienen los agentes sociales que participan en las Comisiones de Participación de la Administración Regional. Es decir, la Administración Regional tiene diversas comisiones con sindicatos, con empresarios, con asociaciones de consumidores, o sea, con agentes sociales -cosa que estamos de acuerdo y que además valoramos de forma muy positiva-, pero a esos agentes sociales se les da una información, y esa información no se nos facilita a los Grupos Políticos, a no ser que tengamos que cubrir todo el trámite parlamentario.

Sencillamente, lo que se pretende con la Proposición es que la misma información y en el mismo momento en que la reciben los agentes sociales, pues la podamos tener los demás, para no enterarnos por la prensa de las cosas.

Entonces, en los antecedentes que se proponen en el texto dice que la Junta de Castilla y León, a través de las Consejerías, de sus Consejerías, tiene formadas Comisiones y Consejos de participación institucional, formados por responsables políticos del Gobierno Autonómico y técnicos de las diversas Consejerías, y por los agentes sociales y económicos de los diversos ámbitos sectoriales.

Es en la Consejería de Industria, Comercio y Turismo donde se concentra el mayor número de éstas, entre otras: la Comisión Regional de Precios, la Comisión Regional de Empleo y Formación, la Ponencia de Empresas de Trabajo Temporal, el Consejo Castellano-Leonés de Consumidores o la Ponencia de Trabajo y Seguimiento de la Gestión del Servicio Regional de Colocación.

No obstante, existen órganos asesores consultivos o de participación en la mayoría de Consejerías: la Consejería de Sanidad y Bienestar Social posee el Consejo Regional de Acción Social y el Consejo Asesor de la Prevención y Asistencia a Drogodependientes; la Consejería de Presidencia, el Consejo de Función Pública; la Consejería de Medio Ambiente, el Consejo del Medio Ambiente; la Consejería de Agricultura y Ganadería, el Consejo Asesor Agrícola y Ganadero. En esta relación de órganos de participación, también es necesario incluir los consejos asesores de las Agencias de Desarrollo y el Ente Regional de la Energía.

Las anteriores citas no son más que una referencia, que no pretende ser exhaustiva, si bien la relación de órganos de participación institucional se ha vuelto a ampliar de forma reciente con el Consejo Escolar de Castilla y León... bueno, de cuando se hizo la Proposición, porque de forma reciente también se ha hecho el Consejo de Formación Profesional.

En estos órganos, la Junta de Castilla y León presenta informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica relativos a las materias y competencias propias de éstos. Normalmente, estos informes y estudios son presentados a los agentes sociales y económicos al tiempo que a los medios de comunicación; no así a los Grupos Políticos que componemos las Cortes de Castilla y León.

Por lo expuesto, se formula la siguiente Propuesta de Resolución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que distribuya a los Grupos Políticos que componen las Cortes de Castilla y León los informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica al mismo tiempo que se les facilita a los agentes económicos y sociales que componen los órganos asesores, consultivos y/o de participación, creados para materias específicas de cada una de las Consejerías". Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Francisco Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Sí, gracias, señor Presidente, para oponerse por parte de este Grupo Parlamentario a la Proposición No de Ley 159, porque no creemos que cumpla el fin que usted ha dicho. Dice que es para que tengan la misma información que tienen los grupos citados en la propia Proposición No de Ley. Yo es que creo que los Grupos Parlamentarios ya tienen la misma información que los demás órganos, y, si no, usted mismo lo ha dicho. Por lo tanto, a este Grupo Parlamentario le causa cierta sorpresa que, lógicamente, el Ejecutivo gobierna para toda la sociedad y no sólo para los políticos, y, por lo tanto, en determinados foros se contienen determinados informes y estudios que se van elaborando sobre esta materia. Pero lo que interesa recalcar y dejar bien claro es que los informes ya son públicos, que ya se hacen públicos en su momento los estudios que elabora la Administración, y que, por lo tanto, la información ya la tienen los Grupos Parlamentarios.

Por lo tanto, la documentación que existe en la propia Administración Pública ya está a disposición de los Grupos Parlamentarios con todo tipo de transparencia y de claridad, y como usted -como digo- ha dicho, porque la solución la ha dado usted mismo en su intervención ya: a través del Artículo 7 del Reglamento, los Grupos -que se hace reiteradamente- pueden pedir la documentación que estimen oportuno. Está a discreción y a disposición de todos los Grupos, a iniciativa de los Grupos -lógicamente-, por el interés que tengan, y que, por lo tanto, los estudios y los informes de la Administración los tienen los Grupos Parlamentarios.

Lógicamente, por lo tanto, el fin para el que se presenta esta Proposición No de Ley -como digo- está cumplido, que es tener la misma información que tienen los agentes representados en estos... en estos organismos.

Y, por lo tanto, nosotros no vemos la necesidad de que se vayan incluyendo de una forma, bueno, pues reiterada cuestiones que, a lo mejor, ni interesan a los propios Grupos Parlamentarios, porque cuando les interesa ya lo piden, la propia documentación.

Y, por lo tanto, nosotros nos vamos a oponer a esta Proposición No de Ley. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Vázquez. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Mire, señor Vázquez, la información no sólo tiene importancia por su contenido, sino por el tiempo en el que se accede a ella. Es decir, es tan importante acceder pronto a esa información como a la propia información.

Yo creo, vamos, que estos días, o no hace muchas fechas, nos enterábamos de cuál había sido la implicación de la CIA en el golpe de estado de Chile. Es decir, claro, que te lo cuenten treinta años después, pues bueno, es algo como que pasó en la época de los romanos. Es decir, realmente, si eso se hubiera sabido en el año setenta y tres, que es cuando surgió el problema, a lo mejor, pues, la reacción mundial hubiera sido de forma diferente, ¿no?

Entonces, salvando las distancias, pero, a título de ejemplo, es una situación parecida... Quiero decir, primero nos enteramos por los medios de comunicación cuando se dan las informaciones por los medios de comunicación, porque, realmente, nosotros no tenemos la posibilidad de saber todo lo que se trata en esos órganos, porque tampoco es ésa la pretensión. Entonces, cuando vemos en los medios de comunicación que ha habido un informe que ha elaborado la Junta es cuando podemos pedirlo, y a partir de ese momento, como mínimo, cuarenta y cinco días para acceder a él.

En consecuencia, cuando llega a nuestras manos ha perdido total virtualidad la información, que eso es lo que ustedes pretenden, no negarse a facilitarnos esa información. Y, en consecuencia, entiendo que lo que están haciendo es dificultar el trabajo de... de los Grupos que estamos en esta Cámara, que representamos a toda la sociedad.

Usted ha dicho... -y creo que se habrá equivocado, porque, si no, es que creo que estamos en distintas... en distinta concepción de cómo debe ser esta sociedad- usted ha dicho que la Junta gobierna para todos y no para los Grupos políticos. Es que los grupos políticos somos los auténticos representantes de los castellanos y leoneses, no el Gobierno Regional. El Gobierno Regional es el Gobierno que elige sólo una parte de esta... de esta Cámara.

En consecuencia, entiendo que es de lógica que los Grupos Políticos tengamos, como mínimo, la misma información que tiene la sociedad, o sea, los agentes sociales y económicos. Y, en consecuencia, tiene total virtualidad la pretensión que tiene esta Proposición No de Ley. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno de dúplica, tiene la palabra el señor Vázquez.


EL SEÑOR VÁZQUEZ REQUERO:

Muchas gracias, señor Presidente. Dejando aparte yo creo que la desafortunada comparación que se ha hecho, me sigo reiterando en lo que he dicho anteriormente y, por supuesto, en decir -como he dicho anteriormente- que el Gobierno, la Junta gobierna para toda la sociedad. Estaría bueno que no estuviéramos de acuerdo en esa cuestión. Y reiterándome en lo que he dicho con anterioridad, en el sentido de que la misma información la puede recabar cualquier Grupo Parlamentario, porque están articulados los mecanismos para ello.

De todas formas, con esta Proposición No de Ley existe -y la propuesta que contiene la misma- una dificultad técnica, una dificultad de articulación de la misma, puesto que tampoco... no sólo por el rango normativo que tuviera que adoptarse en una disposición de este tipo, sino también por la falta de concreción sobre la materia. Porque no sé si estamos hablando aquí de... en principio... y no quería citarlo, porque usted ya pone en la Proposición No de Ley que no es con ánimo exhaustivo. Pero, lógicamente, para adoptar un acuerdo sobre una materia, tiene que ser sobre una cuestión concreta. Si ya usted pone aquí que es sin ánimo de exhaustividad, pues luego, lógicamente, no sabemos, no se puede distinguir qué órganos son los existentes, porque cada órgano tiene su propio sistema: los órganos asesores funcionan de una forma; los consultivos, de otra; los órganos de participación a que usted hace alusión, de otra. Es decir... Y tampoco se tiene... se tiene la seguridad de qué es la información que se pide.

Por eso -como digo- existen los mecanismos adecuados para que la información que se quiere sea la que se facilite en cada momento.

Y, por lo tanto -como ya digo-, lo que sí que la segunda parte de la Proposición No de Ley suya ya no se podría cumplir de ninguna forma, es lo que usted dice que se faciliten al mismo tiempo. Porque usted tiene que coincidir conmigo en que, a veces, los criterios que se establecen en este tipo de comisiones regionales son modificados por esos propios órganos de esas comisiones. Por lo tanto, la Comisión... la posición, o el informe de la Junta, o el estudio elaborado, no se podría... no se podría facilitar "al mismo tiempo que", puesto que la decisión se toma en ese propio órgano. Y, por lo tanto, la decisión que se toma en ese órgano puede modificar el informe o puede modificar el estudio elaborado previamente por la Junta. Y, por lo tanto, sería inviable poderle... poderle manifestar al propio tiempo que se establece o que se lleva a esos órganos del tipo que sean... -bueno, normalmente, si son de lo que estamos hablando, y ustedes dicen al mismo tiempo, serían de participación-, en los que ya participan -y valga la redundancia- parte de la sociedad en los mismos. Y, por lo tanto, esos propios órganos pueden modificar la posición que se lleve la Junta, porque para eso están establecidos así. Y, por lo tanto, no sería hasta después cuando se podrían facilitar las conclusiones de esos órganos.

Por lo tanto, yo creo que estas dos cuestiones hacen inviable la aprobación de la Proposición No de Ley. Una de ellas porque como ya digo que la información ya se tiene, y se tiene la que se quiere... Es decir, yo le voy a poner un ejemplo, que yo creo que será más acertado que el que usted ha puesto... no digo... digo salvando las distancias también, claro. Mire, a mí me mandaban todos los días, la Legislatura pasada, todos los días, prácticamente, el Diario Oficial de las Cortes -a casa- y el Diario de Sesiones, y me juntaba con unas montañas así de papel. Dije que no me lo mandaran. Yo sé que a todos los Procuradores las Cortes les facilitan y se lo mandan así. Yo dije: "Mire, no me lo manden. Si quiero consultar algún Diario de Sesiones o algún Boletín Oficial, vengo a las Cortes, vengo al Grupo y lo miro. No hace falta que yo tenga torres de papel en casa todos los días". Nada más. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Vázquez. Entramos en un turno de fijación de posiciones. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la señora Fernández.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ:

Gracias, señor Presidente. Pues vamos a votar a favor, porque no es cuestión de que no haya información, es cuestión de calendario. O sea, cuando llega ya está pasado de moda, igual que cuando te aceptan las Proposiciones No de Ley, casi siempre ya están pasadas. Entonces, vamos a votar a favor.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para cerrar el debate, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Primero, yo no sé... releía la Propuesta de Resolución, porque yo no sé de dónde saca lo de "no exhaustivos". Desde luego, la Propuesta de Resolución es concreta, dice: "Los informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica", "los informes y estudios elaborados por la Administración Autonómica". Punto. Es decir, indudablemente, en las Comisiones se tratarán más cosas, y habrá más acuerdo, y tal. Pero, informes y estudios que elabora la Administración Autonómica, seguro que son concretos; a no ser que, al final, no sepa qué es lo que elabora la Administración Autonómica, ¿eh? Entonces, yo entiendo que el contenido de la Propuesta de Resolución es concreto.

¡Hombre!, vuelvo a decirle que, salvando la distancia, sobre todo por el tiempo, pero cuando se dan datos de cómo se encuentran los accidentes laborales en Castilla y León... y las estadísticas se elaboran en enero; si tenemos que pedirlas a partir de ese momento, cuando nos llegan, entre tramitaciones y demás, nos encontramos en abril, y ya han salido los datos de febrero y de marzo por el medio, con lo cual lo de enero queda totalmente desvirtuado.

O sea, yo creo que tiene total sentido el que se nos faciliten en el momento. Si no en el momento, puede ser a los dos días. Pero, en definitiva, no a los dos... a los dos meses.

Yo también creo que es poco afortunado el ejemplo que ha puesto usted en relación con el Boletín, porque, claro, quien trabaja en la Administración tiene otras...


EL SEÑOR .....:

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

¡Ah!, en el propio Grupo de las Cortes. Bueno. Quiero decir, en cualquier caso, eso es una cuestión de organización...

(Murmullos.)


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Bueno. Eso es una cuestión de organización de cada Procurador y cada Grupo Político. Y lo cierto es que los Grupos Políticos estaríamos más informados y prestaríamos un mejor servicio a los castellanos y leoneses si tuviéramos la información que elabora el Gobierno Regional, y que yo no entiendo que no haya problemas para facilitar eso a los agentes económicos y sociales y sí los haya para facilitarlo a los Grupos Políticos. Desde luego, sólo lo entiendo desde una tarea: desde dificultar la labor política de los Grupos de Oposición de esta Cámara.

O sea, entiendo que se aplica el rodillo, que se aplica la mayoría, ¿eh? Y con esa mayoría, pues, se toman acuerdos como el que ustedes van a tomar, en contra de lo que dice el sentido común.

Yo estoy convencido de que esto que aquí estamos planteando se pregunta a los ciudadanos, se les dice: "¿Ustedes qué piensan? ¿Ustedes piensan que la información que elabora la Junta la debían tener el mismo día que se da a los sindicatos, asociaciones de consumidores, empresarios y demás los Grupos Políticos?". Y seguro que se extrañan de que no lo tengamos, porque lo pensarían. Pues si es que eso es de sentido común. Es de sentido común que la información que elabora el Gobierno Regional la tengan los Grupos Políticos de la Oposición para poder valorarlo exactamente igual. Siempre va a tener la ventaja de ser los primeros que puedan hablar del tema, indudablemente, el Gobierno Regional. Eso es indiscutible. Es decir, que esa ventaja no se la vamos a quitar nunca. Pero lo que también está claro es que los demás tendremos la posibilidad de estar informados. Porque, como ustedes saben -y tienen mucha costumbre de ello-, nos venden las cosas los medios de comunicación, y, claro, cuando consigues tener información total para poder ser objetivos en el análisis de esos informes, han pasado tres meses y los temas, pues, han perdido toda virtualidad. Incluso ustedes mismos dicen que eso ya pasó hace tiempo y que ya no hay por qué hablar de ello, ¿no?

En consecuencia, creo que, en este caso, están aplicando el rodillo de una forma poco elegante. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la Proposición No de Ley. ¿Votos a favor de la misma? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?

El resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: dieciséis. Votos a favor de la Proposición No de Ley: seis. En contra: diez. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

Entramos en el tercer punto del Orden del Día, que dará lectura la Secretaria de la Comisión.


LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ):

Sí. Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 225, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a reglamentación del personal sanitario de Atención Primaria, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 45, del uno de marzo del año dos mil".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra doña Isabel Fernández.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA:

Gracias, señor Presidente. En el pasado mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve, el Tribunal Constitucional falló a favor de la Junta de Castilla y León en su pretensión de hacer funcionarios a casi dos mil interinos sanitarios de la Administración Autonómica, como solución a la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, que había sido recurrida por la Asociación de Médicos en Paro y otros médicos en la convocatoria de mil novecientos noventa y cuatro ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Aunque el Grupo Parlamentario Socialista considera que no era necesario esperar esta Sentencia durante tanto tiempo, pues había otras soluciones para no perjudicar con esta larga espera no sólo a los profesionales, sino también la reestructuración de la Atención Primaria de Castilla y León, celebró con alivio dicha solución.

No obstante, comprobándose de nuevo, a pesar de la Sentencia, el transcurso de tantos meses sin darle solución a este problema de interinidad, se formula la siguiente Propuesta de Resolución:

"Que las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León a solucionar reglamentariamente la situación del personal sanitario de Atención Primaria".

Quiero llamar la atención que desde mil novecientos ochenta y uno, fecha de la última convocatoria por parte del Ministerio de Sanidad, entonces... del Ministerio de Sanidad, de la última oposición para el acceso a la carrera de funcionarios de los médicos de Atención Primaria, no ha habido nueva convocatoria. O sea, es decir, han pasado en torno a casi veinte años sin que los médicos que trabajan en Atención Primaria en la Comunidad de Castilla y León hayan podido acceder o estabilizar su situación laboral.

Lo mismo ocurre con los veterinarios -que en el año ochenta y cuatro tuvieron el último... la última oposición, la última oportunidad para acceder a la carrera de funcionario- y con los farmacéuticos.

Los recursos humanos con los que cuenta la Comunidad Autónoma en Castilla y León son, en estos momentos, de dos mil doscientos ochenta y cinco médicos de Atención Primaria, de los que mil setecientos treinta y cinco médicos son funcionarios, es decir, dependientes de la Comunidad Autónoma. Asimismo, hay cuatrocientos setenta y tres funcionarios, y cuatrocientos sesenta y cuatro farmacéuticos.

De este colectivo, en estos momentos, en torno a mil ochocientos se encuentran en situación de funcionarios interinos, algunos con más de veinte años de servicios prestados en esta Comunidad Autónoma.

La Ley de Ordenación Sanitaria de abril de mil novecientos noventa y tres intentó solucionar este problema, pero por diversas circunstancias fue recurrida su convocatoria en mil novecientos noventa y cuatro ante el Tribunal Constitucional, y a pesar de las numerosas sentencias y de diversos avatares, en estos momentos no se ha solucionado este problema.

Esto ha incidido de manera importante, no sólo sobre la situación laboral de este personal, sino también en la redistribución de los recursos humanos dentro de esta Comunidad, que a lo largo de estos veinte años ha perdido población, pero no ha perdido -afortunadamente- personal dedicado a la Atención Primaria, dándose la circunstancia de que, a pesar de que haya unas ratios muy favorables de médico por habitante, siendo en el medio rural en torno a ochocientos habitantes por médico y en el medio urbano de mil cien... mil dieciocho, perdón, habitantes... médicos por... médico por habitante, estos recursos no están distribuidos ni de la misma... de una manera correcta, a nuestra manera de entender, ni en el medio rural ni dentro del mismo medio... de las diferentes Zonas Básicas de Salud del medio rural, ni de las zonas urbanas.

Asimismo, esta situación ha originado que a partir de mil novecientos noventa y cuatro, fecha en que la Ley de Ordenación Sanitaria contempla como una excepción el acceso a la situación de funcionarios del personal sanitario, mediante la forma o la fórmula de concurso, a la fecha de la convocatoria... para las plazas tenían que ser las existentes en el momento de la convocatoria. Al no haberse resuelto esta situación y encontrarse paralizado todo... toda esta situación, ha originado que en estos momentos haya alrededor de setecientos funcionarios interinos sanitarios que, aunque se le resolviera el problema mediante la resolución de las diversas sentencias o de las formas jurídicas que en el momento se determine, no podrían acceder a la condición de funcionario, porque estaría fuera de la Transitoria... de la denominada Transitoria Cuarta; o sea, que seguiríamos teniendo el mismo... un problema que afecta ya casi al 50% de los sanitarios, después de veinte años de no haber una manera de acceder a la Función Pública para los sanitarios.

Ante esta situación, el Grupo Parlamentario Socialista cree que ha llegado el momento de que se produzca una reglamentación que intente solventar este problema, sin esperar ya a más dilaciones en el tiempo. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Pedro Luis Antona del Val.


EL SEÑOR ANTONA DEL VAL:

Gracias, señor Presidente. La preocupación de la Junta de Castilla y León por la situación del personal interino sanitario se hizo manifiesta en el impulso de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley de Ordenación del Sistema Sanitario, Ley 1/1993, de seis de abril, estableciendo que el acceso a la condición de funcionario de las escalas sanitarias se efectuase mediante el procedimiento de concurso, con carácter excepcional, transitorio y por una sola vez, como usted sabe, y además con el voto favorable del Partido Socialista.

En la aplicación de dicha Disposición, la Consejería de Presidencia y Administración Territorial dictó la Orden de cuatro de enero de mil novecientos noventa y cuatro, convocando un proceso selectivo para el ingreso en las escalas sanitarias en el que se ofertó el número de plazas correspondientes a los puestos no cubiertos por funcionarios de carrera a la fecha de entrada en vigor de la Ley 1/1993.

Esta Orden de convocatoria fue objeto de múltiples recursos contencioso administrativos, deducidos tanto por particulares como por asociaciones, agrupaciones, etcétera. Asimismo, en varios de ellos litigaron en la misma posición procesal que la Administración, defendiendo la legalidad de la convocatoria, otros particulares y asociaciones, etcétera.

En estos múltiples recursos se acudió tanto al proceso especial de protección de los derechos fundamentales, entonces regulado por la Ley 62/1978, como al proceso ordinario que en aquel momento regulaba la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de mil novecientos cincuenta y seis.

En ambos supuestos, siempre que fue solicitada la suspensión cautelar de la convocatoria, la Sala acordó dicha medida cautelar mediante el correspondiente Auto de Suspensión. En el seno del Recurso identificado con el número 91/94, resultante de la acumulación de un elevado número de recursos interpuestos al amparo de la Ley 62/1978, que es la del proceso... es la que regula el proceso especial de Protección de los Derechos Fundamentales, la Sala decidió plantear Cuestión de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional respecto de la previsión de la Disposición Transitoria Cuarta de nuestra Ley de Ordenación del Sistema Sanitario.

La representación procesal de la Administración compareció y realizó las alegaciones oportunas ante el Tribunal Constitucional en defensa de la Disposición Transitoria Cuarta. Finalmente, el Tribunal Constitucional dio la razón a la Junta, mediante la Sentencia de once de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

El Tribunal Constitucional ha resaltado que no se trataba de un proceso de selección restringido, ya que no se impedía el acceso al concurso a las personas que no ocupaban de forma interina las plazas ofertadas. Textualmente dice la Sentencia: "En definitiva, la Administración Sanitaria de Castilla y León ha contado hasta el momento con un personal interino cuya estabilización funcionarial podría haberle inclinado a la convocatoria de un concurso restringido. Sin embargo, ha querido conseguir esa estabilización con un sistema de selección en el que, aun primándose la condición de interino, no se hiciera imposible el acceso a los profesionales que hubieran prestado servicios en otras Administraciones, por lo que se dan las condiciones que según nuestra ya citada doctrina derivan del Artículo 23.2 de la Constitución, que es el que regula el derecho de los ciudadanos al acceso a los cargos públicos en condiciones de igualdad.

Esta postura del Tribunal Constitucional da la razón a la Junta y se la quita al Partido Socialista, Grupo que presentó una Proposición de Ley en las Cortes en la que señalaba que la cuestión de inconstitucionalidad -textualmente- "va a ser, sin duda, resuelta por el Tribunal Constitucional, estimando en parte o en todo la inconstitucionalidad de la Disposición Transitoria Cuarta". En la defensa que hizo el Procurador Octavio Granado puso de manifiesto que nuestra Disposición era inconstitucional y reiteró que el Tribunal Constitucional iba a echar abajo la convocatoria. Pues bien, la Sentencia ha dado la razón a la Junta de Castilla y León.

Una vez resuelta la cuestión de inconstitucionalidad por el Tribunal Constitucional, en febrero pasado... el año pasado, perdón, se han sucedido las Sentencias de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, respecto a los recursos presentados. Hace unos meses se ha resuelto el último de ellos y en todos los casos la Sala ha dado la razón a la Junta de Castilla y León.

En el momento actual, la posición de la Junta sigue siendo clara a favor de sacar adelante lo antes posible la convocatoria, y ello a través de dos actuaciones principales que son las que caben en este momento.

En primer lugar, en los casos en los que los demandantes han presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo, al no estar de acuerdo con la desestimación acordada por la Sala, lo que ha hecho la Junta es personarse, una vez más, para alegar la inadmisibilidad de estos recursos de casación, a través de los letrados de la Asesoría Jurídica General que llevan la representación y defensa de la Administración de la Comunidad.

Y en segundo lugar, la representación procesal de la Administración Regional ha solicitado el levantamiento de la suspensión cautelar decretada en su día por la Sala. Lo que se solicita es que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia dicte resolución por la que se declare tener por levantada la suspensión de la ejecución de la Orden de cuatro de enero de mil novecientos noventa y cuatro, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala sanitaria, al no existir motivos que justifiquen la misma, dada la Sentencia del Tribunal Constitucional y la del propio Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Si las medidas procesales adoptadas por la Junta de Castilla y León prosperan, quedaría definitivamente desbloqueada la convocatoria. En definitiva, ha sido la Junta de Castilla y León la que en todo momento ha demostrado el mayor interés por sacar adelante la convocatoria. Y si no ha podido hacerse así hasta ahora, ha sido simplemente porque la Administración está obligada a acatar las resoluciones de los órganos competentes del Poder Judicial. Se trata de requerimientos del propio Estado de Derecho, fundamento de nuestra convivencia en sociedad, aunque a veces el derecho a la tutela judicial efectiva de todos los interesados puede retrasar medidas que entendemos necesarias, tanto para el personal afectado como para el conjunto de la sociedad.

Dado que la situación del personal interino sanitario afectado por estas actuaciones deriva de decisiones emanadas de órganos del Poder Judicial, difícilmente cabría solucionarlo por la Junta a través de un Reglamento.

Nadie, por tanto, ha demostrado más interés que la Junta en que se solucione el problema existente, pues ello permitirá afianzar la vida profesional del personal que en estos momentos se encuentra en situación de interinidad, lo cual servirá para garantizar un mejor servicio público.

Junto a ello, y ante la perspectiva de desbloqueo de la situación creada en vista de la Sentencia del Tribunal Constitucional, se han iniciado una serie de actuaciones, cuyo calendario se ha consensuado con las organizaciones sindicales con representación en el sector, que facilitarán la consecución de la ordenación del personal sanitario de la Comunidad de Castilla y León y que afectarán a la ordenación e integración de los cuerpos y escales sanitarias, la modificación de las relaciones de puestos de trabajo, las demarcaciones asistenciales y el reglamento de ingreso y provisión de puestos de trabajo, sin perjuicio de otras cuestiones que puedan suscitarse, a fin de ordenar las condiciones de la actividad sanitaria y su personal.

El ritmo de las negociaciones y acuerdos con las organizaciones sindicales determinará la convocatoria de los concursos de traslado de sanitarios que se prevé dentro de breves meses. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Antona. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra doña Isabel Fernández.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA:

Gracias, señor Presidente. Señores Procuradores, con la entrada en vigor de la Ley de Ordenación Sanitaria de mil novecientos noventa y tres, pretendiendo solucionar un problema que entonces existía, que era el elevado número de sanitarios en situación de funcionarios interinos y sus numerosos recursos, y la incapacidad de la Junta para solucionar este problema manifestada en numerosas ocasiones, no sólo no se ha solucionado ese problema, porque sigue habiendo muchos más... un número mayor de funcionarios interinos que había en mil novecientos noventa y tres, en el año dos mil, a esta fecha, al día de hoy.

Pero no sólo es eso, sino que se han añadido otros dos problemas: uno, lo de los funcionarios interinos que no... aunque se resuelva el problema jurídico de los funcionarios afectados por la famosa Transitoria Cuarta, van a existir... o en este momento existen otros setecientos funcionarios interinos que no tienen ninguna solución o ninguna... horizonte de solución de su situación laboral. Y, a la vez, sigue sin resolverse el problema de la redistribución de los recursos humanos de esta Comunidad Autónoma.

Los Consejeros de Sanidad, cuando comienzan las Legislaturas, en la exposición de su programa, siempre nos cuestan lo mismo, que rápidamente van a acometer la redistribución del personal sanitario en las... de la Comunidad Autónoma. Pasa el tiempo. Luego a mitad de Legislatura nos cuentan que ya no es el momento político de que esto se haga, porque en vísperas electorales no es bueno que esto ocurra. Y así llevamos al menos dos Legislaturas, que son las que yo he estado en esta Cámara, contándome exactamente lo mismo.

Mire, la redistribución es muy importante que se realice y que se realice pronto, porque en estos momentos -y antes hice referencia a eso- hay una distribución muy desigual del personal sanitario dentro de la Comunidad Autónoma. Mientras que en Palencia hay ochocientos habitantes por médico, en León hay una ratio de mil trescientos habitantes por médico. Pero es que, además, dentro de la misma provincia hay situaciones pues absolutamente pintorescas que usted como profesional de la sanidad, conoce tan bien como yo.

Pero mire, es que en Valladolid, en Esguevillas de Esgueva, la localidad donde está nuestra compañera Elena Pérez ejerciendo, hay diez médicos para tres mil doscientos cuarenta y dos habitantes, desde el año mil novecientos ochenta y tres, fecha en que se... mil novecientos ochenta y seis, fecha del Decreto que crea las Zonas Básicas de Salud. En Laguna de Duero hay dieciséis mil doscientos treinta y cuatro habitantes y nueve médicos. Esto en Valladolid, pero es que lo mismo ocurre en León -donde le digo-, en Sahagún de Campos, hay ocho mil doscientos sesenta y cuatro habitantes para doce médicos, mientras que en San Andrés de Rabanedo hay dieciséis médicos para treinta y un mil doscientos veinticinco habitantes.

Esto, vamos, yo creo que ninguna... ninguna Administración se puede permitir estos lujos, porque realmente es un despilfarro de los recursos humanos. Mientras tanto, ¿que ha ocurrido? Que esta Comunidad Autónoma ha perdido población, que las poblaciones han... la población se ha movido dentro de la Comunidad Autónoma, de manera que algunas capitales de provincias, como León, Burgos, Salamanca y Valladolid han crecido o no han perdido número de habitantes y los pueblos de sus respectivos alfoz han crecido, mientras que poblaciones han quedado con un médico para cien habitantes, como ocurre en la provincia de Zamora. Y esto es un desperdicio y un despilfarro de los recursos humanos, porque ningún profesional creo que tenga como horizonte de su vida el estar atendiendo a una población de estas características. Y usted sabe que hay estudios y planteamientos para hacer una redistribución que hay... al menos yo conozco tres o cuatro planteamientos diferentes para la provincia de Zamora -que es la que mejor conozco- y nunca se han llevado a efecto, por problemas realmente políticos. Y esto origina no sólo el que no se solucione la situación de los interinos, sino que aquellos que somos funcionarios de carrera en situación definitiva, durante veinte años hemos tenido dos concursos de traslado, dos concursos: en el año ochenta y siete y en el año noventa y cuatro. O sea, que aquellos funcionarios de carrera que estamos en situación definitiva, es decir, que tenemos todos los derechos, nos vemos privados de una mejora en nuestras expectativas profesionales.

¿Y quién es responsable de todo esto? El responsable de todo esto es la Junta de Castilla y León, porque ya sólo me falta por oír que sean responsables los administrados; será la Administración que ha sido incapaz, incapaz, de sacar una norma que no sea recurrida. Y que, además de ser recurrida, siempre han dado la razón a los recurrentes, hasta el final; han pasado veinte años y estamos igual que hace veinte años.

Dice usted que reglamentariamente esto ya está en el proceso final, está en el proceso final alguna de las cosas. Es fácil que en el... es probable que en el transcurso de los próximos meses la situación judicial de todos estos recursos se solvente. Pero, mientras tanto, ¿qué le puede decir la Junta de Castilla y León a los funcionarios postransitorios -como ya se llama-, que ya empiezan a organizarse y a reclamar ante la Junta de Castilla y León una solución para su problema? ¿Qué le puede decir la Junta de Castilla y León a los funcionarios de carrera en situación definitiva que después de llevar algunos veinte años en la misma... en el mismo destino y sólo haber tenido dos opciones al traslado, presencian cómo se crean nuevas plazas en las capitales por parte del Insalud sin que ellos vayan a tener posibilidad de acceso? ¿De quién es responsabilidad esto? La responsabilidad es de quien gobierna, porque quien gobierna decide y elige el momento que hace las cosas, pero también rinde cuentas. Y ustedes no han decidido, pero, además, no pretenden ser nunca responsables de nada. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Saltamos un turno de fijación de posiciones al no estar la representante... la Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto, pues, puede cerrar el debate doña Isabel Fernández, puede cerrar el debate, pero creo que al no estar... Perdón, perdón. Sí. Tiene la palabra, perdón, señor Antona. Para un turno de dúplica tiene la palabra don Pedro Luis Antona.


EL SEÑOR ANTONA DEL VAL:

Gracias, señor Presidente. Mire, usted, Señoría. Yo he leído detenidamente su Proposición No de Ley, los antecedentes, su Propuesta de Resolución, y hace usted una mezcla. Primero habla de los interinos, la Transitoria Cuarta, habla de la reestructuración, luego vuelve a hablar del problema de la interinidad, dice que se alegran de la resolución del Tribunal Constitucional; no parece ser ésa su línea, la que siguieron ustedes cuando presentaron una Proposición de Ley hace unos años, en esta Cámara, en un Pleno, en el que aseguraban tajantemente que la Ley, que la Orden de Convocatoria se debe declarar inconstitucional. Está siguiendo, por tanto, una línea errática: primero aprueban la Ley de Ordenación del Sistema Sanitario con la Transitoria Cuarta, después hacen una Proposición de Ley que anule esa Disposición Transitoria Cuarta, ahora quieren sacar un reglamento, que no sé qué es lo que pretende el reglamento: no sé si refiere el reglamento a los interinos, a la reestructuración, al concurso de traslados, o a todo ello junto; probablemente a todo ello junto, probablemente a todo ello junto.

Bien. Yo creo que hay que ser más coherentes. Ustedes son corresponsables de la Disposición Transitoria Cuarta; y eso está ahí, no pueden evitarlo. La Disposición Transitoria Cuarta intentó resolver el problema a los interinos mediante la orden de convocatoria que habíamos hablado antes del año noventa y cuatro, y sufrió un montón de avatares y de recursos jurídicos en los que no podemos hacer de momento nada, nada más que presentarse la Junta en su posición procesal para defender sus intereses y, por tanto, los intereses de los interinos y de la sociedad de Castilla y León. Pero los órganos judiciales siguen su ritmo y usted lo sabe.

La redistribución, que estamos absolutamente de acuerdo -eso se ha hablado ya muchas veces, muchas veces-, pues es evidente que es un problema que afecta gravemente a los puestos de trabajo de sanitarios locales y, por tanto, a la sociedad. Yo estoy convencido de que la reestructuración se va a hacer en breve, va a salir una nueva relación de puestos de trabajo, se está negociando con los sindicatos; usted también lo sabe: para que eso tenga viabilidad, debe ser consensuado con los sindicatos, debe ser aprobado por las Mesas de Negociación. Está muy avanzada.

Habla usted de Zamora. Yo no sé cuál es la situación exactamente de Zamora, pero lo que sí que le digo es que la nueva relación de puestos de trabajo, las demarcaciones asistenciales nuevas, está el documento muy avanzado. Y que el concurso de traslados, si no se resuelve el problema judicial en breve, en breve, es decir, si no se levanta la suspensión cautelar, se va a aprobar la nueva relación de puestos de trabajo y se va a convocar inmediatamente concurso de traslados de los funcionarios, de los funcionarios.

Dice usted que en la zona de Esguevillas hay pocos habitantes para tantos médicos, desde el año ochenta y tres en que salió el Decreto de Creación de Zonas Básicas de Salud. Pues cuando lo sacaron, que estaban todos ustedes, podían haber hecho la reestructuración, ¿o es que había veinte mil habitantes en Esguevillas en el año ochenta y tres, Señoría? Ochenta y seis, ¡qué más da! O sea, que cada palo aguante su vela. Es un tema que no viene de ahora, y que somos corresponsables todos los que estamos aquí, quizá, y algunos que ya no están.

Dice que la Junta de Castilla y León no ha sido capaz de sacar ninguna convocatoria que no haya sido recurrida. Eso sabe usted que no es cierto. El concurso-oposición de plazas de enfermaría salió hace años, se resolvió, y el personal de enfermería tomó posesión de sus plazas y no ha pasado nada.

El tema de los médicos era mucho más conflictivo y, por tanto, bueno, se han producido avatares jurídicos que hay que esperar a que se resuelvan. Si ahora se sacara una oposición para los postransitorios -como los llama usted-, se podrían presentar obviamente los pretransitorios, con lo cual creo que se provocaría un follón importante y habría gente que estaría pendiente de la resolución judicial de la Transitoria Cuarta, gente que se habría presentado a esa oposición, concurso-oposición o concurso -que tampoco ha especificado usted qué es lo que quiere para los postransitorios-, y los que después tampoco se podrían presentar a ese concurso oposición.

Yo creo que la solución que está arbitrando la Consejería es la correcta: presentarse ante el Tribunal Supremo para alegar la inadmisibilidad de los recursos de casación, solicitar al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el levantamiento de la suspensión cautelar, y que eso resolvería definitivamente el problema. Pero si eso no ocurre o se dilata en el tiempo, más allá de unos pocos meses, lo que sí está dispuesta la Consejería -y, si no, nosotros también se lo demandaremos como Grupo- es a sacar la nueva relación de puestos de trabajo y convocar inmediatamente, conforme a esa nueva relación de puestos de trabajo el concurso de traslados. Y eso es lo que va a ocurrir en los próximos meses.

Por tanto, esta petición, la Propuesta de Resolución que hacen ustedes, que instan la Junta de Castilla y León a solucionar reglamentariamente la situación del personal sanitario de Castilla y León, no es tanto la situación del personal sanitario, sino también la de los propios ciudadanos, que en algunos casos, como sabe usted, tienen los médicos cupos muy numerosos y eso deteriora la asistencia. Por tanto, yo la invito a que retire esta Propuesta de Resolución, por innecesaria. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Antona. Al no estar la representante -ahora sí- del Grupo Parlamentario Mixto, para cerrar el debate tiene la palabra doña Isabel Fernández.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA:

Gracias, señor Presidente. Señor Procurador, yo creo que o no me he explicado bien o usted no ha entendido nada de nada de lo que aquí hemos tratado, porque la Ley... Mire, las zonas básicas... el Decreto de Zonas Básicas de Salud es de mil novecientos ochenta y cuatro. Muchas de estas Zonas Básicas de Salud tenían entonces el doble del número de habitantes que ahora. Sí, le digo en concreto en la que yo trabajo: en mil novecientos ochenta y seis tenía diez mil habitantes y en estos momentos tiene no llega a siete mil. Por lo tanto, en mil novecientos ochenta y siete nosotros perdimos las elecciones, y llevan ustedes gobernando esta Comunidad Autónoma. Han tenido ustedes trece años para hacer la redistribución, reordenación y cuantos Decretos hubieran querido hacer, porque han gozado siempre además de mayoría absoluta.

Pero no sólo es eso, mi compañero Octavio Granado presentó una Proposición No de Ley en el Pleno, no diciendo que se anulara todo el proceso, pidiendo que se anulara el proceso para evitar el problema en el que estábamos. Señoría, que yo entonces estaba en las Cortes y le digo y le repito que no se pretendía anular la Transitoria Cuarta ni nada que se pareciera, como usted me dice. Lo único que se solicitaba era la anulación del proceso, es decir, la convocatoria, que es lo único que ustedes han hecho en este momento, la convocatoria, a fin de evitar el problema que hoy tenemos, que son tres y se lo repito: la reestructuración, la situación de los interinos previos a la convocatoria de mil novecientos noventa y cuatro, y la falta de solución al problema de los setecientos funcionarios interinos que ya no están afectados por la Transitoria Cuarta, y posiblemente les pasen otros veinte años antes de que tengan una posible o una posibilidad de solución. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Concluido el debate sometemos a votación la Proposición No de Ley. ¿Votos a favor de la misma? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?

El resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: dieciséis. Votos a favor de la Proposición No de Ley: seis. En contra: diez. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida. Y entramos en el cuarto y último punto del Orden del Día al que dará lectura la Secretaria de la Comisión.


LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ):

Sí. Cuarto punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 240, presentada por el Procurador don Juan Carlos Rad Moradillo, relativa a constitución en municipios de pueblos pertenecientes a Cuéllar, Samboal y Segovia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 51, del veintidós de marzo del año dos mil".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra don Juan Carlos Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Gracias, señor Presidente. Señorías. En primer lugar, aclarar que esta Proposición No de Ley fue dirigida para su debate y votación en el Pleno de la Cámara, así... como tal consta el escrito que yo entregué en el Registro. Y, desde luego, si la Mesa de las Cortes la califica hacia esta Comisión, no es mi voluntad ni, desde luego, está, en absoluto, en mi ánimo. Si ésta es la Comisión donde se deben debatir este tipo de proposiciones o no, desde luego, es algo que tiene que resolver la Mesa de las Cortes. Yo, desde luego, presentar, porque no es la primera vez que esto ocurre, mi más sincero rechazo a determinadas actitudes de la Mesa de las Cortes, donde el Grupo Mixto, pues, es prácticamente considerado como un elemento anecdótico.

Y pasada esta breve exposición...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Señor Rad, discúlpeme un momento. Para aclararle lo que ha dicho usted, es que antes de llegar usted a la Comisión, el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista había indicado... que no ha sido por parte de este Presidente y por parte del Grupo Parlamentario Popular, había dicho que era más conveniente debatir este tema en la Comisión de Administración Regional... Territorial. Es por eso por lo que a usted se le había comunicado para ver si usted estaba de acuerdo en que esta Proposición No de Ley, en vez de debatirla en esta Comisión, se debatiera en la otra Comisión. Pero que no ha sido ni intención de este Presidente decirle a usted que no debatiera la Proposición No de Ley aquí, ni tampoco del Grupo Parlamentario Popular, sino nada más era una petición que me había hecho... nos había hecho antes de empezar la Comisión el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista; por eso ha sido por lo que se le había trasladado a usted esa petición. Nada más. Puede continuar su...


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Sí. Pues, nada más fijar las posiciones...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Espere. Sí, tiene la palabra el señor Benito.


EL SEÑOR BENITO MUÑOZ:

Sí, sólo para matizar y expresar que en esta Legislatura y en la anterior, nunca había ocurrido el caso de que una segregación municipal se viera en la de Presidencia. Yo creo que es un error, y, por lo tanto, por eso solicitaba... Sinceramente, aún mantengo que no es el sitio oportuno, pero en ningún momento para -digamos- dilatar o coartar el que se debatiera. Simplemente por una cuestión de homogeneidad de la Comisión con las competencias de la Comisión, nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Puede continuar, señor Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Bueno, nada más aclarar que mi deseo era que se hubiera debatido en el Pleno. Desde luego, no tengo ningún interés preferente hacia una Comisión o hacia otra. Por eso, como estaba en el Orden del Día, estaba en camino, pues es por lo que yo he mantenido que se defienda aquí.

Bien, hablar de una serie de antecedentes. El primero de ellos es que el diecinueve de octubre del año mil novecientos noventa y nueve, la Junta de Castilla y León hacía pública, mediante publicación en el Boletín Oficial, los Decretos 268, 270 y 271, por los que se denegaban las solicitudes de segregación y constitución de nuevos municipios formuladas por las Entidades Locales Menores de Arroyo de Cuéllar, Campo de Cuéllar y Chatún, pertenecientes al municipio de Cuéllar, en Segovia; de Narros de Cuéllar, pertenecientes al municipio de Samboal; y de Revenga, perteneciente al municipio de Segovia. Bien.

Con este Decreto, la Junta de Castilla y León intentaba poner fin a la vía administrativa sobre una cuestión, como es la segregación de municipios, que afecta a numerosas localidades de Segovia, no solamente a las mencionadas aquí.

Ante dicho Decreto fueron presentados en su momento los correspondientes recursos de reposición por parte de los municipios afectados, y, según mis informaciones a la fecha de hoy, se ha abierto ya una vía contencioso-administrativa con la propia Administración Regional.

Los procesos de segregación de municipios son procesos que reconozco son complejos, que responden casi siempre a un largo enfrentamiento vecinal, por lo tanto, a una convivencia deteriorada, por muy diversas causas, y que muchas veces es una convivencia deteriorada irreversiblemente.

Bien. Lejos de intentar generalizar un caso tan complejo, sí es conveniente realizar distintas precisiones con respecto a los problemas de segregación que yo he planteado en este caso concreto.

El primero de ellos es que el origen de todos estos enfrentamientos tiene lugar a raíz de los procesos de concentración de municipios realizados en los años setenta a instancias del entonces Gobierno Civil, obedeciendo a un proceso que en absoluto fue planteado desde los propios municipios, en absoluto fue deseado, por encima de la decisión del propio Alcalde momentáneo en ese pueblo, que correspondía, por tanto, a una decisión en una época -la dictadura franquista- donde había muy pocas posibilidades de discrepar con respecto a la decisión de un Gobernador Civil.

En segundo lugar, en todos ellos la raíz del problema, tal como la plantean sus propios... los propios interesados, es la discriminación y la desatención que dichos municipios sufren por parte del Ayuntamiento al que pertenecen; hecho que en el curso del tiempo, pues, ha supuesto un notable... una notable diferencia en cuanto a las oportunidades de desarrollo de calidad de vida que tienen estos municipios.

En tercer lugar, que la voluntad mayoritaria de estos municipios es claramente un apoyo a la segregación. Así lo atestiguan las distintas recogidas de firmas realizadas, las manifestaciones públicas realizadas... las concentraciones públicas realizadas en la capital de Segovia, y todos los pronunciamientos que hasta ahora ha habido.

En cuarto lugar, que en todos los casos se cuenta con el apoyo expreso y explícito de las Corporaciones Municipales a las que pertenecen, las Corporaciones Municipales tanto de Cuéllar, como de Samboal y de Segovia, cuyos Plenos se pronunciaron por unanimidad, independientemente del color político de las fuerzas allí representadas, en favor de la demanda de segregación que esos municipios les planteaban.

Este apoyo ha sido realizado también, por unanimidad de todos sus miembros, por parte de la Diputación Provincial de Segovia; luego hay un pronunciamiento unánime de la Diputación Provincial de Segovia.

Bien. El informe emitido el diecinueve de abril de mil novecientos noventa y nueve por el Director General de Administración Territorial, don José Antonio Cabañeros Posado, sobre la segregación de dichos municipios, claramente aconseja en todos los casos la aprobación de los distintos expedientes de segregación, sin perjuicio y a reserva del dictamen del Consejo de Estado.

Hay que aclarar que, en todos los casos, la petición de segregación se realizó con anterioridad a la promulgación de la Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, por lo que es posible aplicar su Disposición Transitoria Primera que dice concretamente: "Los procedimientos de alteración de términos municipales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley se tramitarán de acuerdo con la legislación vigente al tiempo de su iniciación". Luego el tiempo de la iniciación de estas solicitudes de segregación es, por tanto, la Ley de Bases de Régimen Local, Ley 7/1985.

Además hay que especificar que es sólo el Informe del Consejo de Estado el único informe que se plantea contrario a las segregaciones, que es únicamente en base a este Informe del Consejo de Estado que la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León lo ha utilizado para la denegación de las segregaciones. Un informe que, según la opinión de mi partido, de Tierra de Comunera, es un informe plagado de errores interpretativos, que está claramente dispuesto a desaconsejar cualquier tipo de segregación, y que hemos de aclarar que es un informe preceptivo, pero en absoluto es un informe vinculante, y como tal se expresa dicho informe al final de... al final del mismo... dichos informes, pues en realidad son tres informes.

Hay que aclarar que todos los pueblos que desean segregarse no están incorporados físicamente a sus respectivos Ayuntamientos, que mantienen sus caracteres más identificativos, que tienen un claro potencial de expansión, que tienen una actividad económica suficiente, y que muestran un balance positivo de cuentas con sus respectivos Ayuntamientos. La única salvedad, la única excepción constituye la localidad de Revenga, donde en la actualidad el balance financiero es negativo, si bien es un balance que tiene bastante de coyuntural, al estar... al tener ese balance negativo por el pago de intereses por préstamos realizados; intereses que en algún momento determinado finalizarán.

Hay que aclarar que... también que las localidades afectadas poseen un nivel poblacional similar a numerosos municipios segovianos, incluso superior a la media de población de los municipios de Castilla y León.

Es también... hay que aclarar que hay precedentes de segregaciones anteriores, por ejemplo, el realizado con la localidad segoviana de Cuevas de Provanco, donde se ha concedido esta segregación y en absoluto ha supuesto un mayor endeudamiento o una inviabilidad del nuevo Ayuntamiento constituido.

Hay que aclarar también que los procesos de mancomunación -actualmente se siguen tanto en la provincia de Segovia como en el resto de las provincias de Castilla y León-, lo que hacen es ayudar a la prestación de servicios comunes, garantizando que no exista una desatención de los propios ciudadanos.

Finalmente -y esto es una llamada que hago como partido político nacionalista-, nosotros instamos a la Junta de Castilla y León a que gobierne esta Comunidad sin tener en cuenta dictámenes estatales. Si los dictámenes son de necesario cumplimiento, entiendo que está obligada por ley; si los... si los dictámenes no son vinculantes, la decisión debe ser tomada por la Junta de Castilla y León, en virtud de las necesidades de nuestra propia realidad, la realidad de los castellanos, que muchas veces es pospuesta, en éste y en otros temas, precisamente, en función de esos dictámenes elaborados desde Madrid, genéricamente, y que muchas veces -en concreto éste- no se corresponde con la realidad.

Por lo expuesto, se formula la siguiente Propuesta de Resolución:

"Que las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León para que se proceda a la constitución de los municipios de los pueblos de Arroyo de Cuéllar, Campo de Cuéllar y Chatún, pertenecientes al municipio de Cuéllar, Segovia; Narros de Cuéllar, perteneciente al municipio de Samboal, Segovia; y de Revenga, perteneciente al Ayuntamiento de Segovia". Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Rad. Para consumir un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Juan José Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Muchas gracias, señor Presidente. No voy a entrar en la procedencia o no de la Comisión para estudiar este asunto. Quizás sí sería cuanto menos cuestionable la procedencia de la presentación de la Proposición No de Ley, una vez que, por parte del Director General, en una Comisión de Gobierno Interior ya hubo una comparecencia en la cual se hablaron de estas cuestiones.

Pero, como cuestión previa, sí quería dejar muy claro que en el origen de toda esta problemática expuesta por Su Señoría, si ha habido un partido que sistemática y meridianamente... de forma meridianamente clara se ha manifestado en favor de estas segregaciones ha sido sin duda el Partido Popular, y que además, sistemáticamente, ha manifestado esta voluntad política, que ha llegado incluso a la elaboración de algún informe por parte del Director General de turno, elevando propuesta favorable al Consejo de Estado.

Pero de su exposición pudiera sacarse la conclusión de que la resolución definitiva de la Junta de Castilla y León ha sido una resolución caprichosa. Y entonces, por ello, quizá Su Señoría me va a permitir que hagamos relación... mención a algunas consideraciones que hace el informe del Consejo de Estado, que sin duda puede ser discutible, pero que ahí está; y que -como usted muy bien apuntaba- no es vinculante, pero es preceptivo, y que la Junta, tradicionalmente, ha adoptado el criterio de tener en cuenta los informes del Consejo de Estado, si bien es cierto que pueda haber habido alguna ocasión en la que no haya sido tenido en cuenta; hecho este que, por otra parte, parece razonable, ya que, si no, estaríamos en una situación de absoluta inseguridad.

Y me va a permitir que hagamos mención a cada una de los tres expedientes -como usted ha mencionado-, ya que si bien es cierto que tienen puntos en común, no lo es menos que se diferencian en algunas cuestiones.

En el caso concreto del expediente de Arroyo de Cuéllar, Campo de Cuéllar y de Chatún, apuntaba usted a que eran expedientes iniciados con anterioridad a la Ley 1/98 y que, por lo tanto, debían estar sujetos a lo dispuesto en la Ley 7/85, a través de su Disposición Transitoria Primera. Es una cuestión que no se plantea ninguna duda tampoco por parte del Informe del Consejo de Estado, que así lo entiende, y, por lo tanto, aplica la legislación que corresponde en ese momento, que es la Ley 7/85. Y si bien es cierto que hacia este aspecto se hace especial mención, porque la Ley 1/98 acabaría de raíz con el problema de la mayoría de estos expedientes, ya que no cumplirían el mínimo de población... es cierto también que la Ley 7/85 no dice que tenga que existir un mínimo de población, no es menos cierto, no es menos cierto que... dice que habrá que exigir la racionalidad de la estructura administrativa municipal que surja.

Por lo tanto, no fija un mínimo número de habitantes, pero fija unos criterios, y es el que la base de población ha de tener entidad suficiente para justificar la existencia de una organización administrativa añadida a la nueva Administración Municipal. Y respecto de este criterio, los nuevos municipios a constituir carecen de la base necesaria de población -repito-, según dice el Informe del Consejo de Estado.

Y también dice que "no cabe favorecer la constitución de municipios exiguos, pues con ello quebraría el principio de eficiencia del gasto público y la racionalidad de la estructura administrativa".

Pero, por otro lado, la Ley tampoco autoriza que por motivos de conveniencia administrativa se constituyan nuevos municipios, sino que tasa dichos motivos, como son la colonización interior, la explotación de minas, las nuevas industrias, los regadíos, las obras públicas y otros análogos. Y se da la circunstancia de que ninguno de ellos aparece justificado en el expediente a que hemos hecho relación.

Por lo tanto, de la aplicación de la propia Ley 7/85 deriva una limitación absolutamente insalvable, según el Consejo de Estado, cual es la exigencia de racionalidad de la estructura administrativa municipal que surja, y que no se respeta en el caso de los municipios afectados por este expediente.

En el caso de Narros de Cuéllar cabe decir que, en primer lugar, hay un informe... un primer Informe del Consejo de Estado el dieciocho de mayo de mil novecientos noventa y cinco, y es un primer informe desfavorable, en clara consonancia con la propuesta elevada por parte de la Consejería de Presidencia -desfavorable también a la segregación-, que se ampara fundamentalmente en la inviabilidad de lo que ha venido en denominarse los núcleos exiguos.

Es cierto que, con posterioridad, se realiza un nuevo estudio, y es la Junta de Castilla y León quien, a instancias de una Resolución de las Cortes de Castilla y León de doce de marzo del año noventa y siete, examina de nuevo el expediente y eleva una propuesta favorable por razones de convivencia.

Bien. Esto es así. Y por parte del Consejo de Estado se ratifica en los argumentos, por entender que no ha habido circunstancias que varíen, y concluye que es necesario respetar la voluntad vecinal y es conveniente evitar problemas de convivencia, pero que es evidente que por problemas de convivencia no puede soslayarse la ley, y, por lo tanto, se reitera en sus argumentos.

Pero es más, dice que la Comunidad Autónoma tiene capacidad normativa para modificar la norma y que, en consecuencia, supuestos como el referido pudieran entrar en expedientes que pudieran ser aprobados e informados favorablemente como núcleos a segregar.

En el caso de Revenga la cuestión es diferente, y, sin perjuicio del fondo de la resolución, se da la circunstancia de que el número de solicitantes en una primera instancia es de doscientos veintiocho, lo que no constituye la mayoría de residentes que en esos momentos, según certificación referida a veintitrés de agosto, es de cuatrocientos sesenta y siete.

Por lo tanto, en este supuesto no se habría iniciado correctamente el expediente, como exige el Artículo 9.1 del Reglamento, y no se estaría en el supuesto de aplicación de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 1/98, ya que no cumpliría el mínimo de mil habitantes.

No obstante, no obstante, aunque esto es así, a mayor abundamiento, dice el propio Informe del Consejo de Estado que debe recordarse que el Artículo 6 del Texto Refundido en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto 781/86... 1986, de 18 de abril, autoriza la constitución de nuevos municipios por motivos permanentes de interés público. Pero estos motivos permanentes de propio interés público también quedan relacionados en la propia Ley, como son los mencionados anteriormente de colonización interior, explotación de minas, instalación de nuevas industrias, creación de regadíos, obras públicas. Pues bien, no es de aplicación, porque estos motivos ni siquiera aparecen en el nuevo expediente.

Pero, por si esto fuera poco, el Consejo de Estado estima que el núcleo de población territorialmente diferenciado que en este supuesto se da es de una entidad absolutamente mínima, y no parece que sea, por lo tanto, razonable favorecer nuevamente los núcleos tan exiguos. Pero, además, en el caso de Revenga se da la circunstancia de que -como usted sabe- también es necesario la existencia de recursos suficientes. Bueno. De los propios datos obrantes en el expediente se deduce que existe un déficit anual superior en una tercera parte a los ingresos de la propia entidad, lo que difícilmente haría posible ser afrontados por un núcleo de tan escasa entidad, salvo que se impusiera una carga tributaria absolutamente excesiva y poco razonada a todas luces.

Bien, esto es lo que ha motivado que la Junta de Castilla y León, a través de su Consejería de Presidencia, haya denegado estas segregaciones. Y estoy convencido de que usted parte de un principio de buena fe, y, por lo tanto, estará de acuerdo en que podemos estar de acuerdo en el fondo de la cuestión, pero no podemos instar, desde las Cortes de Castilla y León, a que la Junta de Castilla y León cometa cuanto menos una arbitrariedad en base al propio Informe del Consejo de Estado. Y que -como usted muy bien ha apuntado también- en estos momentos ha sido anunciada, por parte de algunas de estas pedanías, la presentación de un recurso contencioso-administrativo, y tal vez sea en esa instancia donde lo que hasta ahora no ha podido ser pueda ser alcanzado por estas pedanías o por estos núcleos de población.

Por lo tanto, no parece razonable ni siquiera presentar una Proposición No de Ley con una resolución en estos términos, cuando del propio Informe del Consejo de Estado se desprendería que el procedimiento lógico sería hacer uso de la capacidad normativa que tiene la propia Comunidad para contemplar estos supuestos.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno de réplica, tiene la palabra el señor Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Gracias, señor Presidente. Señor Portavoz, yo tengo un principio básico. El primero de ellos es que nuestra realidad la tenemos que gobernar nosotros. Ése es un principio básico y que está por encima de los Consejos de Estado. Y ése es un convencimiento personal que, desde luego, para mí es inamovible. Entonces, si la Junta de Castilla y León estaba tan de acuerdo con las segregaciones, las distintas Administraciones o, por lo menos, las distintas instituciones estaban también muy claramente en favor de ese pronunciamiento, desde luego, un informe de un Consejo de Estado que no es vinculante legalmente, no lo consideraría como tal. Entiendo que la Junta de Castilla y León tiene que tener una postura más beligerante en la defensa de sus intereses.

Otro principio, también básico para mí, es que cada municipio tiene derecho, y -si es posible- el mantenimiento de los Ayuntamientos tal como hoy están configurados, para mí es una premisa clara de defensa de un medio, el medio rural, que está amenazado.

La primera amenaza que se cierne sobre el medio rural es, precisamente, el desmantelar esas señas de identidad, el desmantelar esas instituciones pequeñas, pero que están consolidando una población, suponiendo que esa población tiene capacidad de afrontar el futuro. Si vamos a procesos de concentración de Ayuntamientos, como parece ser que es un poco la tendencia general, que entiendo que, desde un punto de vista economicista, es la base de estas Resoluciones del Consejo de Estado, pues creo que estamos haciendo un flaco favor a nuestro medio rural y a nuestros pueblos.

Evidentemente, los casos son distintos. Yo ya no he entrado en el análisis pormenorizado de los distintos municipios, porque cada uno de ellos tiene su correspondiente informe del Consejo de Estado, y cada uno de ellos anota sus razones. Yo lo que estoy hablando es de abordar un proceso desde la óptica más práctica, es decir, un proceso... que el fin fundamental es recuperar un derecho que tienen los municipios de gobernarse y, en segundo lugar, de recuperar una convivencia perdida, que no creo que ni este Decreto ni ningún Decreto de anexión, por esta vía, la vaya a recuperar. Yo estoy convencido de eso, y es yo creo que la salida para estos casos o para cualquier otro de los casos que se plantee.

Con respecto a los distintos informes, habría que descender muy al detalle sobre muchas de esas cuestiones. Por ejemplo, la certificación de la mayoría de las firmas en el caso de Revenga, que ellos plantean de otra forma distinta a como se plantea en el Informe del Consejo de Estado, los propios interesados, en cuanto a cuál es el censo que se tiene que considerar en el momento en que se recogieron las firmas, o en el momento en que se realiza el pronunciamiento del Consejo de Estado.

Son tres casos distintos. Yo lo que pido a la Junta de Castilla y León es que tenga una postura de defensa firme de esas aspiraciones. Y es que, además, la evolución de los acontecimientos, a mí me está dando la razón, a mí me está dando la razón, y no es lo mismo que la gestión de un municipio esté en manos de sus propios habitantes que esté delegada en un Ayuntamiento cabecera, situado a veinte kilómetros, y que... desde luego, con un desapego creciente y, además, llamativo. Eso en muchos... en muchas de las actividades, incluso a la hora de ubicar actividades o de realizar determinadas actuaciones, que pueden ser contrarias a los intereses del propio... de la propia Entidad Local Menor. Ésos son para mí los principios básicos que deben ser yo creo que respetados, y ésa es la base de que yo traiga aquí esta Proposición No de Ley.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para consumir un turno de dúplica, tiene la palabra el señor Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Sí, brevemente, señor Presidente. Solamente para decirle a su Señoría que la defensa del mundo rural es algo en lo que podemos coincidir. Yo soy Alcalde de un núcleo rural y usted ha hecho relación... ha hecho mención a que uno de los grandes problemas que tienen estas pedanías es la desatención por parte del Ayuntamiento donde están enmarcados.

Es evidente que a las pedanías lo que hay que decirles es que exijan a sus Ayuntamientos el cumplimiento de sus obligaciones. Y yo le voy a poner un ejemplo: para que nadie pueda pensar que tomo un ejemplo interesado, pongo el ejemplo de mi mismo pueblo. Yo soy Alcalde de un pueblo con núcleos de población que tienen más de dos mil habitantes alguno de esos núcleos, y más de setecientos habitantes en otros de esos núcleos. No tenemos ningún problema de segregación, ningún problema de segregación.

Y, por otra parte, usted decía que hay que respetar la voluntad de los vecinos. Yo lo entiendo perfectamente y estoy de acuerdo con usted. Yo entiendo que, además, también su Grupo tiene un compromiso político, porque no es malo, no es malo recordar que, efectivamente, ustedes, legítimamente, en las últimas elecciones generales, se presentaron en estos núcleos y pidieron el voto para el Grupo al que usted representa, e incluso por parte de algún responsable municipal de estos núcleos se pidió el voto para Tierra Comunera en defensa de las segregaciones. Entonces, en ese sentido, yo creo que su postura es absolutamente coherente, y en esa línea trae esta Proposición No de Ley.

Pero yo creo que, en ese sentido, donde ustedes plantearon una campaña electoral basada fundamentalmente en las segregaciones, se debe ser también absolutamente coherente y respetuoso con la voluntad de los vecinos. Y en ese planteamiento de campaña, yo le voy a dar unos datos, que no trato yo de desanimarle ni que se sienta liberado de su compromiso político a la hora de traer esta Proposición No de Ley, pero que, quizá, es bueno recordar.

Por ejemplo, en el caso de Arroyo de Cuéllar, en las últimas elecciones generales, con una campaña basada en las segregaciones, el Partido Popular tuvo ciento sesenta y cinco votos, el Partido Socialista tuvo sesenta y seis, y Tierra Comunera tuvo dieciocho votos. O en Campo de Cuéllar, donde el Partido Popular tuvo ciento dos votos, por sesenta y uno del Partido Socialista, o por dos de Tierra Comunera. O en Chatún, donde el Partido Popular tuvo ciento cuarenta y un votos, por cuarenta del Partido Socialista y por cuatro de Tierra Comunera. O en Samboal, donde el Partido Popular tuvo doscientos trece votos, por ciento cincuenta y nueve del Partido Socialista, y dos de Tierra Comunera.

O en el caso en el que hacía especial incidencia usted, en Revenga, donde parece evidente que sus planteamientos calaron, o que ustedes entendieron perfectamente cómo debía enfocarse, porque ahí, efectivamente, el resultado es absolutamente sorprendente y debo reconocérselo. Lo que no entiendo es que si trasladaron tan bien lo que era su mensaje, o lo que era el mensaje, o lo que era el planteamiento de las segregaciones, quizá no explicaron lo suficientemente bien que eso se plasmaba con la voluntad en las urnas. Y ahí el Partido Popular tuvo ciento ochenta y dos votos, por noventa y cinco del Partido Socialista y, curiosamente, por ninguno de Tierra Comunera.

Yo creo que, en aras de la coherencia de lo que usted mismo planteaba, de respetar la voluntad popular, porque -como usted sabe- así fue en esos núcleos: la última campaña se planteó en términos de segregación, quizá deberíamos entender que la voluntad popular ha entendido que la vía, en estos momentos, para acceder a estas segregaciones es la presentación de un recurso contencioso-administrativo, entre otras cosas, porque ha entendido que la Junta de Castilla y León, quizá, no pueda hacer otra cosa con el Informe del Consejo de Estado en la mano. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Sanz Vitorio. Entramos en un turno de fijación de posiciones. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la señora...


LA SEÑORA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ:

Gracias, señor Presidente. Y gracias por acordarse del nombre.

(Risas.)


LA SEÑORA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ:

Vamos a ver. Voy a votar a favor, como no podía ser de otra manera, dado que el proponente es del Grupo Mixto. Y además es que, bien, no sé cómo están los municipios de Cuéllar, pero, desde luego, los datos que nos da el Portavoz del Partido Popular, me gustaría haber oído el mitin que dio el futuro Alcalde, a ver cómo enfocaba lo de la segregación cuando ha habido manifestaciones populares.

Eso no nos sirve, como a ustedes no les sirvió cuando tenía mayoría absoluta el Partido Socialista. Eso no sirve. El hecho de que tengan más votos no significa que no puedan hacer una política que también hayan propuesto otros Grupos Políticos. Eso es el rodillo que ustedes atacaban una y otra vez al Partido Socialista, y que cuando ya los ciudadanos que no compartíamos decíamos: "bueno, éstos lo que tienen es envidia de no tener ellos el rodillo", nos ha confirmado que así era, porque en cuanto lo han cogido, ¡hay que ver cómo funciona! Muchas gracias. Y va a ser a favor.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra don Ángel Gómez.


EL SEÑOR GÓMEZ GONZÁLEZ:

Muchas gracias, señor Presidente. La verdad es que de todo el proceso que ha acompañado históricamente al proceso administrativo de segregación de estos municipios, no ha sido el comportamiento más ejemplar el último utilizado por el Portavoz del Partido Popular referente a los resultados electorales. Eso sí que es confundir churras con merinas, pero es continuar con el proceso de confusión de churras con merinas que el Partido Popular ha tenido históricamente, desde que hace diez años o doce, aproximadamente, se inició este proceso de segregación.

Como el Partido Popular ha jugado, ciertamente, a la confusión en este campo, pues tenía que rematar la faena hoy con la confusión de unos datos electorales, que ni vienen a cuento ni reflejan en absoluto lo que el señor Portavoz del Partido Popular ha querido hacer ver que reflejaban. De ningún modo.

Los ciudadanos suelen pronunciarse como quieren, en el momento que les preguntan, a las cosas que se les pregunta, no a otras. Por tanto, esa conclusión me parece de todo punto... Pero, en fin, entramos en un tema más propio, en el que nosotros vamos a fijar nuestra posición, evidentemente.

Pero yo quiero previamente hacer algunas consideraciones que aquí han ocurrido. Primero, la conclusión que de todo esto se saque es una conclusión política de un acto político. El Partido Popular, el Portavoz dice que no ha habido nadie que haya defendido las segregaciones más que ellos. Yo hasta... casi casi diría que es verdad, sólo que añadiría: en algunas ocasiones. En otras, no ha habido nadie que se haya opuesto tanto a las segregaciones como el Partido Popular, y en otras, no ha habido nadie que haya callado tanto como el Partido Popular.

Es decir, el Partido Popular ha jugado en este campo todas las posiciones posiblemente jugables, posiblemente jugables; todas. Hasta es un tema que no ha tenido ningún empacho en utilizarle como trueque, como moneda de trueque, y hasta ha ofrecido una Alcaldía... perdón, ha ofrecido las segregaciones si ganaba una Alcaldía. Hasta ese punto ha llegado el Partido Popular. Y la Alcaldía de Cuéllar... si la Alcaldía de Cuéllar hubiera caído en manos del Partido Popular, con el apoyo de quienes buscaban la segregación de alguno de estos pueblos, el Partido Popular se comprometía a producir la segregación de estos pueblos.

Esto es sólo reflejo, por tanto, de un comportamiento en el que a la política se la toma, no como un arte para solucionar problemas, sino como una habilidad para crearlos, muchas veces, para crearlos muchas veces. Y es verdad que la política en manos del Partido Popular no soluciona problemas, al menos no soluciona éste; éste le incrementa.

El Partido Popular ha cerrado un acto -y le ha cerrado ya porque está cerrado-, la oportunidad o la conveniencia política de esta Proposición No de Ley, y está en el juicio del proponente, y yo nada tengo que decir al respecto; pero éste es un tema administrativamente cerrado, porque la Junta ya ha denegado las segregaciones, y la Junta ha rechazado un recurso de reposición que los propios ciudadanos han puesto; pero... por tanto, es un tema administrativamente cerrado que ha pasado al campo de los Tribunales, y que los Tribunales dirán, en su momento, lo que tengan que decir al respecto.

Pero, en todo el proceso hay una infinidad de contradicciones por parte del Partido Popular, contradicciones inmensas. Es verdad que lo que hoy rechazan y hoy van a votar que no, hace dos años proponían y votaron que sí, hace dos años. Hace dos años decían: lo que pedimos... -lo decía entonces el señor Procurador del Partido Popular, el señor Martín Sancho, en una PNL que trataban aquí en esta Junta-, lo que pedimos, Señorías, es lo siguiente: "Que las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León para que se proceda a la constitución en municipio, con carácter excepcional y único, de los pueblos de Jemenuño, Villoslada y Paradinas, etcétera, unos segregados de Santa María de Nieva". Es decir, lo mismo que hoy propone el señor Rad, ustedes lo votaron hace dos años, y hoy votan lo contrario. Su contradicción es manifiesta, su contradicción es manifiesta.

Pero hace menos de dos meses, la Junta de Castilla y León elaboraba un informe, que firma la Junta de Castilla y León, en el que dice... en el que dice cosas como ésta: "Debe tenerse en cuenta que como quiera que son motivos de conveniencia administrativa los que pueden amparar la alteración pretendida, la potestad de la Administración actuante no es de tipo reglado, sino que cuenta, a la hora de decidir, con las posibilidades resultantes de la llamada discrecionalidad política. De manera que puede apreciar todas las circunstancias concurrentes y optar por la solución que aparezca como más idónea...", etcétera, etcétera, ¿no?

Y como consecuencia de esto y otras más cosas que dice el informe, que sin duda conocen, proponen en su Propuesta de Resolución: "Sin perjuicio y a reserva de lo que pueda postular el dictamen del Consejo de Estado, aprobar la segregación de la Entidad Local Menor de Revenga -en este caso, pero vamos de cualquier otra pudiéramos nombrar de los ocho o nueve municipios- del municipio de Segovia para su constitución en municipio".

Esto se contradice, ciertamente, con el hecho de que, inmediatamente después, la Junta de Castilla y León a lo que propone decir sí, diga no. ¿En función de qué? De un... de un... -iba a decir teórico, pero no teórico-, de un real Informe del Consejo de Estado que, bueno, yo comparto en ese campo lo que aquí se ha expuesto al respecto. A mí me parece bastante... bastante poco sólido argumentativamente, los argumentos me parece que no... que no tienen ninguna... pero que sí que es demostrativo sobre todo del poco criterio de la Junta. Dado que no es vinculante y dado que la Junta está absolutamente convencida de la conveniencia de proceder a las segregaciones, no se entiende que porque el Consejo de Estado interprete que no en algo que no es vinculante, la Junta diga no; no se entiende. Ese... esa contradicción constante de la Junta en este tema, ese afán de no aclarar nada, de ponerse a la cabeza de la manifestación unas veces, de ponerse a la cabeza de la contramanifestación otras, y de permanecer indiferente otras, pues no soluciona el tema.

Pero hay más, hay más. La Junta resuelve, y resuelve de un modo concreto y determinado que todos sabemos: denegando. Pero, sin duda, le queda una mala conciencia; le queda una mala conciencia. Está convencido de que ha obrado mal, y tan mal tan mal que sólo diez días después de haber producido el acto administrativo denegatorio, el señor Consejero en Segovia dice públicamente que "tratará de llegar a la mejor solución posible con los municipios afectados", convencido de que la solución que ha tomado sólo hace diez días no es la mejor, convencido de que no es la mejor; si no, no se puede decir lo contrario. No se puede diez días después de haber afirmado y tomado una decisión, decir que se va a buscar la mejor solución posible. Es, por tanto, una mala conciencia la que se ha quedado ahí.

En fin, yo creo que este tema me preocupa, y me preocupa mucho como segoviano. Yo no sé si a todos... hoy aquí somos muchos segovianos los que estamos -veo- en esta Comisión. Me preocupa, sobre todo, porque -lo decía antes- el problema no se ha solucionado. A mí me gustaría que este problema se hubiera solucionado. ¿Con la denegación segregatoria? Pues con la denegación segregatoria, si el problema se hubiera solucionado; con la afirmación segregatoria, si el problema se hubiera solucionado. Lo que es cierto y real, señores Procuradores -y, por tanto, aquí tenemos un reto-, es que el problema en la provincia de Segovia sigue vivo y cada día más candente y con problemas de convivencia serios, que eso es real.

Y, además, para empezar a solucionar esto, yo creo que la Administración tiene que empezar por romper sus propias contradicciones, por anularlas, por anularlas; las contradicciones en el proceso administrativo que yo he dejado aquí reflejadas, pero las contradicciones en el proceso de asistencia a estos núcleos.

Les voy a poner dos ejemplos, dos ejemplos, para que comprendan que está el problema ahí, vivo. El municipio de Narros. El municipio de Narros está a cinco kilómetros del núcleo cabecera, de Samboal, y resulta que los servicios que la Administración le presta, como por ejemplo los de Sanidad o como por ejemplo los de Educación, les somete a la disparidad siguiente:

A Samboal, núcleo de cabecera, se los presta la Administración Autonómica desde el conjunto de Coca. Coca le proporciona el área de salud, Coca le proporciona el centro docente donde van a estudiar sus alumnos. Al núcleo de Narros, al pueblo de Narros, que es del mismo municipio, se los presta desde Cuéllar, y los educativos también desde Cuéllar. Esto hace que ni siquiera en el caso de que hubiera buena intencionalidad por parte de los ciudadanos de provocar una convivencia, un entendimiento y lo que es una relación humana y social que llegue a constituir espíritu municipal, pues, también lo impide, porque es que no tienen absolutamente nada en común; eso es objetivamente cierto. Luego, políticamente, ¿es conveniente que estén juntos o separados? Eso es otra cuestión. Objetivamente cierto es que no tienen nada en común, y objetivamente cierto es que la Administración no pone nada encima de la mesa para facilitar esa puesta en común.

En el caso de Chañe... de Chatún, perdón, en el caso de Chatún. Resulta que para Chatún llegar al pueblo al que pertenece, a Cuéllar, tiene que cruzar a través de dos términos municipales diferentes, tiene que pasar por Gomezserracín, que es un pueblo, y tiene que pasar por Sanchonuño, que es un pueblo, que son municipios. Es decir, es una cosa así como Treviño en Castilla y León, ¿no?, una cosa puesta ahí, pero... pero que no... no tiene con... me refiero geográficamente: desde el punto de vista geográfico hay un aislamiento, está fuera de lo que es el término municipal. En fin, este tipo de contradicciones, señores Diputados... señores Procuradores, si ustedes creen que ciertamente es mejor la no segregación -y ése es un tema que podríamos plantearnos en otra cuestión-, tienen que empezar porque la Junta asuma que estas malas realidades que se dan tienen que encontrar una solución, y tienen que proporcionársela... tienen que proporcionársela ustedes.

Por tanto, dado que este tema es un tema que está fuera de la vía administrativa, nosotros no nos vamos a pronunciar hoy y nos vamos a abstener en esta... en esta Comisión, porque son los Tribunales quien, a partir de ahora, tienen que decir lo que digan, ante los recursos que ante ellos han iniciado los representantes de estos... de estos municipios.

Y lo que sí que pido y reclamo de la Junta es, sobre todo, aportación de soluciones cuando hay problemas y no la... el taponamiento para que los problemas por sí mismo se vayan pudriendo, porque... porque eso no es solución.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias. Para cerrar el debate, tiene la palabra el señor Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Gracias, señor Presidente. En primer lugar, agradecer a la Procuradora de la Unión del Pueblo Leonés su apoyo. Lamento que el Grupo Socialista no vote a favor de esa Proposición de Ley. Yo entiendo sus razones, que son razones jurídicas, pero yo entiendo también que aquí hay... tiene que haber un pronunciamiento político claro e indudable. Y entonces, el pronunciamiento político es lo que yo intento; es decir, que, de alguna manera, desde estas Cortes de Castilla y León se inste a una determinada actuación, por encima de esa vía jurídica administrativa o contencioso-administrativa que, desde luego, va a ser tomada o ya está en estos momentos tomada.

También al Portavoz del Partido Popular... ¡hombre!, le he valorado enormemente la primera de sus intervenciones, porque es una intervención de razones. La segunda de las intervenciones, hombre, yo, si nos ponemos a hablar sin razones, pues también; como todo está ya realizado, pues le voy a aclarar unas cuantas sinrazones que ha dicho:

La campaña de Tierra Comunera en Segovia ha sido muy triste, como... la misma que en Zamora, a lo mejor, o la misma que en Salamanca. Es decir, este Procurador, porque me lo mandó el Partido, pues dio una serie de ruedas de prensa allí, pues, exponiendo, fundamentalmente, lo que es Tierra Comunera y el programa político. En ningún momento, en ningún momento me he pronunciado yo en la campaña electoral en favor de las segregaciones, ¿eh?, ni he pedido el voto a los pueblos de las segregaciones; ni siquiera he aparecido por los pueblos de las segregaciones en campaña electoral en ningún momento.

Los candidatos de Tierra Comunera en Segovia eran personas del partido en Segovia, ni por... ni remotamente eran ciudadanos de ningún municipio segregado, pero ni los suplentes, ¿eh?, porque eso también ha aparecido en prensa. Yo, los pronunciamientos que hayan hecho los ciudadanos o los Alcaldes de esa zona, desde luego, no han sido pronunciamientos míos; lo han decidido ellos y antes, incluso, de hablar conmigo. ¡Ojo!, antes incluso de hablar conmigo. He intentado ser escrupuloso en este tema, porque... no por nada especial, estoy... o Tierra Comunera está con todos sus derechos de hacer la política que quiera; pero he intentado ser escrupuloso y en la campaña electoral, desde luego, no he mezclado este tema. Primero, porque no hemos hecho campaña electoral en Segovia -hay que decirlo así-; y en segundo lugar, mi compromiso era traer este tema a las Cortes, y ése es el compromiso que yo he adquirido con esas personas y aquí estoy cumpliéndole, ¿eh?

También me ha llamado la prensa de si iba a retirar la Proposición No de Ley en función de los cuatro votos que he tenido ..... ¿Por qué? Yo estoy convencido de este tema, yo cuando hablé con ellos les dije que ésta era la filosofía de trabajo de Tierra Comunera, que nosotros defendemos esos pequeños municipios, y que íbamos a hacer lo que estuviera en nuestra mano por hacerlo. Y ésa es un poco la razón. Y, desde luego, yo estoy convencido de que un Ayuntamiento administrado como entidad propia está mejor administrado que como junta... entidad... Junta Menor Local... Entidad Menor Local, es el término correcto. Estoy convencido, por mucho que en su Ayuntamiento funcione así.

Le voy a dar dos ejemplos. A mí hay gente que se me está quejando ahora de los parques eólicos, que es un tema que he traído yo aquí por activa y por pasiva, porque determinados Ayuntamientos están colocando parques eólicos en las pedanías, en contra de la voluntad de las pedanías, es un ejemplo.

Otro ejemplo que le traigo aquí es el Ayuntamiento de Abajas que es un término candente en Burgos; el Ayuntamiento de Abajas, porque es Ayuntamiento propio, se ha negado a que le fuera colocado un vertedero en su término municipal. Con sus razones, pero, desde luego, lo que no han conseguido es colocarles un vertedero en contra de su voluntad; cosa que yo estoy convencido de que si fueran Entidad Local Menor tendrían hoy el vertedero como Dios manda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR MONSALVE RODRÍGUEZ):

Muchas gracias, señor Rad. Concluido el debate, vamos a someter a votación la Proposición No de Ley. ¿Votos a favor de la Proposición No de Ley? ¿Votos en contra? ¿Abstenciones?

El resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: diecisiete. Votos a favor de la Proposición No de Ley: uno. Votos en contra: diez. Abstenciones: seis. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida. Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

(Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos.)


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